Lo mejor es el burofax. La carta certificada con acuse de recibo normalmente también vale.En el escrito al administrador hay que exponerle el problema y decirle que el vecino no autoriza la entrada del fontanero y que, por tanto, pide la intervención del administrador para que convenza al vecino de que permita el paso a su vivienda y así evitar que tenga que intervenir la Justicia.En cuanto a que ganen el caso, es muy difícil pero con la justicia nunca se puede estar seguro al 100x100. Lo más probable es que el vecino pierda el caso, tenga que dejar entrar al fontanero y tenga que pagar todos los gastos que justifiques, así como las costas.
Que el administrador previsiblemente no colabore es mayor motivo para comunicárselo por escrito y fehacientemente. No sería el primero que procura hacerse el loco en el tribunal alegando que no sabía nada.La única forma de entrar en el domicilio de tu vecino contra su voluntad es por orden del juez, no hay otra. Por tanto, sigo diciendo que, cuanto antes, comunicación fehaciente al administrador, demanda urgente al juzgado y que el fontanero haga un puente provisional con tubería flexible para poder utilizar el baño mientras se resuelve el juicio.
Todo lo que sube está condenado a bajar. Lo complicado es saber cuándo.En el año 2006 todo el mundo hablaba de la burbuja inmobiliaria, pero nadie supo prever cuándo explosionaría. Eran los tiempos donde se ganaba dinero incluso revendiendo viviendas antes de terminarse su construcción, tiempos del Pocero, etc. etc.
Si el administrador no lo soluciona, hay que acudir a los juzgados cuanto antes y guardar todos los justificantes de gastos debidos a esa negativa.Mientras tanto, supongo que el fontanero puede hacer un "puente" provisional para seguir utilizando el baño.
La ITE es obligatoria cuando se cumple el correspondiente plazo sin necesidad de que te avise el ayuntamiento. El ayuntamiento, en vez de avisar debería sancionar por no haberla pasado. Pero como muchos ayuntamientos quieren tener buena imagen ante el público, prefieren no hacer el trabajo sucio.Dicho eso, para vender un piso no es obligatorio que la comunidad haya pasado la ITE aunque haya sido obligatorio. Por tanto, es perfectamente posible escriturar ante notario. Pero el comprador debe tener en cuenta que asume un riesgo ya que no sabe lo que puede salir cuando se haga.