Dos años cotizados (a la jubilación) en los últimos 15 años. La Ley no establece ninguna limitación, ni aclaración , ni complicación que de pie a interpretaciones.
franjgr27/05/25 14:32
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Subsidio mayores de 52 años
La RAI no influye en nada, ni es causa de acceso al subsidio para mayores de 52 años ni impide cobrarlo.Tendrá derecho siempre y cuando, además de los 15 años cotizados en total, tenga dos años cotizados en los últimos 15, seis años cotizados a desempleo y no tenga rentas superiores al 75% del SMI ni las haya tenido durante más de un año seguido desde que agotó la Prestación Contributiva hasta ahora.
franjgr26/05/25 23:10
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Cita orientación y dudas derivadas - Subsidio
La formación es obligatoria, igual que la búsqueda activa de empleo y ahora también el compromiso de actividad.Pero para ser obligatoria debe estar relacionada con la profesión habitual y sobretodo debe ser notificada con los cauces legales.Todo este proceso lo hace la comunidad autónoma que es quien tiene las competencias, por eso esa persona tiene muy poco conocimiento cuando le habla de pasar la información al SEPE. Si la comunidad autónoma observa una situación que puede dar lugar a sanción debe notificárselo al SEPE (dando plazo de alegaciones a la persona) porque quien paga es el SEPE y por lo tanto la comunidad autónoma no puede sancionar económicamente.Y en este último proceso se pierden otras muchas situaciones que podrían dar lugar a sanción, porque a la comunidad autónoma, que no paga, le da igual el gasto que haga el SEPE por lo que no pone mucho empeño en pasarle comunicación de sanción. Un desastre que ningún gobierno quiere cortar no vaya a ser que le acusen de meterse en competencias autonómicas.Eso sí, ojito con el compromiso de actividad basta con que la comunidad autónoma diga que no ha firmado el compromiso de actividad para que la prestación sea suspendida.
franjgr26/05/25 15:10
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Uno puede pedir la jubilación cuando cumpla los requisitos, pero la jubilación ordinaria y obligatoria es la que está establecida en la Ley.Incluso esa jubilación no ordinaria puede no tener descuentos.
franjgr26/05/25 12:34
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La edad ordinaria de jubilación no se puede retrasar un mes de ninguna manera. Está establecida en la Ley General de la seguridad Social, 67 años como norma y 65 si se tienen más de 38 años y medio cotizados (con un periodo transitorio para elevarla a los 67 que termina en 2027).
franjgr23/05/25 16:48
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Acceso jubilación cobrando subsidio mayores 52 años
Imagínese que paradoja si alguien que está cobrando un subsidio para el que es imprescindible cumplir los requisitos para la jubilación luego no puede jubilarse ¿le reclamarían todo el subsidio?.No, la legislación no permite que se de tal paradoja.
franjgr23/05/25 12:24
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Reconocimiento Subsidio +52 años, demoras SEPE.
Y si tienen que pedir informe al INSS ya no es el retraso del SEPE sino el del INSS que es mucho mayor.Imposible precisarDe todas formas estamos hablando de 14 días, eso es lo que tarda en llegar la resolución más o menos.¿Ha comprobado el estado en la sede electrónica? Pudiera estar aprobado y que no haya llegado la resolución
franjgr21/05/25 15:18
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Sexo mal registrado en la Seguridad Social - Pensiones
Según el artículo 14 de la constitución los españoles somos iguales ante la Ley sin que se pueda discriminar por el sexo... Así que incidencia ninguna.Salvo que para la jubilación se hubiera usado un tiempo cotizado en el que influyera el sexo (mili, partos...), pero imagino que el tema hubiera rechinando en ese momento y se hubiera aclarado en aquel momento.Simplemente notificarlo para que lo cambien, pero no tendrá incidencia.
franjgr20/05/25 23:13
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Subsidio mayor de 52 años mas Renta Valenciana de Inclusión
No conozco la Renta Valenciana de Inclusión, pero si es como dice se trataría de la única comunidad autónoma que no pone su ayuda social como subsidiaria de todas las ayudas estatales, es decir que no obliga a los solicitantes a pedir todas las ayudas estatales a que tengan derecho para mantener la ayuda social.Y dicho de otra manera, en cualquier otra comunidad autónoma no sólo es compatible sino que le obligarían a pedir el subsidio para mayores de 52 años y luego adaptarían la cantidad de la ayuda social a la existencia del subsidio.
franjgr20/05/25 13:46
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Prestación - Prestación por desempleo
Después de la Prestación por desempleo sólo tienen derecho a subsidio los mayores de 45 años, personas con cargas familiares o los que hayan cobrado más de 360 días de Prestación por desempleo.Si no es el caso, debe acudir directamente al IMV que se tramita en el INSS.