Con tal de no demostrar sus afirmaciones lee lo que quiere.Solo le pedí que en los argumentos que no ha dado no usara medios de comunicación de la ultraderecha, como no demuestra sus palabras no se ha dado el caso.A mí no me aburre, me cansa y me preocupa la deriva de este mundo (porque no es solo el país).Por cierto, argumentos es lo que le he pedido yo a usted. Es usted quien ha hecho unas afirmaciones, no yo.
Ya que no es un bulo ¿cuál es el subsidio (mal usada la palabra por cierto), que cobran los extranjeros y que no cobran los españoles? ¿dónde está regulado? ¿cuál es la estadística que demuestra que hay muchos extranjeros cobrando fuera del país?...Y esto con fuentes fiables, no me valen noticias de OKdiario o panfletos similares.No quiero manchar la conversación con estos temas, pero es muy cansino estar leyendo una y otra vez slogans de panfletos de ultraderecha que ni se ajustan a la realidad ni se esfuerzan en demostrar sus teorías. Como digo recientemente Carlos Franganillo "La verdad requiere de un tiempo, que la mentira no necesita"
Siempre hay casos que logren escaparse al control.Los subsidios no son para "todo dios" y menos "para todo dios extranjero", pero difundir bulos es gratis.La salida del pais por más de 30 días es causa de suspensión del subsidio. Si el retorno se produce antes de 90 días el subsidio se puede reanudar, si es más de 90 días y menos de 12 meses, solo se puede reanudar si es por trabajo, estudios o colaboración con una ONG, y si son más de 12 meses se extingue el derecho en todo caso.
Yo no confiaría en tal cosa.De acuerdo a la legislación es el ciudadano el que debe declarar sus ingresos y el SEPE debe resolver con dicha declaración y comprobar, a posteriori, en caso de duda.
Y entraríamos en otra cuestión lamentablemente..., porque si esto es así tal así, una persona que tenga recurrentes ingresos por ejemplo 4 en un año y cuando se realiza la división por 12, es posible que de forma individual en ese momento no supera el 75% del SMI, pero, cuando se realiza la Declaración de rentas, en su cómputo total de ingresos, puede superar el 75% de SMI. En pagos únicos, y el SEPE debe saber que las ganancias patrimoniales son pagos únicos, el organismo debe investigar en que fechas se han producido para ver si es causa de suspensión y cuando, no debe dividir entre 12 meses e imputar cada parte a un mes. Por lo tanto no importa el total en la declaración de renta sino en cada mes.Pero eso sí, el organismo se reserva el derecho a cambiar de criterio y considerarlo rentas periódicas si ve que se repiten con asiduidad. Esto último no tiene un criterio claro y no hay base jurídica así que el SEPE sólo lo hará en casos flagrantes para evitar que se lo tumben en los tribunales.
Tras la reforma del 1 de noviembre la sanción de extinción ha quedado relegada a personas sancionadas por falta muy grave tres veces en un año. La sanción para quien incumple una vez sería de 3 meses El SEPE no tiene porqué ponerse en contacto con el INSS va a decidir con lo que usted declare o le presente.Un organismo se pone en contacto con otro si necesita un informe del segundo, pero no para preguntar si hay un error en algo que le presenten o le declaren
Efectivamente puede superar rentas el solicitante, que si no las supera la familia sigue cobrando. Es más incluso la familia puede superar algunos meses, siempre que no supere el mes anterior a la solicitud (de alta reanudación o prórroga), pero ese es otro mundo del que aún no hay muchos casos.
Efectivamente.La instrucción de rentas y mi explicación se refiere a subsidios que hayan nacido antes del 01/11/2024Di por supuesto que si hablábamos de unas rentas este mes es porque el subsidio venía de antes.En los subsidios que hayan nacido después del 01/11/2024 no hace falta que haya otro miembro de la familia con ingresos inferiores a 850,50 y tampoco es imprescindible que el solicitante tenga ingresos inferiores a esta cantidad si los ingresos de la familia, en su conjunto, están por debajo de 850,50 por persona.Además hay cambios en los importes del subsidio, las duraciones y las compatibilidades.Las instrucciones para los subsidios nuevos no han sido colgadas en la web, aunque no cambia nada en la forma de contabilizar las rentas.
Si yo me encuentro en una situación así, a la hora de hacer la declaración de renta, declaro lo que efectivamente debí haber cobrado, es una declaración nos hacemos responsables de lo que pone en ese documento y no hay porque confirmar los datos fiscales si son erroneos.En caso de que hacienda revise la declaración y pida documentación lo hará cuando ya esté todo devuelto al IMV y haya nuevos datos fiscales.De lo contrario, a lo largo del año debería hacer una declaración de renta complementaria para arreglarlo, cuando el INSS le reclame lo cobrado de más.Y esa declaración de renta mal hecha le puede suponer problemas con otros organismos como el SEPE, aunque si lo percibido por el IMV más otros ingresos, no supera 850,50 euros al mes tampoco existirá este problema.Si no se lo llegan a reclamar, algo improbable, con el SEPE no tendrá problemas al no superar los 850,50 euros mensuales, con hacienda deberá ajustar tema de impuestos y probablemente pagar más y al año siguiente tendría una reducción del IMV al haber tenido más ingresos en la declaración de renta (y ahí deberían darse cuenta de lo que ha pasado si no se dan cuenta antes).Los 5500 euros de mínimo personal nos salen a todos, cobremos el IMV o tengamos 1.000.000 de euros de ingreso, es la cantidad que para hacienda no paga impuestos en cualquier caso.
Si ese dinero lo va a tener que devolver ya no es un atraso sino una cantidad pagada incorrectamente que no se imputa a ningún mes.Si supera rentas el mes anterior al reconocimiento del subsidio, ese subsidio estaría mal reconocido, se lo revocarían y obligarían a devolver todo lo cobrado.Pero es algo improbable tratándose del IMV, puesto que la cantidad cobrada es de toda la familia, no sólo de un titular y por lo tanto debe dividirse entre el número de miembros de la familia. Sí una sola persona cobra 850,50 euros del IMV es que el INSS ha metido la pata de forma muy gorda.