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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 07/05/25 14:44
Ha respondido al tema Contribuyente con discapacidad
quien tiene derecho prioritario es la hija; sólo en el caso de que ella no pudiera (porque no trabajara, por ejemplo) podría el cónyuge usar la deducción por cónyuge con discapacidad.Puede entonces incluir a la madre como ascendiente con discapacidad para que le apliquen el mínimo por ascendiente, y la deducción por 3 meses (octubre incluido).Siempre que la madre no presente declaración por más de 1.800 euros netos, ni sus ingresos netos superen los 8.000.Se puede adjuntar la resolución, hay una opción para incluir documentación adicional. De otra manera, sí suele ocurrir que la Agencia Tributaria solicite el primer año la justificación de la discapacidad.
Bacalo 06/05/25 23:23
Ha respondido al tema Declaración Rectificativa sin respuesta de Hacienda
suelen contestar, pero pueden tardar 1 año o lo que les dé la gana.
Bacalo 06/05/25 23:21
Ha respondido al tema Familia numerosa especial y discapacidad, familia de 5 personas 2 hijos con discapacidad
mientras haya un hijo que cumple los requisitos -edad, convivencia,ingresos- se conserva el título de familia numerosa con la misma categoría,  por tanto puedes aplicar la deducción de categoría especial, ya que parece que el hijo que estudia cumple los requisitos.La deducción por descendiente discapacitado es independiente de la de familia numerosa,  dependerá de que cumplan los requisitos de convivencia e ingresos (que no presenten declaración con más de 8.000 euros netos, teniendo en cuenta que una trabajadora en activo con discapacidad mayor del 65% para calcular el rendimiento neto resta del sueldo bruto las cotizaciones sociales, 2.000 euros de gastos generales y 7.750 euros por trabajador en activo con discapacidad >65%)
Bacalo 06/05/25 23:14
Ha respondido al tema Ayuda con Valor de adquisicion y valor de transmision.
si en el momento de presentar la declaración ya conoces lo pagado por la plusvalía, lo tienes en cuenta ya, lo de hacer una rectificación futura es cuando el ayuntamiento no la ha comunicado aún.
Bacalo 06/05/25 23:11
Ha respondido al tema Dudas con la renta 2024
si tu madre sólo tiene una pensión, no está obligada a declarar. Si tiene una vivienda suya que ahora está vacía y la renta imputada es menos de 1.000 euros, tampoco.Pero puede ocurrir que si tiene vivienda en propiedad, le hayan atribuido algún ingreso porque la comunidad de vecinos tiene alquilada la azotea, o la antigua vivienda del portero, o haya recibido una subvención para arreglar la fachada, el ascensor,etc....Entonces, estaría obligada a presentar la declaración.Revisa bien los ingresos que tiene.
Bacalo 06/05/25 23:09
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
un detalle, te han nombrado lo del famoso bono cultural, mucho cuidado, porque como tu hija lo pida y empiece a gastarlo, luego se lo restan a la familia del IMV, ya que es un ingreso de un miembro de la familia,  hay gente que ha comentado en el foro que les ha pasado.
Bacalo 06/05/25 14:10
Ha respondido al tema Loterías online. ¿Un único titular o se puede compartir?
En los premios de las loterías del Estado retienen el 20% cuando el premio excede una cantidad, da igual que digas que es un boleto compartido por 2 ó 22, y no hay más que pagar ni se puede pedir devolución Yo he jugado billetes de lotería a medias y compartimos un WhatsApp por ejemplo con el número jugado, debería valer para demostrar que hay varios participantes.Precisamente donde tienes margen de decisión es en otro tipo de sorteos. Por ejemplo, hace unos días a una familia conocida les ha tocado un premio de más de 300€ en una rifa escolar, el organizador tiene que realizar un ingreso a cuenta e informar a hacienda de quién es el ganador. Les he aconsejado que digan que es un miembro de la familia sin ingresos y así recuperará el ingreso a cuenta presentando la declaración del IRPF el próximo año
Bacalo 05/05/25 15:12
Ha respondido al tema Plaza garaje en concesion administrativa en garaje comunitario residencial.
como te indican, consulta en el ayuntamiento correspondiente la normativa actual sobre transmisión de plazas, y las condiciones del pliego del aparcamiento específico.Puede que sea legal la transmisión, o absolutamente ilegal, como en el caso de Madrid, que es lo que conozco.En Madrid, hay una lista de espera en cada aparcamiento de residentes, y salvo casos muy concretos -venta del piso, en cuyo caso el nuevo propietario tiene preferencia, o herencia, en cuyo caso un heredero que viva en la zona tiene preferencia, previo acuerdo con el resto de herederos-, el titular del derecho tiene que dirigirse al ayuntamiento para que contacte con las personas de esa lista, y estas manifiesten su interés. Solo se puede vender libremente si no hay lista, o a nadie de la lista le interesa -y además, el ayuntamiento establece el precio, mediante una fórmula que va depreciando el valor pagado inicialmente según el número de años transcurridos sobre el total de la concesión, y aumentándolo con la inflación, con lo cual, el vendedor lo que puede es negociar a la baja, pues al alza lógicamente el comprador en lista de espera se va a negar con todo el derecho-Por tanto, "comprar" esa plaza mediante un contrato privado no va a ser reconocido por el ayuntamiento, con el riesgo de que en una inspección vean que no está siendo usada por el adjudicatario y anulen entonces la concesión, perdiendo todo el dinero pagado.Como te indican, directamente no tienes que pagar ni IBI ni tasa de carruajes, pero sí vía gastos de comunidad, ya que el ayuntamiento se "encarga" en el pliego de cargar todos esos gastos a la comunidad, incluso pueden exigir, como en casos que conozco, que se sufrague los gastos de adaptación a nuevas normativas como construir un ascensor para facilitar la accesibilidad, lo que no es moco de pavo, y encima esto suelen exigirlo cuando queda poco tiempo de concesión, para dejarlo todo niquelado de cara a la siguiente adjudicación de plazas cuando expiren las concesiones actuales.Lo de escriturarla, no lo veo necesario y no creo que se pueda inscribir en el registro de la propiedad; al menos en Madrid, lo que vale es que el ayuntamiento emita una resolución autorizando el cambio de titular, una vez que revisan la documentación pertinente. Y ya te digo, que en un caso como el que planteas, lo rechazan.
Bacalo 05/05/25 09:53
Ha respondido al tema Fondos declarados en canada
normalmente los convenios de doble imposición recogen que las ganancias patrimoniales, excepto inmuebles, se gravan sólo en el país de residencia fiscal.Tendrías que solicitar la devolución de lo retenido en España vía IRNR modelo 210https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GF00.shtml
Bacalo 05/05/25 09:46
Ha respondido al tema Casilla para alteración patrimonial por prima (8.000 euros) de alquiler con opción a compra
si vas a articular legalmente la operación como alquiler con derecho a compra, tienes que declararlo como se ha expuesto en este hilo:-los 15.000 euros, una ganancia patrimonial en la base del ahorro.-Los alquileres, como rendimiento del capital inmobiliario a medida que los vayas recibiendo.-Cuando a futuro formalicéis la compra-venta ante notario, entonces restas todo lo percibido del precio de venta y calculas la pérdida, que por lo que comentas, serán los 94.000 euros, ya que del precio de venta restas todo lo percibido por alquiler y opción de venta, entonces se quedaría  a 0, y el precio de adquisición fueron 94000.Fiscalmente, muy mal negocio, salvo que tengas a futuro de dónde compensar esos 94.000 euros con ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario. Tal vez sería mejor una venta a plazos, aunque tienes el riesgo de que te deje de pagar el comprador y la casa ya esté a su nombre.Y a parte, ten en cuenta que Hacienda tiene unos precios mínimos de referencia para los inmuebles, como sea superior a esos 40.000 euros, encima puede exigiros usar ese precio de referencia para las declaraciones de impuestos.