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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 02/07/25 19:13
Ha respondido al tema Complemento a minimos por conyuge a cargo
esto que has copiado de los 2.617 euros efectivamente no es correcto y es una mala interpretación de quien lo haya escrito.El complemento a mínimos se puede pedir sólo para quien recibe la pensión (situaciones sin cónyuge cuando estás soltero, viudo, divorciado..... o con "cónyuge a no cargo", cuando claramente sumando los ingresos del cónyuge se van a superar los 10 mil euros y pico, o cuando el cónyuge también es pensionista). En estos casos, se aplica el umbral de los 8.106 euros a los ingresos distintos de la pensión sólo del solicitante y la pensión garantizada es inferior que con cónyuge a cargo.O se puede pedir con cónyuge a cargo, en ese caso se aplica el umbral de 10.723 a la suma de los ingresos de ambos, de tal manera que el que lo solicita puede obtener 5.000 euros de dividendos e intereses bancarios por ejemplo, y el cónyuge otro tanto, y tiene derecho al complemento con cónyuge a cargo que es mayor que con cónyuge a NO cargo.Pero eso de restar de los 10.723 euros los 8.106 euros del complemento a no cargo y decir que entonces el cónyuge no puede tener más de 2.617 euros, es una invención incorrecta.
Bacalo 02/07/25 19:06
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
está explicado en otros mensajes del hilo; puede que esos ingresos de Amazon sean una ganancia patrimonial en la base general (casilla 304 en 2024) pero habrá casos de gente que ejerza una actividad empresarial/profesional y los tenga que incluir como rendimientos de actividad económica en otra casilla , o que se pueda cambiar la valoración que da Hacienda, como se está comentando en el hilo, para el que pueda demostrar que el precio de mercado es otro, o que se puedan restar gastos (el caso de venderlos en Walapop por ejemplo y que esta empresa lo reporte).Por todas estas casuísticas, Hacienda te incluye la información fiscal pero no la traslada automáticamente a la casilla correspondiente, como ocurre con otros datos que sí es claro dónde van: los rendimientos del trabajo, intereses de cuentas, dividendos...
Bacalo 30/06/25 19:31
Ha respondido al tema Cambio de divisa: fiscalidad
las ganancias en divisas en principio hay que declararlas, otra cosa es que Hacienda no se entere o no le preste la misma atención que a las operaciones con acciones o fondos de inversión.
Bacalo 30/06/25 19:29
Ha respondido al tema Insonorización AENA, ¿tributa en la renta?
como te señalan, Aena no está realizando esas obras de manera altruista y generosa, sino que tiene que ofrecerlas obligada por ley, porque no se cumplen los niveles de ruidos en el entorno de sus aeropuertos en edificios que ya existían antes de la construcciónde las  infraestructuras de Aena o de una ampliaciónhttps://www.aena.es/es/corporativa/sostenibilidad-ambiental/aislamiento-acustico/planes-de-aislamiento-acustico.htmlAsí que podría asimilarse a una indemnización para cumplir el aislamiento acústico adecuado de una vivienda, que estaría exenta en la medida que no supere el importe de las obras -lo que aquí se cumple-:https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v3978-15-15-12-2015-1435154
Bacalo 29/06/25 19:22
Ha respondido al tema Exceso de aportacion a Plan de Pensiones
la cuestión es que aplican 2 normativas:- Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones: el exceso de aportaciones sobre el máximo (1.500 euros en la actualidad) hay que pedir la devolución a la gestora antes del 30 de junio del año siguiente (en este caso, mañana es el plazo para las aportaciones de 2024), sino, te pueden multar con el 50% del exceso. En tu caso, la multa serían 5 euros.-Ley del Impuesto de la Renta: el límite en aportación individual son los 1.500 euros o el 30% de tus rendimientos del trabajo, si esta cantidad es menor. El exceso (entiendo que para el límite del 30%) se puede aplicar en los años siguientes.
Bacalo 29/06/25 14:54
Ha respondido al tema Declaracion de la renta inmueble heredado
entiendo que es la fecha del contrato original, ya que el heredero se subroga los derechos y obligaciones sobre el inmueble. No se está firmando un nuevo contrato voluntariamente.Es importante porque así, por ejemplo, se puede seguir aplicando la reducción del 60% sobre el rendimiento neto si es vivienda habitual del inquilino, frente al 50% que se aplicaría si pones la fecha de 2024.
Bacalo 27/06/25 08:52
Ha respondido al tema Código ot00001 sin haber superado los 50K máximos para declarar el 720 (cuenta NN Holanda)
agenciatributaria.es --> campaña de la renta 2024 --> todas las gestiones >Ejercicios anteriores (aparece la opción al final de la página)o directamente:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/irpf/modelo-100-mode-declaracion-documentos/ejercicios-anteriores.html
Bacalo 26/06/25 18:46
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
parece que la historia se va a septiembre... no hay sesiones en el Senado hasta mediados de septiembre
Bacalo 25/06/25 19:14
Ha respondido al tema Código ot00001 sin haber superado los 50K máximos para declarar el 720 (cuenta NN Holanda)
los intereses de NN o cualquier entidad extranjera se suman a los que hayas recibido de una entidad española con retenciones. No hay casilla especial.Deberían añadirse a   0027 Intereses de cuentas, depósitos y de activos financieros en general Como normalmente esos intereses no vienen en la información fiscal, según lo ya comentado, lo habitual es que si abres esa casilla en tu declaración en la web de Hacienda tengas una línea con los intereses en España+retenciones (que se rellena automáticamente al incorporar los datos de la Agencia Tributaria), y otra línea que habrás rellenado a mano con los intereses del extranjero (y sin retenciones, ya que la posible retención se deduce por doble imposición). Al menos así lo hago yo.Puedes también contrastarlo con la información fiscal: si por ejemplo tenías 100 euros con 19 de retención en la información fiscal de intereses, y en la declaración aparecen 140, pues los otros 40 serán los que has añadido a mano.
Bacalo 25/06/25 19:06
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
efectivamente en principio el criterio de Hacienda es el que dices, una cuidadora no profesional no puede aplicar la deducción por ascendiente o por descendiente, como indica Tributos en sus consultas vinculantes:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2261-20Comenté que me sonaba casos del foro que sí se lo estaban permitiendo, al menos con el convenio especial normal. Y veo que hay varios TEAR que ya han dicho lo contrario, que sí se puede, alegando que cuidad a una persona dependiente es un trabajo y que en sentido amplio, se está cotizando en un régimen de la Seguridad Social:https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=06/03243/2023/00/0/1&q=s%3d1%26rs%3d%26rn%3d%26ra%3d%26fd%3d09%2f09%2f2024%26fh%3d09%2f09%2f2024%26u%3d%26n%3d%26p%3d%26c1%3d%26c2%3d%26c3%3d%26tc%3d1%26tr%3d%26tp%3d%26tf%3d%26c%3d2%26pg%3dExtremadura: A juicio de este Tribunal debe entenderse en este caso cumplido el requisito para la aplicación de la deducción por personas con discapacidad a cargo -así como la deducción por familia numerosa- que la AEAT ha considerado incumplido, pues la contribuyente realiza una actividad (más próxima a una actividad por cuenta propia, como indica el Tribunal Supremo) por la que se encuentra en situación asimilada a la de alta en la Seguridad Social, no excluyendo la normativa fiscal a estos efectos ningún régimen de la Seguridad Social.Sentencia de 11/07/2014 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (rec. 2385/2013)En este mismo sentido se han pronunciado diversos TEAR, como el de la Comunidad Valenciana (resolución de 31/07/2015, rec. 46-06218-2014), el de Castilla y León (resolución de 31/08/2021, rec. 24-00121-2019), y el de Cantabria (resolución de 30/06/2023, rec. 39-00826-2022). Galicia:https://www.diariodearousa.com/texto-diario/mostrar/3117733/cuidadores-no-profesionales-personas-situacion-dependencia-pueden-aplicar-deduccion-ascendiente-descendiente-cargo