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Participaciones del usuario Cachilipox - Fiscalidad

Cachilipox 22/09/24 16:29
Ha respondido al tema Duda alta autonomo
Si quisieras actual de forma legal-legal:Al tener actividad artesanal (tú elaboras tus propios productos), eso excluye estimación objetiva (al menos para 1 actividad). Al tener excluida 1 actividad de objetiva, todo queda excluido de objetiva.Por tanto, todo a estimación directa.Y como la actividad artesanal es algo que se desarrolla a lo largo de un periodo, y no solo cuando plantas la parada en el mercadillo y vendes (también compras materia prima y la manufacturas....), con independencia de cuando concentres tu actividad de venta minorista, resulta que efectivamente desarrollas una actividad económica continuada.Pero lo sencillo-pragmático es seguir más o menos como hasta ahora.Es difícil que te puedan pillar y poner en problemas. Pero podrían.Piensa que la irregularidad la estás cometiendo respecto de 3 obligaciones:.- IRPF y cálculo de rendimientos (EO es solo para minoristas meros revendedores).- IVA, y exclusión de RE, pues por tu actividad de manufactura artesanal tú eres fabricante de muchos de los bienes que comercializas, y ahí no cabe RE ni EO..- SS, pues aunque con lo de la regularización, la cosa se compensase, al declarar mediante EO realmente estás falseando-ocultando tus rendimientos reales, y un encuadramiento temporal erróneo no queda compensado.
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Cachilipox 19/09/24 22:04
Ha respondido al tema Duda alta autonomo
Desarrollar una actividad económica no es solo "vender" o "facturar".Elaborar productos, adquirirlos a proveedores, también es parte "activa" del desarrollo de una actividad económica.Por otra parte, tener una especie de "almacén virtual visible", a efectos de publicidad (la web-tienda on-line inactiva), no supone ni implica actividad por si mismo.O sea, según el caso, el RETA 2 meses al año puede que ya te cubra todo lo que sea "actividad económica" o no.Pero tampoco es demasiado problema ahora, mientras pagues tus impuestos y cotizaciones, pues en el caso, para lo del RETA ahora existe lo de las REGULARIZACIONES.Con ese mecanismo, te calculan cual debiera ser tu base de cotización efectiva definitiva según lo que hayas ganado y el plazo de tiempo que hayas estado activo.Así, si ganas 10.000 €, si es en 2 meses, son unos rendimientos reales de 5.000 € al mes, por dos meses. Y si estás de alta 10 meses, serían unos rendimientos reales de 1.000 € al mes por 10 meses.Al final, si ganas mucho pagas más, y si ganas poco, pagas menos.
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Cachilipox 19/09/24 21:58
Ha respondido al tema Pension de fijo discontinuo
Según la normativa actual, 1 día de alta es 1 día cotizado.El ajuste se realiza luego sobre lo que es la base de cotización efectiva. Y claro, no se cotiza igual por 1 hs que por 8 hs.
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Cachilipox 14/09/24 14:20
Ha respondido al tema Cambio porcentaje comunidad bienes entre familiares sin justificación aparente
Además de lo comentado sobre el más que probable ilícito fiscal, eso solo demoraría un poco la situación y cambiaría el objetivo del embargo, pasando de las rentas del deudor, al % de propiedad indivisa.Es meter en un jaripollo tremendo a los hermanos. Si lo que se pretende es fastidiarlos mucho mucho (resquemores de la herencia....), pues vale.
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Cachilipox 11/09/24 16:04
Ha respondido al tema Escritura extinción de condominio
También deben aparecer otros datos muy personales, y en general nadie pone problemas, como el nombre completo y su correspondiente DNI.Aunque se llame escritura pública, realmente es un documento bastante privado y restringido. Pocas veces hay que exhibirlo, y siempre por finalidades bastante legítimas y frente a personas y entidades muy concretas, y garantistas.
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Cachilipox 29/08/24 23:06
Ha respondido al tema ¿Como declarar ingresos de un airbnb cuando no eres el propietario de la vivienda? - IRPF
Solo veo una alternativa legal, pero no se si será práctica:En lugar de declarar como rendimientos del capital inmobiliario, que entonces le corresponden solo a la persona titular, organizarlo como actividad económica (IAE Epígrafe 685 sección 1ª, Alojamientos extrahoteleros).Como actividad económica implica obligación de autónomos.No se, podríais organizar una ESPJ (equivalentes a las antiguas SCPs), donde ella aporte el capital, y tú seas el socio industrial. Y os repartís las ganancias por mitades. Eso sí, tú como socio industrial deberás estar de alta en RETA.
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Cachilipox 29/08/24 11:50
Ha respondido al tema Compensación máxima: ¿el 25% de las pérdidas o el 25% de las ganancias? - Compensación de pérdidas
Ganancias y Rendimientos son dos cajones fiscales diferentes.Si en el cajón de Ganancias tienes una pérdida de -16.000 €, puedes compensar parcialmente con el resultado positivo (+2.000 €) del cajón de los Rendimientos.Pero con el tope de hasta el 25 % del resultado positivo.O sea, de los +2.000 €, puedes restar hasta 500 € para compensar la pérdida patrimonial.Y el resto, tienes hasta 4 años para poder compensarlo.
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Cachilipox 28/08/24 16:49
Ha respondido al tema Pérdida patrimonial
Todo es cuestión de echar números, y ver que es lo que dice el RentaWeb.En el caso, tal y como indica la AEAT:Recuerde: en el caso de matrimonios los rendimientos procedentes de bienes y derechos que, de acuerdo con las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, sean comunes a ambos cónyuges, corresponderán por mitad a cada uno de ellos (salvo que se justifique otra cuota distinta de participación). Por el contrario, los rendimientos procedentes de bienes o derechos que, de acuerdo con las mismas normas, sean de titularidad privativa de uno cualquiera de los cónyuges, corresponderán íntegramente a este. Eso implica que si los rendimientos de los depósitos proceden de capitales comunes (y no privativos), la mitad del rendimiento es de cada uno de los cónyuges.Nota: Las pérdidas patrimoniales de la base del ahorro se compensan primero con otras posibles ganancias, y si aun quedan pérdidas, con hasta el 25 % de los rendimientos . Si aun quedan pérdidas, hay un plazo de hasta 4 años para ir aplicando y reduciendo.
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