Ha respondido al tema
Prestacion por hermano mayor discapacitado.
El ejemplo que te he enlazado es para gente con residencia fiscal en Madrid, en Andalucía creo que no hay nada
Bacalo09/04/25 12:00
Ha respondido al tema
Apuestas deportivo y declaración de la renta
si el resultado global son pérdidas, no hay que declarar nada, las pérdidas en el juego no se pueden compensar ni con otros ingresos ni con ganancias en años futuros en el juego. Si tratas de meter esos datos en las casillas correspondientes del IRPF, verás que se quedan en blanco, como si no hubieras puesto nada.El problema lo tiene la gente que gana en casas legales en España, que son las que envían la información a Hacienda, y pierde en casas ilegales extranjeras a las que se conectan por VPN u otro medio, estas pérdidas no te las admite Hacienda, no permite compensar y te dice que tienes que incluir las ganancias en España.
Bacalo09/04/25 11:53
Ha respondido al tema
RENTA, BECAS Programa Pupilos Dorotea, ADDECO
el problema está en que lo resten del IMV, en el IRPF da igual porque ni el hijo paga aun incluyendo la beca, ni imagino la madre tampoco, si es perceptora del IMV. Según las bases de la convocatoria de la propia Fundación Adecco, puede aplicarse la exención que marca el IRPF si la ayuda es para enseñanza reglada:https://fundacionadecco.org/wp-content/uploads/2024/05/Bases-Becas-Dorotea-1.pdfA efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y conforme al artículo 17 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; las becas otorgadas por la Fundación Adecco tendrán la consideración de rendimientos del trabajo. Si bien estarán exentas del IRPF según el artículo 7.j) de la misma: “las becas públicas, las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos a los que sea de aplicación el régimen especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, (…) percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo, en los términos que reglamentariamente se establezcan.”Entiendo que cumplen los requisitos que establece la ley del IRPF: fundación inscrita, han publicado en el BOE la convocatoria ( https://www.boe.es/boe/dias/2024/05/21/pdfs/BOE-B-2024-18451.pdf ), no son más de 6.000 euros que es el máximo exento. Todo esto, si es enseñanza reglada (ESO, Bachillerato, Formación Profesional...)La cuestión es que si para el IMV chequean los datos directamente de Hacienda y no de la declaración presentada, probablemente resten la beca (y debería ser el neto, quitando los 2.000 euros, creo). Tocaría reclamar con estos argumentos expuestos. No entiendo por qué la fundación la declara a Hacienda, será para no pillarse los dedos porque puede haber casos en los que no aplica la exención, como lo explicado de enseñanza no reglada, y ellos no conocen este dato para cada adjudicatario de la beca.
Bacalo09/04/25 11:31
Ha respondido al tema
Prestacion por hermano mayor discapacitado.
si no eres tutora, como descendiente no es posible incluirlo según la normativa estatal.Pero puede que en tu Comunidad Autónoma haya alguna deducción, como ocurre en Madrid, si se cumplen los requisitos:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/eu_es/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-especifico-personas-discapacidad/irpf-2024/deducciones-autonomicas/comunidad-madrid/acogimiento-no-remunerado-mayores-65-discapacidad.html
Bacalo08/04/25 22:04
Ha respondido al tema
Añadir hijo renta
eso es, tienes derecho al mínimo por descendiente, por discapacidad del descendiente y la deducción de 1.200 euros, siempre que él no presente la declaración, porque sus ingresos netos son menores de 8.000 euros después de restar los 2000 euros de gastos del trabajo y los 7.750 de trabajador en activo con discapacidad superior al 65%.Sus ingresos no tienes que añadirlos a tu declaración, pues al ser mayor de edad y no estar sometido a patria potestad, no es parte de la unidad familiar, y sólo son los miembros de la unidad familiar los que suman sus ingresos en declaración conjunta, en caso de que escogieras esta modalidad (que si no hay más hijos menores de edad o cónyuge, no puedes elegir esa modalidad).
Bacalo08/04/25 19:27
Ha respondido al tema
Dudas declaración hijo menor 25 años
El límite de 8000 es si NO presenta declaración. Sí solo tuviese los ingresos del trabajo, no estaría obligado, no la presentaría y podrías incluirle.Pero al estar obligado, el límite son 1800 y se pasa
Bacalo08/04/25 18:30
Ha respondido al tema
Dudas declaración hijo menor 25 años
Legalmente tiene que presentar su declaración ya que ha obtenido ganancias patrimoniales sin retención (las apuestas y las acciones) con lo que el límite para estar obligado son 1.000€ sumando sueldo y ganancias.Y los padres no pueden aplicar el mínimo por haber presentado el hijo declaración con más de 1.800€ netos.Yo a los chavales jóvenes de la familia ya les advierto del perjuicio que causan a la familia por estas historias de invertir 100 euros en bitcoins, acciones de Tesla o similares.
Bacalo08/04/25 18:21
Ha respondido al tema
Devolución de IRPF por devolución de ingresos - Declaración de la Renta
No, tenéis que modificar la declaración del año al que corresponde lo reclamado, 2022, y presentarla como solicitud de rectificación
Bacalo08/04/25 18:18
Ha respondido al tema
Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Sí los 13.659€ de rendimientos brutos son del trabajo y hay cotizaciones sociales, al restar estás cotizaciones, los 2000€ de gastos de trabajo y los 3500 de trabajador en activo discapacitado, el neto se va por debajo de 8000€ seguramente y tendrías derecho.Sí los rendimientos son de una pensión o del paro, no, porque ni hay cotizaciones sociales que restar ni los 3500€ tampoco se restan.Sí es el primer caso, tendría que añadir en la declaración las cotizaciones y el gasto de trabajador activo discapacitado, que no aparecen
Bacalo07/04/25 22:31
Ha respondido al tema
Venta local comercial, comprado 1990. Ganancia regimen transitorio 1994? renta vitalicia?
lo de la amortización, creo que es obligatorio restarlo aunque no se haya utilizado, según dicta la ley:Artículo 40. Determinación del valor de adquisición.1. El valor de adquisición de los elementos patrimoniales transmitidos se minorará en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles, computándose en todo caso la amortización mínima, con independencia de la efectiva consideración de ésta como gasto.A estos efectos, se considerará como amortización mínima la resultante del período máximo de amortización o el porcentaje fijo que corresponda, según cada caso.2. Tratándose de la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas, se considerará como valor de adquisición el valor contable, teniendo en cuenta las amortizaciones que hubieran sido fiscalmente deducibles, sin perjuicio de la amortización mínima a que se refiere el apartado anterior. Cuando los elementos patrimoniales hubieran sido afectados a la actividad después de su adquisición y con anterioridad al 1 de enero de 1999, se tomará como fecha de adquisición la que corresponda a la afectación.Para calcular la amortización, pues hay que conocer cómo han ido variando los porcentajes durante todos esos años. Yo no lo controlo, en estimación objetiva creo que ahora es el 5% anual, en simplificada el 3%, si me dices que los 35 años ha estado dedicado al negocio, estaría seguramente amortizada la construcción en cualquier caso. Si dices que el valor de la construcción son 12.000, estaría amortizado, el valor de adquisición serían los 58.000 euros del terreno (o la proporción que salga de 58/70 aplicada al precio de adquisición original).Consulta de todas maneras estos 2 puntos bien (la obligación de restar la amortización, que creo no te escapas, y cómo calcularla históricamente).Las rentas vitalicias, efectivamente hubo un cambio y ahora pueden ir devolviendo una parte del capital, no sé exactamente qué márgenes hay para que devuelvan más o menos, yo las que contrataron familiares míos son anteriores al cambio y sólo pagan intereses, no devuelven nada.