Si no es causa de suspensión no es obligatorio comunicarlo. Debería preguntar el propio SEPE al hacer la DAR si ha habido algún cambio en ese alquiler.En cualquier caso aunque quede sin modificar no van a iniciar ninguna acción
No es obligatorio comunicar nada que no sea causa de suspensión o extinción.Por lo tanto no hay nada que comunicar, ni en este momento ni cuando haga la DAR.La indemnización por despido por su importe legal está exenta.