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Participaciones del usuario Bacalo - Subsidios

Bacalo 02/04/19 14:32
Ha respondido al tema Denegacion del subsidio para parados mayores de 52 años.
te copio una sentencia del Tribunal Supremo en el que habla de esta circunstancia de lo que llaman la "teoría del paréntesis", y cómo analizan el estimar desde el fin de la prestación el cálculo de los 2 años. http://www.poderjudicial.es/search/openCDocument/e5e0cf323aea82eb599e4e9439214f91774554baa4a23c50 resulta de aplicación la doctrina flexibilizadora de dicho requisito que obliga a aplicar la doctrina del paréntesis, a efectos de acreditar el requisito de carencia específica de dos años cotizados dentro de los 15 años anteriores a la fecha en la que cesó la obligación de cotizar, para retrotraer suexigencia al momento de su última ocupación cotizada en octubre de 1989. En este caso, dado que había varios periodos sin renovar el desempleo, le niegan la pensión, pero hay alguna otra sentencia que ahora mismo no encuentro donde ante un pequeño periodo sin renovar la inscripción, le reconocen el derecho.  
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Bacalo 02/04/19 10:58
Ha respondido al tema Denegacion del subsidio para parados mayores de 52 años.
lo de los 2 años en los últimos 15 es uno de los requisitos para acceder a la pensión contributiva, y el cumplir los requisitos de acceso a la pensión contributiva es necesario para el subsidio de mayores de 52 años. Si la persona ha estado permanentemente apuntada al desempleo desde que cesó la obligación de cotizar (fin de la prestación por desempleo), se retrotrae a ese momento de finalización de la obligación de cotizar el cálculo de los 2 años entre los 15 últimos, por tanto parece que cumpliría el requisito. http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28472#6157 Trabajadores en situación de alta o asimilada: Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010. Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho -------> o a la fecha en que cesó la oblización de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.
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Bacalo 01/04/19 09:37
Ha respondido al tema Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
me parece que la noticia es un poco tendenciosa, estando en época electoral. Paralizarán los expendientes que no estén claros por alguna de las causas citadas en el artículo, u otras casuísticas, pero las que estén claras, tendrán que ir desatascándolas. Otra cosa es que, según quien gobierne después de las elecciones, se carguen el decreto de inmediato.
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Bacalo 18/03/19 21:58
Ha respondido al tema Amortización junio 2018 DSU La Caixa - Subsidio
fiscalmente, la venta de de deuda subordinada es un rendimiento del capital mobiliario, https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2017/_Ayuda_Modelo_100/7__Cumplimentacion_IRPF__I_/7_3__Rendimientos_de_capital_mobiliario/7_3_3__Rendimientos_del_capital_mobiliario_a_integrar/7_3_3_5__Rendimientos_derivados_de_la_transmision_otros_activos_financieros/7_3_3_5__Rendimientos_derivados_de_la_transmision_otros_activos_financieros.html   y tendrás un rendimiento del capital mobiliario por la diferencia entre el precio de venta (amortización) y al que lo compraste, y me da que seguramente no has ganado nada, si compraste la deuda al 100% del nominal y te la han amortizado al mismo precio. Por tanto, probablemente el rendimiento va a ser 0 (será únicamente el cupón anual que hayas recibido) y no tiene ningún impacto en el subsidio.
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Bacalo 18/03/19 14:40
Ha respondido al tema Duda nuevo subsidio mayores de 52 ( si lo aprueban)
por lo explicado en el  hilo, si desde agosto ha seguido renovando la demanda de empleo sin dejar pasar más de 3 meses en caso de no haberla renovado a tiempo, y no tiene otras rentas superiores al 75% del SMI, sí.
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Bacalo 16/03/19 22:32
Ha respondido al tema Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años
La hoja informativa que citas, habla de haber cobrado el subsidio extraordinario de desempleo, pero indica que debe haberse cobrado antes otra modalidad de subsidio,con lo cual volvemos al punto de partida: en un momento dado, tiene que ocurrir que perdiste un empleo por cuenta ajena involuntariamente, porque si no , no hay situación legal de desempleo y con ello, ni subsidio ni prestación por desempleo. Yo entiendo que en tu caso, ni una excedencia voluntaria ni cesar en una actividad como autónomo son situación legal de desempleo A la RAI la diferencia es que se puede acceder estando desempleado pero sin tener que venir de un despido o fin de contrato, como ha sido tu caso. al final la cuestión es que lo solicites en cualquier caso, como se suele decir, el no ya lo tienes...
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Bacalo 16/03/19 22:19
Ha respondido al tema Duda nuevo subsidio mayores de 52 ( si lo aprueban)
con los 3 meses trabajados puede pedir el subsidio, pero reunir las condiciones de la pensión contributiva como he señalado antes, es requisito para que te aprueben el subsidio. Si hubiera estado los 20 años apuntada al paro, cumpliría las condiciones ya que se tomaría la fecha en que se le acabó el desempleo para calcular los 2 años entre los 15 anteriores. Pero al haber estado tanto tiempo  no inscrita, lo tiene complicado. A mucha gente seguro que le pasa lo mismo, no preveían que estar apuntado al paro podía tener un día una utilidad para acceder a una prestación pública...
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Bacalo 16/03/19 18:47
Ha respondido al tema Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años
Primero, la "situación legal de desempleo" se  produce cuando pierdes involuntariamente el trabajo por cuenta ajena. No me queda claro si fue así en tu caso o te marchaste con una excedencia voluntaria, con lo cual entiendo que no cumplirías este requisito. Segundo, si perdiste el trabajo asalariado involuntariamente, entonces tienes que ver si no has estado más de 3 meses sin renovar la demanda de empleo en algún momento, ya sea entre tu pérdida de trabajo y tu inicio de actividad como autónomo, o entre el cese de esta actividad y el momento actual. Si en algún momento has demorado más de 3 meses la reactivación de la demanda desde que tenías que haberla renovado, teóricamente no tendrías derecho.  
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Bacalo 16/03/19 14:42
Ha respondido al tema Subsidio 52 y venta plaza garaje
Se toma la ganancia. Para un ingreso extraordinario como es una venta, se calcula 1/12 de dicha ganancia, y se ve si dicha cantidad sumada a las rentas regulares del mes supera el umbral mensual del 75% del SMI; en tal caso, se perdería 1 mes de subsidio (siempre que lo comuniques, claro, como no lo comuniques y te pases del umbral, te quitan definitivamente el subsidio; por ello, yo lo haría en cualquier caso, aunque veas que no sobrepasas el umbral). Efectivamente se toma un rendimiento al tipo legal del dinero para aquellas inversiones que no te abonen unos intereses reales: por ejemplo, si tienes 10.000 en fondos, el rendimiento a efectos del límite del subsidio sería 3% x 10.000 = 300/año = 25/mes.
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Bacalo 16/03/19 10:11
Ha respondido al tema Duda nuevo subsidio mayores de 52 ( si lo aprueban)
uno de los requisitos para acceder al subsidio es: Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Esto implica haber cotizado mínimo 15 años (tu madre lo cumple) y que 2 estén entre los 15 últimos (tu madre no lo cumple), por tanto creo que no le queda más remedio que intentar cotizar esos 2 años para poder acceder a una pensión contributiva. O se busca un trabajo con verdad, o intenta que alguna familia amiga  le de de alta como empleada del hogar y vaya ella pagándoles la cotización y los gastos de gestoría para ir liquidando los impuestos con Seguridad Social/Hacienda. O como autónoma, lo que pasa que si no factura, se puede entender como fraude de ley. Si no, lo máximo a lo que puede aspirar es a una no contributiva
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