Si tú le vendes las tuyas y él te vende las suyas, no veo la necesidad de hacer lo contrario más tarde. En todo caso, si lo hacéis dejad pasar como mínimo dos meses.
Además, según creo, la operación no se puede hacer en documento privado, hay que hacerla ante notario o corredor.
El sentido es ayudarte a realizar tus pérdidas patrimoniales por menos de 3 €. Un favor tan económico no se lo negaría a un amigo. En cuanto a la custodia, siempre se podrá negociar con el banco para evitar su cobro.
¿No querrá el propio banco comprártelas?