Bacalo
04/03/25 12:47
Ha respondido al tema Reparto de fondo de inversión en herencia.
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en el ISD no se liquidan ganancias, eso es más tarde si se venden.Por defecto, el viudo se queda por su parte de gananciales la mitad de las participaciones que se valoran en 55.000/2 para hacer un reparto "justo", aunque fiscalmente el precio de adquisición es 60.000/2 ya que no se pagan impuestos por la disolución. Por tanto, si las vende en algún momento posterior por 25.000 euros por ejemplo tendría una pérdida fiscal de 5.000 euros.Por la herencia, se valoran para el ISD 10%x 55.000/2 es el valor del usufructo. Luego efectivamente parece que es un lío con los bancos, si quieren o son capaces de asignar a cada uno lo suyo y llevar un control de los valores correctos. Como te decía, creo que lo típico es que cuando se vendan, se adjudique la ganancia/pérdida para la parte heredada al usufructuario.Lo de compensar con dinero hay que andar con cuidado, si hay bienes para que cada uno se lleve su parte en la herencia se considera una compra-venta si hay un exceso de adjudicación y otros herederos pagan con dinero que no es de la herencia; lo que se lleve el viudo tendría que salir de la propia herencia (en este caso, que se estipule que se lleva por ejemplo los 2.750 euros del usufructo del fondo de la cuenta de ahorro, junto con lo que le corresponda de esta cuenta por su mitad de gananciales y por el usufructo de la otra mitad de la cuenta) .