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Participaciones del usuario franjgr - Subsidios

franjgr 09/07/25 16:07
Ha respondido al tema Ayuda - SEPE
Estas es la información que da el SEPE en su página web sobre la renta agraria.https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/renta-agraria.htmlLo que usted tiene cotizado no puedo saberlo (el término "días reales" no figura en ninguna Ley que yo conozca) y lo que le han dicho en la oficina del SEPE tampoco puedo saberlo, pero supongo que será verdad puesto que tienen más información que yo.
franjgr 09/07/25 12:27
Ha respondido al tema Ayuda - SEPE
Si no reside en Extremadura o Andalucía y la cotización era por dias como parece deducirse de su mensaje, efectivamente debe tener 90 días cotizados para acceder a un subsidio.Si la cotización era por jornadas debe multiplicar cada jornada por 1,337 para saber los días cotizados.Si reside en Extremadura o Andalucía, además de esto, existe la renta agraria, que no tengo controlada para poder informarle.
franjgr 06/07/25 09:03
Ha respondido al tema Rebajar las cotizaciones a la Seguridad Social con carácter retroactivo a los preceptures del subsidio de mayores de 52
El problema es que hay que poner una cotización, si se pone el 100% se quejarán los que trabajan a tiempo parcial, si se pone el 80% se quejarán los que trabajen el 50%. Es imposible establecer algo que satisfaga a todo el mundo.En mi humilde opinión, tras las subidas del SMI a valores más razonables, va perdiendo el sentido cotizar el 125% que se puso para unas condiciones de SMi paupérrimo.Es curioso que este subsidio llega existiendo muchos años y ha sobrevivido a gobiernos de todos los colores (con algunos cambios) y solo ahora a algunos les preocupa que no sea sostenible 🤷
franjgr 02/07/25 15:03
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La normativa de hacienda no es la de seguridad social.Para hacienda el incremento patrimonial ya se declara en el impuesto de sucesiones, no hay nada más que hacer.La Ley de seguridad social habla de rentas periódicas y pagos únicos no se asimila a la Ley tributaria y es el SEPE mediante instrucciones y criterios quien intenta encajar la realidad en estos dos términos, hasta que una sentencia judicial haga cambiar el criterio En el caso de las herencia se asimilan a pagos únicos sin que se haya establecido, por el SEPE, ninguna diferencia si en esa herencia se establece un usufructo en favor de otra persona o no.¿Que a alguien le dijeron en una oficina otra cosa? Suerte que tiene. Luego como en el momento del fallecimiento del usufructuario no se hereda  lo que se había heredado previamente, puede que se libre de suspensión.Lo que dice de cuando solo se hereda dinero tiene lógica, pero no conozco ningún criterio del SEPE que confirme esa forma de proceder.
franjgr 01/07/25 18:27
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cuidado, que el nudo propietario tiene un incremento patrimonial que puede suponer la suspensión del subsidio durante un mes, no está exento a efectos del SEPE.Una cosa es el rendimiento presunto, de eso está exento mientras sea otra persona quien tiene el usufructo. Y otra cosa es el incremento patrimonial del que no se está exento igual que no se está exento del impuesto de sucesiones.Si este incremento patrimonial supera los 888x12=10656€, habría que suspender el subsidio. En caso de que el el subsidio se anterior al 01/11/2024 no se considera incremento patrimonial el que proceda de propiedades inmobiliarias.Al mes del incremento patrimonial, como no habría rentas presuntas se podría reanudar el subsidio sin problema.
franjgr 30/06/25 23:11
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE sólo sabe lo que aparece en la declaración de renta.¿Puede pedir los datos a la agencia tributaria? Sí, puede, pero para eso tendrá que tener una sospecha, no puede pedir a discrección de todos los perceptores de subsidio.
franjgr 30/06/25 17:29
Ha respondido al tema Subsidio + 52 años e "incapacidad real" - Incapacidad Permanente Total
Son compatibles, pero no se pueden cobrar ambas ayudas por las mismas cotizaciones.Es decir, si se cobra una incapacidad permanente, luego se cotizan otros 15 años y se pide el subsidio, se podrán cobrar ambas ayudas.Si se cobra el subsidio y se quiere acceder a la incapacidad permanente le obligan a escoger porque las ayudas se derivarían de las mismas cotizaciones. Si se cobra la incapacidad permanente y se pide el subsidio sin cotizar otros 15 años, no se cumplirán los requisitos para la jubilación porque para ellos se deberían usar cotizaciones que se usaron para la incapacidad permanente.
franjgr 30/06/25 17:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Debe liquidar el impuesto de sucesiones, el resto no es obligatorio hacerlo ahora.Y mientras no se adjudique la herencia no pueden considerar que el capital hereditario es suyo.Existe la improbable situación de que consideren que se ha puesto voluntariamente e n situación de necesidad.Pero entre que el SEPE no puede saber que hay una herencia sin repartir y la dificultad de demostrar que hay fraude de Ley, es improbable que pase nada.
franjgr 30/06/25 17:03
Ha respondido al tema Plazos para presentacion subsidio mayores 52 años tras trabajo temporal
No se tienen en cuenta las rentas de trabajo, de un trabajo finalizado.Pidalo sin miedo
franjgr 29/06/25 22:57
Ha respondido al tema Un futuro gobierno podría rebajar las cotizaciones al subsidio de mayores de 52 años?
Por favor, no es necesario que cree múltiples mensajes con el mismo tema