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Participaciones del usuario franjgr - Subsidios

franjgr 20/03/26 17:33
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ese dinero es una devolución de hacienda a su padre, no sería una renta para usted si su padre no hubiera fallecido.Como su padre ha fallecido lo cobra usted como heredera, por lo tanto pasa a ser parte de su herencia.Si la herencia fue motivo de suspensión del subsidio, que esa herencia tenga 3000 euros más no importa, no le van a hacer una segunda suspensión. Si en el momento de cobrar la herencia no cobraba subsidio, este dinero se corresponde a aquel momento y por lo tanto tampoco influye sobre un subsidio que no estaba cobrando en ese momento. En estos dos casos, sólo influye la renta presunta de esos 3000 euros que sumada a otras rentas pudiera hacerle superar rentas, la probabilidad de que se de esta situación es muy pequeña.Si cobraba el subsidio en el momento de recibir la herencia y el importe de esa herencia no era suficiente para superar rentas, debe sumar estos 3000 euros a la misma y volver a hacer el cálculo de dividir entre 12 y ver si supera el límite de rentas que hubiera en aquel momento, que no hay superación pues tampoco hay que hacer nada, que la hay pues habría que suspender el subsidio un mes. También en este caso habrá el interés presunto de esos 3000 euros que seguro que no influye en nada.
franjgr 19/03/26 22:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si son ingresos puntuales, no rentas periódicas y el subsidio es anterior al 01/11/2024, efectivamente es así.Una vez pasado un mes (contado de fecha a fecha) desde el primer pago único, ya no influye en nada y no se suma con el que venga posterior.
franjgr 18/03/26 13:02
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No existe sanción o tratamiento diferente por no comunicar un ingreso que no supere rentas.Si posteriormente supera, con otro ingreso (porque el primero ya no se tiene en cuenta una vez pasado un mes), ya lo comunicara en ese momento.
franjgr 16/03/26 15:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si, es así. Salvo que haya más rentas que le hagan superar el límite.Si solo hay lo heredado no será un problema.
franjgr 16/03/26 12:41
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio se suspende sin fecha de reanudación.Es la reanudación la que marcará el tiempo que esté suspendido el subsidio. Se puede reanudar cuando no se superen rentas en el mes anterior a la solicitud de reanudación.Por lo tanto, si no hay nada que lo impida, al mes de la superación de rentas se puede reanudar, pero si se siguen superando el subsidio seguirá suspendido hasta que se acredite que ya no se superan rentas (máximo 12 meses)
franjgr 14/03/26 15:58
Ha respondido al tema Renovar prestación vs. Letras/acciones: ¿cómo declarar? (URGENTE)
Lo siento, no hay opciones, se declara el importe total del patrimonio en el momento de hacer la declaración, que puede ser en un alta, prorroga, reanudación o declaración anual de rentas y no hay nada que se pueda restar de ese patrimonio salvo la vivienda habitual y el capital en planes de pensiones.¿Y Por que? Pues porque así lo dice la Ley General de la Seguridad Social artículo 275 y el Real Decreto 625/1985, artículo 7.Luego de la transposición de estas leyes a la vida laboral surgen dudas que ya he aclarado en el mensaje previo.
franjgr 14/03/26 10:56
Ha respondido al tema Renovar prestación vs. Letras/acciones: ¿cómo declarar? (URGENTE)
Se declara como patrimonio todo el patrimonio, excepto la vivienda habitual y los planes de pensiones, que no tenga un rendimiento efectivo.No hay que buscar 3 pies, tiene una segunda residencia que no esta alquilada, se declara como patrimonio, tiene 20.000 euros que están debajo del colchón, en una cuenta corriente, en fondos, acciones que no dan dividendos... se declara como patrimonio.Si no hay peligro de superar rentas no hay que complicarse más la vida, no le van a sancionar por declarar 300 euros de ingresos y tener 301. Sólo le pueden sancionar si supera el límite de rentas y no lo ha declarado.Hay ciertos productos que sí que pueden generar confusión sobre si producen rendimiento explicito o no, pero vuelvo a decir que si no va a superar rentas, equivocarse al declararlos un poco más o un poco menos no va atener incidencia ninguna. En ese sentido, las letras del tesoro son un ejemplo, las instrucciones del SEPE dicen que cuando se cobre el rendimiento se trate como un pago único, sin embargo no dicen cual es el tratamiento el resto de meses ya que si el rendimiento se trata como pago único parece lógico que el resto de meses se impute un rendimiento presunto lo que, a mi entender, es abusivo cuando sabes desde el primer momento el rendimiento que te van a dar. Este es un tema en el que no puedo dar una respuesta consistente.Sobre las acciones, si tienen dividendos, ya tienen un rendimiento explicito que se declara como rendimiento de capital mobiliario, no hay que ponerlas como patrimonio improductivo, si no tienen dividendos entonces si que hay que ponerlas como patrimonio improductivo.Pero la premisa fundamental es, si no va a superar rentas no se preocupe, declare con valores aproximados, no hace falta ajustar al céntimo para nada.
franjgr 12/03/26 22:39
Ha respondido al tema Subsidio de mayores de 52 años, cobro de renta vitalicia/ renta asegurada
Todo patrimonio, excepto la vivienda habitual, que no tenga una renta explicita (es decir que no produzca un beneficio), tendrá una renta presunta (ficticia, pero contabilizada a efectos del SEPE), del 3,25% anual.Esta renta presunta se suma al resto de rentas.
franjgr 12/03/26 16:39
Ha respondido al tema Subsidio de mayores de 52 años, cobro de renta vitalicia/ renta asegurada
Si no existen otras rentas no hay problema, pero ojo a las rentas presuntas del patrimonio, que no se suelen tener en cuenta y luego puede haber sustos.
franjgr 12/03/26 16:34
Ha respondido al tema Subsidio de mayores de 52 años, cobro de renta vitalicia/ renta asegurada
A efectos del SEPE sólo están exentas las rentas pagadas por un seguro por responsabilidad civil. Por lo tanto un seguro de vida no está exento.Se deben sumar todas las rentas del mes, en otro mensaje menciona que cobra 1200 de herencia, más los 10000 del seguro de vida son 11200 que divididos entre 12 son 933,33 euros y por lo tanto hay que suspender el subsidio en el momento de percibir el dinero.