Por supuesto que no. Los bancos no son tontos, ellos solo usan como valor de referencia excluido impuestos. Lo que sí puede ser: que en una negociación de compra-venta, finalmente llegues a un acuerdo, tal que para ti: precio = todos los gastos incluidos Lo que no puede ser: que en una negociación pactes un precio, que sea tu desembolso final, y que además ese "precio" sea jurídicamente el "precio de la cosa". El banco, en el préstamo con garantía hipotecaria, pues querrá llegar solo hasta el 80 % del "precio de la cosa", que además es el que figurará en la tasación. Así pues, el 20 % restante más los gastos, sigues teniendo necesidad de financiación. Para el banco se pude resolver con un préstamo personal, a mucho menos plazo y mucho más interés. Si tienes capacidad de pago bastante, no tiene porque haber problema. Incluso aunque llegases a un acuerdo privado en que bajo mano el vendedor fuese quien pagase el ITP, luego se encontraría con que se gasto no es deducible, ya que por norma legal no es un gasto inherente a la transmisión. Le figuraría como una ganancia por la que debería tributar IRPF. Esa no es la vía. El camino es negociar muy a la baja con el vendedor, y una vez acordado un precio bueno, para ti, negociar un acuerdo no sangrante con el banco para que pongan el 100 % de todo. Lo más que vas a llegar, si es que lo logras, es a un acuerdo tipo 70 % hipoteca a xx años, y 30 % personal a x años. Si eres solvente, el precio del inmueble es significativamente inferior al de mercado, y aportas algún tipo de garantía o vinculación razonable, es posible. Si no, es mucha concentración de riesgos.