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Participaciones del usuario Cachilipox - Subsidios

Cachilipox 06/04/24 11:11
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
Ni recomiendo ni dejo de recomendar, pues desconozco tanto los detalles internos de los criterios interpretativos que utilizan las MATEPs, como los detalles de tu caso concreto.Pero...Al igual que respecto de la regularización anual de cotización RETA, lo que se tiene en cuenta el el rendimiento conjunto de TODAS las actividades desarrolladas por el autónomo, supongo que en lógica, al valorar el requisito de pérdidas económicas para el acceso al cese, se tendrán también en cuenta TODAS las actividades y TODOS los rendimientos del autónomo.Y como a "ventana de observación" es 1 año completo, podría ser que por un supuesto de encuadramiento (RETA societario, o RETA profesional colegial), si se cumpliese requisito, pero una vez juntado todo, ya no se verificase.
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Cachilipox 05/04/24 08:11
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
Pues tengo la duda.Las interpretaciones de la normativa que hacen las mutuas es más bien restrictiva y literalista.El encuadramiento en RETA es único por todas las casuísticas que puedan implicar. No existe eso que sí existe en el RG de mirar solo el último contrato como hecho causante. (Puedes haber dimitido voluntariamente de 1 contrato, y al finalizar involuntariamente otro contrato unos meses después, tienes perfecto derecho a desempleo. Y el "periodo de observación" del SEPE son solo los últimos 6 meses).Por tanto, podríamos estar en el supuesto de que como RETA societario, la SL de la que formas parte y eras administrador presente pérdidas, y por tanto solo por eso, sí tener derecho a cese de actividad.Pero al momento de verificar la totalidad de requisitos personales, se vería que en el plazo de 1 año anterior al cese, por tu propio ejercicio colegiado, no has devengado pérdidas, y no tener derecho "personal" al cese de actividad.Piensa que ahora ya es obligatorio comunicar a TGSS (y por tanto accesible a todas las MATEP) todas las actividades y casuísticas de encuadramiento al RETA.
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Cachilipox 04/04/24 20:37
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
En autónomos personas físicas lo que solicitan es una declaración jurada de ingresos y gastos.Y para más adelante, una justificación vía declaración IRPF.O sea, lo que se declare en principio es válido, y luego es comprobado.En autónomos societarios supongo que lo que solicitarán que se justifique (a posteriori), es el impuesto de sociedades, además de tu impuesto de la renta (ya que simultáneamente eres societario y colegiado).No se si te has planteado la viabilidad de hacer las cosas en el orden contrario:Cesar como administrador, permanecer solo como profesional colegiado, y cuando acumules pérdidas de un 10 % en un periodo de 1 año, cesar y solicitar la prestación.
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Cachilipox 04/04/24 00:29
Ha respondido al tema Dudas sobre prestación cese actividad de autónomo - Subsidio
El requisito de cese involuntario, al parecer se cumpliría.El requisito de pérdidas que se exige al autónomo persona física, en este caso debe darse en la persona jurídica titular de la actividad, la SL. Puede ser de dos maneras, pérdidas "ordinarias" del 10 %, o pérdidas que hayan implicado una disminución del patrimonio neto a menos de 2/3 del valor del capital social.Sobre la "parte invisible" de la prestación, la cotización por una cuantía equivalente a la base reguladora, la normativa no menciona un tope máximo (sí un mínimo). La prestación económica en sí misma sí está topada en base al IPREM, al igual que la prestación por desempleo.
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Cachilipox 20/03/24 12:44
Ha respondido al tema Fremap me reclama prestacion por cese de actividad covid - Autónomos
Esta prestación estaba regulada en el artículo 17 del RD 8/2020.Ver: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824#a1-9Era condicional a:.- Estar de alta a fecha 14 de marzo de 2020.- Que por el decreto de alarma, te hubiesen suspendido de forma directa y expresa, tu actividad.- Que aunque no te hubiesen suspendido, hubieses tenido una bajada de ingresos de al menos el 75 % respecto del promedio del semestre inmediatamente anterior.Si se da el caso, lo suyo es pelearlo.Y si resulta que no cumplías los requisitos, pues habrá que devolver lo cobrado.
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Cachilipox 14/03/24 23:52
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Pues tan solo seguir las noticias.......Hace 6 semanas: El Gobierno descarta retrasos en los desembolsos de los fondos europeos 'NGEU' https://www.europapress.es/economia/macroeconomia-00338/noticia-gobierno-descarta-retrasos-desembolsos-fondos-europeos-ngeu-20240130112619.htmlO sea, "¡Todo bien!" "¡Ningún problema!" "Esto está hecho, son solo unos hilillos como de plastilina...."Hoy mismo: El Gobierno pacta con Bruselas una prórroga de dos meses para el cuarto pago de los fondosEl retraso en la reforma del subsidio de desempleo obliga al Ejecutivo a acordar con la Comisión un aplazamiento hasta mayo, que retrasará la recepción de 10.000 millones https://www.elconfidencial.com/economia/2024-03-14/gobierno-prorroga-cuarto-pago-fondos_3848805/#:~:text=El%20retraso%20en%20la%20reforma,la%20recepci%C3%B3n%20de%2010.000%20millones&text=El%20Gobierno%20ha%20acordado%20con,pago%20de%20los%20fondos%20europeos.O sea, el asunto sustantivo esencial de todo el meollo es lo del subsidio (añado yo, no el subsidio en sí, que es algo ínfimo, sino el sobrecoste estructural asociado a la sobrecotización que comporta el de mayores 52)Así que los indicios son los que son, y son atronadores:O se sacan una fuente de ingresos estructural y sostenible de la manga (eso de que paguen los ricos o los que más tienen, que da tantos titulares y tan pocos réditos de recaudación), o deberán efectuar un recorte en los gastos, estructural y sostenible.Y como recortar lo del 80 % del IPREM es como (demasiado) miserable, lo único recortable que se me ocurre es la pensión futura fruto de la sobrecotización.Si no, no hay ajuste que valga.
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Cachilipox 14/03/24 12:30
Ha respondido al tema Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
Las bases de cotización se establecen por Orden ministerial.No hace falta ni siquiera un acuerdo del Consejo de ministros, ni mucho menos una aprobación de ley de presupuestos por parte del Legislativo.Tan solo hace falta que el ministro o ministra del ramo así lo firme.En el caso, ante el escenario de ajustes presupuestarios que Europa nos está "sugiriendo", se entiende que no se actualicen las bases mínimas.Esos importes mínimos NO TIENEN RELEVANCIA ALGUNA respecto de los ingresos por cotizaciones de los trabajadores activos, ya que estos ingresos van según los tipos establecidos, y los salarios deben respetar los mínimos del SMI (aprobado por RD, que requiere acuerdo del Consejo de ministros).No afecta para nada a las nominas de los trabajadores activos.Sin embargo, eso de las bases mínimas si tiene mucha relevancia respecto de prestaciones y compromisos (pagos) de la seguridad social. Todas las situaciones de "cotización pasiva" se rigen por las bases mínimas (altas sin retribución, integración de lagunas, subsidio mayores 52,...).Por tanto, no actualizando Base Mínima a SMI implica NO PERJUDICAR para nada a los trabajadores cotizantes activos, y "erosionar levemente pero perceptiblemente" futuros gastos y compromisos de prestaciones. Un recorte de pensiones invisible e indoloro destinado a "cotizantes pasivos".
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Cachilipox 05/03/24 16:15
Ha respondido al tema Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
Pues me da a mi que esa actualización de bases mínimas de contingencias comunes, como que lo van a demorar hasta la ley de presupuestos generales, si es que llega.En 2020, gobierno de coalición novato, y pandemia-confinamiento encima, hubo también una desactualización entre SMI (trabajo) y bases mínimas (seguridad social). Pero aquello fue circunstancial-accidental.Ahora en 2024, para mi que ese error aparente es plenamente intencional.Explico:El art. 2 de la Orden si deja muy claro que para contingencias profesionales la base mínima será SMI vigente + 1/6.En cambio el art. 3, para contingencias comunes (las que cotizan para pensiones de jubilación), la base mínima será 1.260 € (SMI 2023 + 1/6).De esta manera, TODOS los perceptores de "salarios activos" van a cotizar sí o sí, al menos por SMI 2024, pues no se puede pagar un salario inferior al SMI (o parte proporcional según jornada). Eso implica tanto a contingencias profesionales como comunes.En cambio, ciertos casos de "cotizaciones pasivas", tal como convenios especiales por la base mínima, o la sobrecotización del subsidio mayores 52, o la integración de lagunas del RG, generan una cotización y futuros derechos de pensión por una base inferior, equivalente a SMI 2023.
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Cachilipox 01/03/24 18:46
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Las cuentas públicas en España tienen déficit. De forma crónica.El subsistema público específico de seguridad social (en su definición de más amplio espectro), aun más.De hecho, el conjunto del Estado tiene 85, pero entrega 100.Los 15 que faltan para poder cumplir los compromisos asumidos, y sus cuantías (que no es lo mismo), son a cuenta de "Que pague el siguiente!"Cada vez que voy a la farmacia y adquiero unos ibuprofenos, por ejemplo, y tengo que pagar un 40 % (y me ahorro un 60 %!!!!), esa prestación "invisible" del 60 %, 51 % sí es un dinero que el Estado tiene y me corresponde sí o sí. Pero el 9 % restante (en números redondos, un 15 % del coste público) NO ES UN DINERO QUE EXISTA. Es a cuenta de una deuda futura que le estamos metiendo a nuestros jóvenes.Así que lo mínimo que puedo hacer es AGRADECER a esos jóvenes que estén asumiendo esa deuda futura del 9 % de MI MEDICAMENTO.Y quien habla de MI medicamento, habla del coste reducido de MI bono de transporte público, del coste ínfimo o nulo que pago porque cada día retiren de MI portal las basuras, por el curso gratuito que estoy realizando subvencionado con fondos públicos.....Una parte de todo eso ya es mío de mí, porque lo dice la LEY y existe el dinero para pagarloPero una parte muy significativa de todos esos costes y beneficios que YO recibo, la LEY dirá lo que quiera, pero el dinero NO EXISTE, y se lo estamos encolomando a los jóvenes que vienen tras nosotros.
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