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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sólo influyen los ingresos del mes anterior a la solicitud y, a partir de ahí los de todos los meses.Pero eso sí, tener en cuenta que hay un rendimiento presunto por el total del dinero obtenido en la venta.
franjgr20/07/25 16:02
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Estoy de baja cobrando prestaciones. Subsidio +52 o incapacidad? - Incapacidad Permanente Total
Hay dos cambios significativos con la nueva Ley. Los 6 años cotizados a desempleo deben ser en España (esto no afecta a mucha gente) y el Complemento de Apoyo a Empleo, esto sí que es importante aunque solo es perjudicial si se consigue un trabajo de pocas horas.El subsidio se extingue por trabajar 12 meses incluso aunque no hubiera situación legal de desempleo para cobrar el paro
franjgr20/07/25 11:45
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Estoy de baja cobrando prestaciones. Subsidio +52 o incapacidad? - Incapacidad Permanente Total
Si está cobrando el paro, el subsidio para mayores de 52 años que cobro en el pasado, está extinguido.Con el alta médica podrá pedir el subsidio, pero será uno nuevo y con la Ley que haya en ese momento. A día de hoy los requisitos siguen siendo cumplir las condiciones para la jubilación salvo la edad, tener 6 años cotizados a desempleo y una causa de acceso que sería el alta médica tras agotar el paro, así que podría acceder sin problema.
franjgr18/07/25 12:31
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ni recargos ni intereses de demora. No es una sanción ni le han dado aún un plazo para reintegrarlo que pudiera haber incumplido.Solo se me ocurre que sea un error administrativo.Va a tener que reclamar también que le quiten esos 55 céntimos.
franjgr17/07/25 23:09
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Reclamar se puede reclamar contra todo y si se considera que se ha vulnerado algún derecho es recomendable hacerlo. Cuando se acaba la vía administrativa, recurrir al juzgado ya es algo que hay que pensarse mucho más.Como dije anteriormente, no hay en la legislación ni en las instrucciones del SEPE nada que justifique tratar una herencia de nuda propiedad de forma diferente a una herencia en la que se herede el dominio efectivo. Pero no había nada que justificara el no considerar rentas el heredar un inmueble hasta que la gente reclamó.La extinción como sanción ha sido arrinconada tras el RDL 2/2024 son muy pocas las situaciones en las que se puede invocar. Actualmente la sanción por no comunicar en plazo las causas de suspensión es de 3 meses la primera vez y para que esto se invoque debe haberse producido una reanudación o declaración de rentas entre la causa de suspensión y la detección (también conseguido por reclamaciones de ciudadanos).
franjgr17/07/25 16:27
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No está de más.Que se trate como cualquier otra herencia no quiere decir que haya, necesariamente, que suspender un mes.Si se trata de un un subsidio reconocido antes del 01 de noviembre la última instrucción del SEPE al respecto dice que ese incremento patrimonial que se deriva de bienes inmuebles adquiridos por herencia no supone una renta ni en el momento de la herencia ni en el momento de la venta. Y esta instrucción se deriva de sentencias judiciales, la última del supremo.En subsidios reconocidos después del 01 de noviembre, las instrucciones del SEPE vuelven a decir que se tienen en cuenta como rentas los inmuebles adquiridos por herencia, supongo que hasta que vuelva a haber sentencias judiciales porque no he visto el cambio legislativo que justifique esta vuelta a atrás.
franjgr17/07/25 15:02
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE pretende que todos sus trabajadores hagan el trabajo de expertos abogados, incluso los que solo necesitaron el graduado escolar y un examen informático para acceder a su plaza.A eso hay que añadir que les da unas instrucciones parciales, que no entran en los casos complicados.Es una mezcla explosiva.Hoy tuve conocimiento de una mujer a la que una oficina de Prestaciones se negó a prorrogarle el subsidio porque había un error y que se lo tenía que arreglar la oficina que lo cometió. No existía tal error solo desconocimiento de la primera oficina, del nuevo programa informatico que tiene el SEPE.En las instrucciones de rentas del SEPE, creo que no se menciona en ningún momento las nudas propiedades como si no existieran y puede que quien le atienda no sepa ni lo que es.
franjgr14/07/25 16:54
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El nombre del producto no aclara nada, todo depende del tipo de activos en el que estuviera invertido el dinero.Lo normal es que sea equivalente a fondos de inversión si le pagan el beneficio al recuperar todo el dinero. Si hay pagos periódicos sin reducción del capital invertido entonces seguramente será explotación de un bien y sería ganancial a efectos del SEPE.La prueba definitiva es si esos beneficios son ganancias patrimoniales o rendimientos de capital mobiliario pero esa información puede ser que no la tenga hasta hacer la declaración de renta del año que viene.
franjgr13/07/25 14:48
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Un fondo de inversión es una propiedad, no la explotación de un bien. Es como tener un coche, no hay rendimiento hasta que se vende.Y lo obtenido por su venta, así como el rendimiento presunto que imputa el SEPE y que es ficticio, son del propietario y no gananciales.Hacienda tiene otra normativa diferente, a veces coincide y a veces no.
franjgr13/07/25 08:35
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En el subsidio de mayores de 52 sólo influyen las rentas propias, así que que si no tiene participación en ese fondo no hay que imputar ninguna renta.