Bacalo
05/05/25 15:12
Ha respondido al tema
Plaza garaje en concesion administrativa en garaje comunitario residencial.
como te indican, consulta en el ayuntamiento correspondiente la normativa actual sobre transmisión de plazas, y las condiciones del pliego del aparcamiento específico.Puede que sea legal la transmisión, o absolutamente ilegal, como en el caso de Madrid, que es lo que conozco.En Madrid, hay una lista de espera en cada aparcamiento de residentes, y salvo casos muy concretos -venta del piso, en cuyo caso el nuevo propietario tiene preferencia, o herencia, en cuyo caso un heredero que viva en la zona tiene preferencia, previo acuerdo con el resto de herederos-, el titular del derecho tiene que dirigirse al ayuntamiento para que contacte con las personas de esa lista, y estas manifiesten su interés. Solo se puede vender libremente si no hay lista, o a nadie de la lista le interesa -y además, el ayuntamiento establece el precio, mediante una fórmula que va depreciando el valor pagado inicialmente según el número de años transcurridos sobre el total de la concesión, y aumentándolo con la inflación, con lo cual, el vendedor lo que puede es negociar a la baja, pues al alza lógicamente el comprador en lista de espera se va a negar con todo el derecho-Por tanto, "comprar" esa plaza mediante un contrato privado no va a ser reconocido por el ayuntamiento, con el riesgo de que en una inspección vean que no está siendo usada por el adjudicatario y anulen entonces la concesión, perdiendo todo el dinero pagado.Como te indican, directamente no tienes que pagar ni IBI ni tasa de carruajes, pero sí vía gastos de comunidad, ya que el ayuntamiento se "encarga" en el pliego de cargar todos esos gastos a la comunidad, incluso pueden exigir, como en casos que conozco, que se sufrague los gastos de adaptación a nuevas normativas como construir un ascensor para facilitar la accesibilidad, lo que no es moco de pavo, y encima esto suelen exigirlo cuando queda poco tiempo de concesión, para dejarlo todo niquelado de cara a la siguiente adjudicación de plazas cuando expiren las concesiones actuales.Lo de escriturarla, no lo veo necesario y no creo que se pueda inscribir en el registro de la propiedad; al menos en Madrid, lo que vale es que el ayuntamiento emita una resolución autorizando el cambio de titular, una vez que revisan la documentación pertinente. Y ya te digo, que en un caso como el que planteas, lo rechazan.