Bacalo
17/03/26 22:07
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Deducciones para impuesto de sucesiones caso hermana de fallecido con discapacidad reconocida
si tu padre dejó a tu madre el usufructo, tienes que liquidar el impuesto de Sucesiones por ese usufructo a partir de la declaración que presentaste en su momento. Esto de manera independiente a la liquidación de tu madre. sin presentar para esta parte además plusvalía municipal, vale la que se pagó en su momento.Por tu madre, efectivamente presentas la declaración con el 50% de la vivienda de tu madre, y para el 50% de la de tu tía, tienes que descontar la valoración del usufructo que se queda ella, que ya liquidarás cuando fallezca, como ocurre ahora con el usufructo de tu madre que he citado.No controlo el impuesto en Asturias, pero parece que efectivamente hay 300.000 euros exentos para hijos, 50.000 para hermanos y 180.000 para discapacidad del 33% al 65%, que imagino son ambas compatibles para tu tía, estas cantidades se restan del valor de la herencia antes de aplicar la tarifa. Salvo que las viviendas que heredas tengan un valor muy alto, no deberías pagar mucho, tu tía directamente nada porque no creo que el usufructo de 1/3 se valore en mucho; el palo más gordo suele ser en la plusvalía municipal, donde tienes que mirar si hay alguna bonificación entre madre/hija en la vivienda habitual de la fallecida (es lo que ocurre en el ayuntamiento de Madrid, por ejemplo).