Juan Lackland
20/10/25 19:44
Ha respondido al tema
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Al decir que esa sanción es muy discutible no ponía en duda que exista, sino que es discutible el derecho de Hacienda a sancionar en esos casos. Tan discutible que la sanción la ponen cuando les da la gana, lo cual es ilegal.Este debate ya se produjo hace años cuando se dieron numerosos casos de personas no obligadas que descubrían fuera de plazo que les salía a devolver. El criterio de Hacienda lo conocemos todos. Lo que yo planteo es algo distinto al criterio de Hacienda y lo argumento por si alguien quiere "tirar para adelante" sabiendo que no es fácil ganarlo. Tampoco fue fácil para los mutualistas que tuvieron que llegar al TS. El art. 198 de la Ley General Tributaria establece una sanción de 200 € para el caso de declarar fuera de plazo sin perjuicio para Hacienda. Además establece que la sanción se reduce un 50% si se presenta antes de que te requieran. Si no estás obligado es imposible que te requieran, ahí está mi argumento: ese artículo es aplicable solamente a los que están obligados a declarar, tienen que declarar y hacerlo dentro del plazo. Pero cuando no estás obligado, no tienes ningún plazo, por lo que Hacienda está aplicando el art 198 a casos diferentes a los que dice la ley.