franjgr
21/11/24 17:00
Ha respondido al tema Subsido mayores 52 y pluscalias/minusvalias inversiones - Subsidio
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Ahí tiene la respuesta a la pregunta fundamental: Si obtienes ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Por exclusión, en el caso de no rebasar el límite, no hay obligación de declararlo.En la venta de cualquier propiedad (las acciones lo son) la plusvalía se divide entre 12 y el cociente se imputa sólo al mes de venta y no a ningún otro mes. Es así por el tratamiento que el RD 625/1985 da a lo que denomina pagos únicos.Para tener toda la información, lo mejor sería leerse la instrucción de rentas del SEPEhttps://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/Instruccion_de_rentas.pdfTambién podría leerse la Ley General de la Seguridad Social y el citado RD 625/1985, pero le dejarían muchísimas más dudas.