efectivamente es posible aplicar la reinversión; antes de 2020, el criterio que aplicaba Hacienda es el que expone renclayera, no lo permitía, y así aparecía en las consultas vinculantes anteriores a esa fecha;pero a partir de una sentencia del Tribunal Supremo de 2020, el criterio es que si el precio de adquisición de la vivienda nueva supera el de la vendida, se considera reinversión, con independencia de que se dedique físicamente el dinero a la compra o se financie con una hipoteca, y así lo recogen las nuevas consultas vinculanteshttps://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0785-22procede mencionar la Sentencia del Tribunal Supremo 1239/2020, de 1 de octubre de 2020, en la que, en un supuesto similar al planteado, en el que una parte del precio de la nueva vivienda se financia mediante un préstamo hipotecario, se fija la siguiente doctrina: “Para aplicar la exención por reinversión regulada en el artículo 36 del TRLIRPF de 2004, y en el 39.1 Reglamento del Impuesto -Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, para aplicar la exención por reinversión regulada en el artículo 36 del TRLIRPF de 2004, y en el 39.1 Reglamento del Impuesto -Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio-, no resulta preciso emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda siendo suficiente con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero, ya sea directamente o bien como consecuencia de la subrogación en un préstamo previamente contratado por el transmitente del inmueble (…)”. Por tanto, de acuerdo con todo lo expuesto, y de conformidad con la citada sentencia, por importe reinvertido debe considerarse la totalidad del valor de adquisición satisfecho por la nueva vivienda (en la parte que se corresponda con el porcentaje que adquiera el consultante) dentro del plazo de los dos años anteriores o posteriores a la transmisión, con independencia de que el mismo se haya financiado con cantidades obtenidas por un préstamo hipotecario, o con cantidades procedentes de los fondos propios del consultante.