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Mutualistas: devolución del IRPF
según la propaganda oficial, todo va bien.https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13851434/03/26/hacienda-ya-ha-devuelto-a-los-antiguos-mutualistas-mas-de-4150-millones-de-euros.htmlEl fisco realizó pagos el año pasado por 2.717 millones, el doble que en 2024
Bacalo30/03/26 18:07
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Bono Viaje 2024 C.Valenciana, duplicado en 2024 y 2025
las subvenciones se declaran en el año en que efectivamente se cobran. Si este bono viaje es parecido al bono joven, que te lo cargan en una tarjeta o similar con una fecha máxima de uso, y lo puedes consumir durante un tiempo, hay que imputar a cada año lo que se haya gastado.Tened cuidado, porque me suena un caso de una persona que declaró la subvención el año que no correspondía, y luego le llegó una revisión específica de Hacienda para el año que correspondía exigiéndole pagar por no haberlo incluido, sin entrar a considerar que ya lo había declarado, y tuvo que pagar y reclamar posteriormente el año en que declaró erróneamente.
Bacalo29/03/26 20:46
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Dependencia economica, renta.
En el IRPF la dependencia económica se equipara a la convivencia
Bacalo29/03/26 18:20
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Liquidación de gananciales, compensacion del exceso
el límite de pago de 1.000 euros en efectivo se da cuando una de las partes actúe como empresario o profesional, si aquí actuáis ambos como particulares no debería haber problema, siempre que el origen del dinero en metálico esté justificado.
Bacalo29/03/26 18:18
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Como se pone el rescate de un fondo de inversion - Hacienda
te lo va a incluir automáticamente el programa, no te preocupes.
Bacalo29/03/26 18:15
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Dependencia economica, renta.
para poder aplicar el mínimo por descendiente y su mínimo por discapacidad en tu declaración, que en este caso es una cantidad muy elevada: tendría que ocurrir que:-pagues la aportación para tu hijo voluntariamente, sin sentencia judicial de por medio-o la pagues por sentencia judicial, pero con guardia y custodia compartida. Entonces no puedes aplicar el tratamiento especial de la pensión en tu declaración, pero sí el mínimo por el hijo.Si no es así -pagas por sentencia judicial y la custodia es del otro progenitor-, como me parece que ocurre en tu caso, sólo puedes aplicar en tu declaración el régimen especial de las pensiones de alimentos.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2024/c02-irpf-cuestiones-generales/sujecion-irpf-aspectos-materiales/delimitacion-negativa-hecho-imponible-rentas-sujetas/rentas-exentas-articulo-7-ley-irpf/anualidades-alimentos-favor-hijos.html
Bacalo27/03/26 20:17
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Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda
sí, conozco la normativa.El problema es que tú tienes unos ingresos que NO tienen cabida en la primera regla: las pérdidas. Es igual que si tienes rendimientos del capital inmobiliario (alquileres), intereses sin retención de una cuenta en el extranjero, o ganancias sin retención (venta de acciones, ganancia en apuestas deportivas o un concurso....). NO aplica la primera regla, no puedes alegarla. Solo se aplica si todos tus ingresos son de las categorías descritas en esa regla.Entonces te vas a la segunda, y es donde te digo que cambiaron hace años el criterio y deben cumplirse los 2 límites simultáneamente: rendimientos menores de 1.000 euros y pérdidas menores de 500.
Bacalo27/03/26 18:26
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Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda
la cuestión es que los límites de menos de 1.000 euros de rendimientos y pérdidas menores de 500 euros, hace años los valoraban independientemente.Es decir, que con tus ingresos, aunque sean mayores de 1.000, como las pérdidas eran inferiores a 500, no tenías obligación.Pero en un momento dado, fácil hace 10 años, barrieron para casa y cambiaron el criterio; consideran que ambos límites deben cumplirse simultáneamente: es decir, ingresos menores de 1.000 y pérdidas menores de 500.Y resulta que al tener pérdidas, aunque sean de unos céntimos, como tu pensión supera los 1.000, te obligan.
Bacalo27/03/26 08:56
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Datos fiscales (de origen desconocido)
Pues contacta con gvc gaesco.Ahora bien, puede ocurrir que hayas vendido un fondo en otra entidad que realmente es gestionado por gvc gaesco. Por ejemplo, las acciones del broker de ING quien reporta a Hacienda los dividendos es renta 4, ya que han subcontratado a esta entidad el broker naranja.Y si no recuerdas haber tenido un fondo, a lo mejor tenías alguna cuenta o depósito que gestionaba la liquidez en un fondo y vendía participaciones cuando movidas el dinero Los códigos IE y LU son Irlanda y Luxemburgo, pueden ser ETFs
Bacalo27/03/26 08:50
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Duplicidad de operaciones tras integración EVO Banco → Bankinter en los datos fiscales de AEAT
Ya lo comenté, al tratarse de un tema masivo, lo rectifican inmediatamente porque es muy molesto para los clientes. Ahora bien, a lo mejor tarda semanas en que al comprobar los datos fiscales en la web de la agencia Tributaria lo veas rectificado, pero lo cambiarán, no os preocupéis.Lo peor que puede pasar es que no esté cambiado cuando se pueda presentar la declaración en unos días, y entonces que te retengan la devolución hasta que lo cambien y les cuadre con lo que tú declaras