Ha respondido al tema
Cambio de divisa: fiscalidad
las ganancias en divisas en principio hay que declararlas, otra cosa es que Hacienda no se entere o no le preste la misma atención que a las operaciones con acciones o fondos de inversión.
Bacalo30/06/25 19:29
Ha respondido al tema
Insonorización AENA, ¿tributa en la renta?
como te señalan, Aena no está realizando esas obras de manera altruista y generosa, sino que tiene que ofrecerlas obligada por ley, porque no se cumplen los niveles de ruidos en el entorno de sus aeropuertos en edificios que ya existían antes de la construcciónde las infraestructuras de Aena o de una ampliaciónhttps://www.aena.es/es/corporativa/sostenibilidad-ambiental/aislamiento-acustico/planes-de-aislamiento-acustico.htmlAsí que podría asimilarse a una indemnización para cumplir el aislamiento acústico adecuado de una vivienda, que estaría exenta en la medida que no supere el importe de las obras -lo que aquí se cumple-:https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v3978-15-15-12-2015-1435154
Bacalo29/06/25 19:22
Ha respondido al tema
Exceso de aportacion a Plan de Pensiones
la cuestión es que aplican 2 normativas:- Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones: el exceso de aportaciones sobre el máximo (1.500 euros en la actualidad) hay que pedir la devolución a la gestora antes del 30 de junio del año siguiente (en este caso, mañana es el plazo para las aportaciones de 2024), sino, te pueden multar con el 50% del exceso. En tu caso, la multa serían 5 euros.-Ley del Impuesto de la Renta: el límite en aportación individual son los 1.500 euros o el 30% de tus rendimientos del trabajo, si esta cantidad es menor. El exceso (entiendo que para el límite del 30%) se puede aplicar en los años siguientes.
Bacalo29/06/25 14:54
Ha respondido al tema
Declaracion de la renta inmueble heredado
entiendo que es la fecha del contrato original, ya que el heredero se subroga los derechos y obligaciones sobre el inmueble. No se está firmando un nuevo contrato voluntariamente.Es importante porque así, por ejemplo, se puede seguir aplicando la reducción del 60% sobre el rendimiento neto si es vivienda habitual del inquilino, frente al 50% que se aplicaría si pones la fecha de 2024.
Bacalo27/06/25 08:52
Ha respondido al tema
Código ot00001 sin haber superado los 50K máximos para declarar el 720 (cuenta NN Holanda)
agenciatributaria.es --> campaña de la renta 2024 --> todas las gestiones >Ejercicios anteriores (aparece la opción al final de la página)o directamente:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/irpf/modelo-100-mode-declaracion-documentos/ejercicios-anteriores.html
Bacalo26/06/25 18:46
Ha respondido al tema
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
parece que la historia se va a septiembre... no hay sesiones en el Senado hasta mediados de septiembre
Bacalo25/06/25 19:14
Ha respondido al tema
Código ot00001 sin haber superado los 50K máximos para declarar el 720 (cuenta NN Holanda)
los intereses de NN o cualquier entidad extranjera se suman a los que hayas recibido de una entidad española con retenciones. No hay casilla especial.Deberían añadirse a 0027 Intereses de cuentas, depósitos y de activos financieros en general Como normalmente esos intereses no vienen en la información fiscal, según lo ya comentado, lo habitual es que si abres esa casilla en tu declaración en la web de Hacienda tengas una línea con los intereses en España+retenciones (que se rellena automáticamente al incorporar los datos de la Agencia Tributaria), y otra línea que habrás rellenado a mano con los intereses del extranjero (y sin retenciones, ya que la posible retención se deduce por doble imposición). Al menos así lo hago yo.Puedes también contrastarlo con la información fiscal: si por ejemplo tenías 100 euros con 19 de retención en la información fiscal de intereses, y en la declaración aparecen 140, pues los otros 40 serán los que has añadido a mano.
Bacalo25/06/25 19:06
Ha respondido al tema
Deducción por ascendiente con discapacidad
efectivamente en principio el criterio de Hacienda es el que dices, una cuidadora no profesional no puede aplicar la deducción por ascendiente o por descendiente, como indica Tributos en sus consultas vinculantes:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2261-20Comenté que me sonaba casos del foro que sí se lo estaban permitiendo, al menos con el convenio especial normal. Y veo que hay varios TEAR que ya han dicho lo contrario, que sí se puede, alegando que cuidad a una persona dependiente es un trabajo y que en sentido amplio, se está cotizando en un régimen de la Seguridad Social:https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=06/03243/2023/00/0/1&q=s%3d1%26rs%3d%26rn%3d%26ra%3d%26fd%3d09%2f09%2f2024%26fh%3d09%2f09%2f2024%26u%3d%26n%3d%26p%3d%26c1%3d%26c2%3d%26c3%3d%26tc%3d1%26tr%3d%26tp%3d%26tf%3d%26c%3d2%26pg%3dExtremadura: A juicio de este Tribunal debe entenderse en este caso cumplido el requisito para la aplicación de la deducción por personas con discapacidad a cargo -así como la deducción por familia numerosa- que la AEAT ha considerado incumplido, pues la contribuyente realiza una actividad (más próxima a una actividad por cuenta propia, como indica el Tribunal Supremo) por la que se encuentra en situación asimilada a la de alta en la Seguridad Social, no excluyendo la normativa fiscal a estos efectos ningún régimen de la Seguridad Social.Sentencia de 11/07/2014 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (rec. 2385/2013)En este mismo sentido se han pronunciado diversos TEAR, como el de la Comunidad Valenciana (resolución de 31/07/2015, rec. 46-06218-2014), el de Castilla y León (resolución de 31/08/2021, rec. 24-00121-2019), y el de Cantabria (resolución de 30/06/2023, rec. 39-00826-2022). Galicia:https://www.diariodearousa.com/texto-diario/mostrar/3117733/cuidadores-no-profesionales-personas-situacion-dependencia-pueden-aplicar-deduccion-ascendiente-descendiente-cargo
Bacalo25/06/25 18:48
Ha respondido al tema
Instalación Ascensor piso arrendado - Declaración renta
sí, de acuerdo con lo que explicas
Bacalo25/06/25 16:55
Ha respondido al tema
Instalación Ascensor piso arrendado - Declaración renta
así es, Hacienda lo considera una mejora, y por tanto, puedes amortizar el 3% de lo pagado por la obra anualmente desde el momento que ésta finalice (el primer año, lógicamente aplicas la parte proporcional al nº de días).https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0947-19 l tratarse de la instalación de un ascensor en un edificio de viviendas donde antes no lo había, procede considerarlo como inversión o mejora del inmueble, lo que a efectos de amortización comporta la aplicación del porcentaje que para inmuebles establece el artículo 14.2 a) del RIRPF, es decir, el 3 por ciento. En segundo lugar, la amortización se efectuará, en los términos señalados, a partir del momento en que finalicen las obras. La subvención la declaras en el año en que se haya cobrado el dinero como ganancia patrimonial en la base general.