No creo que haya FIFO en este caso dado que se trata de productos diferentes. Una cosa es vender acciones y otra es vender la nuda propiedad. Por cierto, me extraña que haya alguien que compre la nuda propiedad, salvo que sea el usufructuario.
Todo es posible dado que el Parlamento es soberano para aprobar leyes e incluso para modificar la Constitución.Dicho eso, nada tienen que ver las pagas extras con la famosa paguilla que se suprimió hace ya unos cuantos años, por cierto con bastante escándalo de aquel gobierno cuyo nombre del presidente no identificaban algunos jueces.
Bueno, no hay datos exactos, se echa de menos la trasparencia. Por eso en el artículo se habla de "la mayoría", no de todos.Supongo que también influirá la fecha en que se pidió la devolución. Por el procedimiento ordinario hubo miles de solicitudes en 2023. Sin embargo el formulario se implantó en abril de 2024.
Conta95Seguir21/01/25 09:19Pongo el ejemplo yo mismo a ver si me podéis ayudar:2004: Compro 1000 acciones a 5 €/acción total 5.000 €2008: Compro 1000 acciones a 6 €/acción total 6.000 €2021: Me regalan 100 acciones a 0 €/acción total 0€ por las 2.000 que tengoAhora tienes 1.050 de 2004 a 4,7619 € y 1.050 de 2008 a 5,71429 €A partir de aquí el cálculo es sencillo.
Cuando la nueva declaración se presenta dentro del plazo voluntario (antes de final de junio o 1 de julio), el plazo para devolver finaliza a los seis meses del final de dicho plazo (31 de diciembre o 1 de enero). A partir de ahí tienen que pagar con intereses.
Asesores fiscales preocupados por su imagen ante clientes mutualistas. Pidieron la devolución mediante el formulario y no por el método tradicional, ¿sería por ahorrarse trabajo?Parece ser que la mayoría de los mutualistas que pidieron la devolución del IRPF por el procedimiento ordinario, o sea como establece la normativa, han recibido la devolución. No así los que lo hicieron a través del formulario que habilitó la AEAT. Alguna asociación de asesores fiscales ha trasladado su queja ya que les resulta complicado explicar a sus clientes por qué la pidieron por el formulario y no por el método tradicional.https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13175926/01/25/los-fiscalias-denuncian-que-el-fisco-no-ha-devuelto-el-irpf-a-la-mayoria-de-mutualistas-que-lo-pidio-por-el-formulario-online.html
Hombre, que rápido has "cambiado de opinión" jaja Ya dije que no me lo creía.Ahora ya sólo falta que dejes de arrogarte las funciones de moderador que no te corresponden y además evidentemente se te dan muy mal.
Pues seguridad jurídica es que se cumpla la Ley aprobada el pasado diciembre en el Parlamento y se deje de marear la perdiz.Los que obtuvieron esa sentencia, hace mucho tiempo que cobraron hasta el último céntimo, no tienen que solicitar nada. Los que sí tienen que moverse son los que llevan tiempo debajo del cocotero esperando a que caiga el coco.