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Reconocimiento Subsidio +52 años, demoras SEPE.
Y si tienen que pedir informe al INSS ya no es el retraso del SEPE sino el del INSS que es mucho mayor.Imposible precisarDe todas formas estamos hablando de 14 días, eso es lo que tarda en llegar la resolución más o menos.¿Ha comprobado el estado en la sede electrónica? Pudiera estar aprobado y que no haya llegado la resolución
franjgr21/05/25 15:18
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Sexo mal registrado en la Seguridad Social - Pensiones
Según el artículo 14 de la constitución los españoles somos iguales ante la Ley sin que se pueda discriminar por el sexo... Así que incidencia ninguna.Salvo que para la jubilación se hubiera usado un tiempo cotizado en el que influyera el sexo (mili, partos...), pero imagino que el tema hubiera rechinando en ese momento y se hubiera aclarado en aquel momento.Simplemente notificarlo para que lo cambien, pero no tendrá incidencia.
franjgr20/05/25 23:13
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Subsidio mayor de 52 años mas Renta Valenciana de Inclusión
No conozco la Renta Valenciana de Inclusión, pero si es como dice se trataría de la única comunidad autónoma que no pone su ayuda social como subsidiaria de todas las ayudas estatales, es decir que no obliga a los solicitantes a pedir todas las ayudas estatales a que tengan derecho para mantener la ayuda social.Y dicho de otra manera, en cualquier otra comunidad autónoma no sólo es compatible sino que le obligarían a pedir el subsidio para mayores de 52 años y luego adaptarían la cantidad de la ayuda social a la existencia del subsidio.
franjgr20/05/25 13:46
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Prestación - Prestación por desempleo
Después de la Prestación por desempleo sólo tienen derecho a subsidio los mayores de 45 años, personas con cargas familiares o los que hayan cobrado más de 360 días de Prestación por desempleo.Si no es el caso, debe acudir directamente al IMV que se tramita en el INSS.
franjgr15/05/25 22:38
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Subsidio mayores 52 años
Por internet se puede encontrar de todo y no todo será correcto.A efectos del SEPE sólo son gananciales los bienes derivados de la explotación de un bien. Si se vende no se explota porque te deshaces de él.
franjgr15/05/25 17:08
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE es un organismo desconcentrado, no hay un sólo grupo de personas resolviendo los expedientes de toda España, por lo tanto es imposible establecer un tiempo "habitual" para resolver una Prestación, depende de cada provincia e incluso de cada oficina. Puede tener resuelto el subsidio al instante o puede tardar dos meses.Para cobrar el subsidio hay que ser mayor de 45 años, tener personas a cargo o agotar una Prestación Contributiva de más de 360 días. Para reconocer el subsidio sin personas a cargo, no se pueden tener ingresos propios superiores a 888 euros al mes y para cobrarlo con personas a cargo, los ingresos de la familia no pueden superar los 888 euros al mes por persona.Si no cumple estas condiciones es cuando se lo denegarían.
franjgr15/05/25 15:21
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Subsidio mayores 52 años
No hace falta.Si la vivienda es privativa el dinero obtenido en su sustitución, por la venta, también lo es.
franjgr15/05/25 12:51
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Subsidio mayores 52 años
El subsidio se cobra hasta la edad ordinaria de jubilación. Entonces la pregunta sería ¿Ha. Cambiado la edad ordinaria de jubilación?Y ahí surge el problema, porque muy probablemente el INSS le este diciendo al SEPE que su edad ordinaria de jubilación es febrero de 2026 y no puede haber prórroga si el único organismo competente para decir cual es la edad de jubilación no considera que haya cambiado.Por lo que cuenta, jubilarse en febrero de 2026 está en su mano y no creo que el INSS vaya a cambiar su edad de jubilación ordinaria porque usted no haga un trámite, por costoso que sea el trámite.Consulte con el INSS si ellos aceptan cambiar su edad ordinaria de jubilación, el SEPE hará la modificación de oficio, en caso contrario debe entenderse con el INSS como conseguir la pensión en febrero del 26 o quedarse sin ingresos y sin cotización hasta la fecha en la que pueda jubilarse sin usar las cotizaciones afectadas por la deuda.
franjgr13/05/25 23:10
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Cambio de subsidio para mayores de 52 años a jubilación
Si le han reclamado el dinero con carta de pago ha hecho lo correcto. De no hacerlo empezaría a generar intereses.Lo que no entiendo es que nadie se haya puesto en contacto con usted para explicarle que había que hacer la reclamación ante el INSS y que pudiera hacerla antes de tener que devolver el dinero al SEPE.A ver si no tiene ningún problema y el INSS se lo arregla puesto que se trata de un error de la administración y no suyo.
franjgr13/05/25 22:52
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Duda Subsidio Cotizaciones Insuficientes
Como digo siempre, el SEPE no es un organismo centralizado, la respuesta depende de la provincia e incluso de la oficina que le corresponde. Por lo tanto es imposible dar una respuesta.En cualquier caso, desde febrero es demasiado tiempo, porque a los tres meses puede entender denegada la solicitud por silencio administrativo. Debería pedir cita e ir a su oficina o llamar al 060 para saber si hay alguna cuestión que esté retrasando la tramitación.