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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 17/03/26 22:07
Ha respondido al tema Deducciones para impuesto de sucesiones caso hermana de fallecido con discapacidad reconocida
si tu padre dejó a tu madre el usufructo, tienes que liquidar el impuesto de Sucesiones por ese usufructo a partir de la declaración que presentaste en su momento. Esto de manera independiente a la liquidación de tu madre. sin presentar para esta parte además plusvalía municipal, vale la que se pagó en su momento.Por tu madre, efectivamente presentas la declaración con el 50% de la vivienda de tu madre, y para el 50% de la de tu tía, tienes que descontar la valoración del usufructo que se queda ella, que ya liquidarás cuando fallezca, como ocurre ahora con el usufructo de tu madre que he citado.No controlo el impuesto en Asturias, pero parece que efectivamente hay 300.000 euros exentos para hijos, 50.000 para hermanos y 180.000 para discapacidad del 33% al 65%, que imagino son ambas compatibles para tu tía, estas cantidades se restan del valor de la herencia antes de aplicar la tarifa. Salvo que las viviendas que heredas tengan un valor muy alto, no deberías pagar mucho, tu tía directamente nada porque no creo que el usufructo de 1/3 se valore en mucho; el palo más gordo suele ser en la plusvalía municipal, donde tienes que mirar si hay alguna bonificación entre madre/hija en la vivienda habitual de la fallecida (es lo que ocurre en el ayuntamiento de Madrid, por ejemplo).
Bacalo 17/03/26 16:52
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
en una rectificación a un familiar tardaron más de 1 año. Depende de la carga de trabajo que tengan en la delegación que hayan asignado la reclamación y la disponibilidad de personal. Claro, si se acercan los 4 años desde que la presentaste, toca volver a reclamar. No sé si pedir cita en tu delegación serviría para que lo aceleren.
Bacalo 16/03/26 21:30
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
El límite de 8.000€ es anual, luego si la cantidad no exenta en 2025 supera el límite, no se cobra nada, da igual que esos ingresos correspondan solo a 6 meses o a todo el año 
Bacalo 16/03/26 09:47
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
como he respondido en un mensaje anterior, Hacienda está mirando la última declaración presentada por tu cónyuge para ver si te conceden el pago anticipado, declaración que  presentaría en primavera de 2025 con los ingresos de 2024, y por lo que dices, superaba los 8.000 euros netos. Hasta que no presentes la nueva declaración no revisarán los datos.Si en 2025, con lo que cobró antes de recibir la incapacidad se pasa de los 8.000 netos, no vas a poder aplicar en la declaración de 2025 la deducción, y van a seguir rechazando el pago anticipado. Si no los superó, sucede lo que te comento para 2026:Si en 2026, como consecuencia de la exención de la pensión, no los supera, entonces cuando presentes la declaración en primavera de 2027 para el ejercicio 2026, te  pagarán los 1.200 euros, y a partir de entonces podrás solicitar el pago anticipado de 100 euros mensuales.Sobre presentar tu declaración, si no recuerdo mal, me parece que hay una opción para indicar que no tienes la obligación de presentarla, de tal manera que si solo por tu declaración sale a pagar pongamos 300 euros, y luego te tienen que pagar los 1.200 de la deducción por cónyuge con discapacidad, entonces ignoran los 300 euros y te pagan enteritos los 1.200, no sólo 900 euros.En definitiva, la deducción de 2026 no la pierdes, lo que ocurre es que vas a tardar en cobrarla.
Bacalo 12/03/26 18:06
Ha respondido al tema Declarar prestación recibida de mutualidades MUFACE o ISFAS
Exentas las ayudas de la empresa/administración para tratamientos, prótesis, gafas, audífonos o dentista, siempre que no estén cubiertos por el sistema público de salud.
Bacalo 12/03/26 18:01
Ha respondido al tema Dudas sobre IRPF tras fallecimiento de un familiar y consecuencias sobre mi declaración renta percibiendo IMV
respecto a las declaraciones pendientes de tu madre, es la misma situación que años anteriores: si no tiene obligación de declarar por su pensión más la posible imputación de renta de la vivienda en la que es copropietaria, y no tenía retenciones que pudiese recuperar presentando la declaración, no tienes obligación de presentarla.Tras su fallecimiento, tú eres legalmente propietaria de la vivienda en que vivía tu madre y del 50% de la otra (entiendo que en plena propiedad), da igual que hayas aceptado o no la herencia (salvo que renuncies explícitamente, claro); por tanto, si no son tu vivienda habitual, te generan una imputación de renta si están a tu disposición, o rendimientos del capital inmobiliario si la alquilas.Respecto al impacto en el IMV, entiendo que de la cantidad que te calculan según el número de personas, restan los "ingresos computables" para calcular cuánto te pagan realmente; entonces te restarían esa imputación de rentas por el inmueble de tu madre y el 50% a medias con tu tía (la renta imputada es el 1,1% o el 2% del valor catastral, según se haya revisado o no el valor catastral para ese municipio en los últimos 10 años):https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos"Si los inmuebles no estuviesen arrendados, los ingresos computables se valorarán según las normas establecidas para la imputación de rentas inmobiliarias en la citada normativa y correspondiente norma foral."
Bacalo 04/03/26 20:18
Ha respondido al tema Inutilidad e irpf
se suele considerar un rendimiento del trabajo, tal vez considerado irregular y con el 30% de reducción. La aseguradora debería haberlo pagado descontando la retención.Pero si la inutilidad ha derivado de un accidente en el trabajo, puede que esté exenta:"artículo 7d IRPF  estarán exentas las indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguro de accidentes "Pero el criterio de Hacienda es muy restrictivo, dicen que si el seguro que lo cubría incluye otras prestaciones, no vale:https://www.iberley.es/noticias/la-lo-eficiencia-justicia-introduce-novedades-lirpf-materia-exenciones-y-alimentos-los-hijos-34292
Bacalo 27/02/26 10:24
Ha respondido al tema Deducción por discapacidad solicitada en diciembre de 2024
exacto, o cambias la declaración online de 2024 y adjuntas como anexo  la resolución , o presentas una solicitud de rectificación explicándolo,, adjuntando la resolución y que la modifiquen en la Agencia Tributaria.
Bacalo 26/02/26 10:24
Ha respondido al tema Deducción por discapacidad solicitada en diciembre de 2024
en la resolución debería venir la fecha de efecto del reconocimiento.Si es alguna fecha de 2025, efectivamente puedes marcar la situación al presentar la declaración del ejercicio 2025 próximamente.Si es fecha de 2024, podrías además pedir una rectificación de la declaración de 2024 presentada la primavera pasada, pues se tiene en cuenta la situación a 31 de diciembre y entonces ya tendrías la discapacidad reconocida en esa fecha.
Bacalo 25/02/26 15:21
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Si hay pérdidas no puede afectar negativamente a la deducción