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Participaciones del usuario Juan Lackland - Fiscalidad

Juan Lackland 18/06/25 16:32
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Con la presentación de ese formulario ha suspendido la prescripción.Yo no presentaría la declaración hasta que la AEAT liquide lo que corresponde al formulario.
Juan Lackland 18/06/25 12:06
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
¿El tal cónyuge que deduce y presenta la declación de 2020 ahora no presentó el formulario el año pasado ni lo ha presentado éste?
Juan Lackland 18/06/25 11:36
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
OK. De todas formas aunque no le salga a devolver, para aplicar la exención de mutualidades es necesario el reconocimiento por parte de la AEAT mediante una rectificación de la declaración con cuota cero (cosa que no es tan rara), rectificación que se inicia con el formulario. Ese reconocimiento se hará este año, pero aun no se ha hecho.
Juan Lackland 18/06/25 10:15
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
¿Y la notaría qué precio de venta puso en la escritura? Ojo, no me refiero al importe de la hipoteca, sino lo que puso como precio de venta.
Juan Lackland 18/06/25 10:10
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Tienes que procurar hacer algo correcto porque si no te expones a que no te contesten y al final tengas que entrar en el mundo de los recursos, cosa nada recomendable.En primer lugar, si ambos cónyuges presentasteis el formulario de mutualidades el año pasado, se interrumpió la prescripción y empieza un nuevo plazo de 4 años.La presentación de una nueva declaración de tu cónyuge aplicando el ajuste de mutualidades implica una liquidación y devolución que no se puede acordar hasta que se apruebe la famosa modificación legal. Además, si ha presentado el formulario de este año, hay una duplicidad.Presentar ahora tu propia declaración, teniendo plazo de 4 años (por causa del formulario del año pasado) queda condicionada a la terminación de la de tu cónyuge. Mientras tanto, podrían rechazarla o simplemente quitar la deducción (espero que, en ese caso, no te saliera a pagar).Pregunto, ¿no sería mejor que presentaras tu declaración de 2020 cuando ya hayan devuelto a tu cónyuge lo correspondiente a mutualidades de 2020, así aplicas lo que ya esté aprobado por la AEAT?
Juan Lackland 17/06/25 21:16
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si la prescripción está próxima, siempre queda la posibilidad de presentarla en papel, entregándola en el Registro de Entrada y con copia sellada.
Juan Lackland 17/06/25 20:54
Ha respondido al tema Renta 2024 amortizacion de prestamo hipotecario en vivienda alquilada
Sólo se pueden deducir los intereses del préstamo.
Juan Lackland 17/06/25 20:53
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si el año pasado se presento el "famoso" formulario, probablemente se suspendió la prescripción y ahora se podría presentar.No obstante, hay que tener en cuenta que pueden sancionar con 100 € que, con el descuento, se quedaría en 60 €.
Juan Lackland 17/06/25 17:45
Ha respondido al tema Duda cálculo venta bien Renta
¡Cuidado! El usufructo computa como mínimo un 10%.
Juan Lackland 17/06/25 17:43
Ha respondido al tema Procedimiento de apremio por tributos locale!
Los actos que sirvan para determinar si se sigue siendo insolvente, no suspenden la prescripción porque no van dirigidos al cobro ni se notifican al interesado.Así que, si no hay más actuaciones, a los 4 años prescribe.