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Participaciones del usuario franjgr - Fiscalidad

franjgr 01/10/25 17:15
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
A efectos del SEPE solamente los ingresos por la explotación de un bien son gananciales, por lo tanto la enajenación (venta) de cualquier patrimonio no es ganancial, es 100% del propietario de ese patrimonio.Según el RD 625/1985 los pagos únicos (cualquier venta lo es, puesto que no se repite en el tiempo) se dividen entre 12 y el cociente se imputa al momento en que se perciba y a ningún otro. Por lo tanto, una vez pasado un mes se podría realizar otra venta de acciones sin que se vea afectado por la anterior.Sin embargo, las instrucciones de rentas del SEPE facultan al organismo a considerar estos pagos únicos como rentas periódicas si se repiten demasiado en el tiempo (aunque sin dar un criterio de que significa "repetirse en el tiempo"), por lo que es recomendable no hacer demasiadas ventas de acciones durante el año.Por último recordar que el SEPE no puede sancionar a nadie por no comunicar ingresos que no supongan la suspensión o extinción del subsidio.
franjgr 29/09/25 12:28
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Ojo con las herencias que el mero he hecho de heredar ya es una renta, porque supone un incremento patrimonial, el interés presunto empieza a tenerse en cuenta al mes siguiente.Si solo se heredan propiedades inmobiliarias y el subsidio es anterior al 01/11/2024 sin problema, pero si hay capital liquido por medio o el subsidio es posterior a esa fecha, puede ser causa de suspensión la herencia.
franjgr 10/09/25 14:54
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
Los cálculos mensuales, nunca anuales.Divide la plusvalía de las acciones que ha vendido ese mes entre 12 y a ese cociente le suma el resto de rentas mensuales.
franjgr 10/09/25 12:29
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
La venta de las acciones sería como ha dicho.Pero las rentas hay que mirarlas mensuales, si tiene 6000 euros mensuales es causa de suspensión del subsidio un mes.
franjgr 13/08/25 23:02
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Efectivamente
franjgr 13/08/25 14:47
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Ni TAE ni TIN.Con el bruto
franjgr 13/08/25 12:38
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
El interés mensual del depósito Tendrá que calcularlo
franjgr 19/06/25 17:30
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
Los pagos únicos, como las ventas, se dividen entre 12 y el cociente se imputa al momento de la venta y sólo a ese mes
franjgr 04/05/25 23:02
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
No.Lo que usted entiende por beneficio sólo es una parte de la "vida" de esa propiedad.La herencia es una ganancia patrimonial y por lo tanto un beneficio, así de declara en el impuesto de sucesiones. Pero para el subsidio no es una renta si ese subsidio nació antes del 01/11/2024.Tener una propiedad que no sea la vivienda habitual y que no está alquilada, supone, tanto a efectos fiscales como del subsidio, una renta presunta, a efectos de la declaración de renta del 1,1% o del 2% según si el valor catastral está revisado o no y a efectos del subsidio del 3,25%. Esto si quiere puede entenderlo como una penalización del estado a la existencia de propiedades vacías, no es un beneficio real, pero existe.
franjgr 04/05/25 08:23
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Si cobraba el subsidio desde antes de noviembre de 2024, heredar propiedades inmobiliarias no se considera una renta.Solo debe preocuparle el rendimiento presunto. 3,25% anual del valor catastral (de la parte de que es propietaria).