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Participaciones del usuario W. Petersen - Seguros

W. Petersen 27/08/24 18:46
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
Y te diré más, es bastante manitas .... con la mitad compra los palos, la reja nueva y le sobra.... no te olvides que somos catalanes, lo del puño cerrado, es un tópico, pero también en ocasiones una realidad. 
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W. Petersen 27/08/24 16:58
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
El vecino ha quitado el árbol, es mas de forma rápida, ya que raramente la gente asegura árboles en un jardín, creo que ni los admiten, pero si cubren sus efectos frente a terceros, ya que ello entra en la responsabilidad civil.El tema es que la valla que son unos 3 cm. de obra y 1.70 metros de vallado metálico, al ser divisoria la mitad de tal valla es nuestra y la otra es suya. Si no reclamamos al seguro, a nuestro seguro, el se come el 100% del coste, entonces recomendado por su mediador (ni idea si es lo correcto)  si se hace a través de aseguradoras, al menos el 50% del coste lo asumirían ellas, aunque me temo que pretenden escaparse incluso del 50% 
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W. Petersen 27/08/24 11:16
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
Ya la tenemos liada ..... te pongo la condición 13 al final ....Ahora la RAE:litigioso, sa Del lat. litigiōsus.1. adj. Que está en pleito.Sin.: | litigante, querellante, pleiteante.2. adj. Que está en duda y se disputa.Sin.: | dudoso, cuestionable, contencioso.3. adj. Propenso a mover pleitos y litigios. NO ESTAMOS EN LITIGIO ALGUNO, por tanto entiendo que no pueden excluir !!!! me tocará el SAC (supongo) y a peder dinero como en muchas ocasiones, solo de redactar aqui, el tiempo empleado será mas caro !!!!!:-) Porque además el Código Civil indica. *** marcado en negrita lo que interesa (a mi entender) *** CÓDIGO CIVIL -  CAPÍTULO IV. - DE LA INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS  Artículo 1281. - Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes se estará al sentido literal de sus cláusulas. Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas. Artículo 1282. - Para juzgar de la intención de los contratantes, deberá atenderse principalmente a los actos de éstos, coetáneos y posteriores al contrato. Artículo 1283. - Cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato, no deberán entenderse comprendidos en él cosas distintas y casos diferentes de aquellos sobre que los interesados se propusieron contratar. Artículo 1284. - Si alguna cláusula de los contratos admitiere diversos sentidos, deberá entenderse en el más adecuado para que produzca efecto. Artículo 1285. - Las cláusulas de los contratos deberán interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas. Artículo 1286. – Las palabras que puedan tener distintas acepciones serán entendidas en aquella que sea más conforme a la naturaleza y objeto del contrato.  Artículo 1287. - El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.  Artículo 1288.La interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad.   ---- Texto de las condiciones generales de la póliza -------Cobertura de Defensa Jurídica 13.2. EXCLUSIONES Además de las exclusiones genéricas del apartado sexto del artículo 1.o, y salvo pacto en contrario, no se comprenderán en esta cobertura: a) El pago de las sanciones y multas, los recursos contra éstas y cualquier gasto que se origine debido a su imposición por las autoridades competentes. b) La defensa o el pago de los gastos ocasionados por gestiones, trámites, expedientes o procedimientos, de cualquier clase y naturaleza, de los que a continuación se enumeran: • Los de cuantía litigiosa inferior a 300 Euros. • Los derivados de actividades bancarias y de suministros deagua, gas, electricidad y teléfono. • Los derivados de contratos de transporte, con excepción de mudanzas incluidas en el apartado anterior. • Reclamaciones de los empleados del Asegurado, excepto los del servicio doméstico, y las de terceros por actos u omisiones de aquéllos en el desempeño de sus funciones laborales. • Reclamaciones cuya causa sea la actividad profesional del Asegurado o recaigan sobre bienes afectos o vinculados a dicha actividad.  • El ejercicio por el conductor o el propietario del vehículo de las acciones penal o civil a consecuencia de hechos derivados del uso y circulación de vehículos a motor. • Reclamaciones que traigan su causa del contrato de compraventa de un bien inmueble, así como las reclamaciones por vicios constructivos. • Las reclamaciones que el Asegurado pretenda dirigir contra la Compañía, cualquiera que sea su causa o contra cualquiera de las empresas que directa o indirectamente, estén vinculadas con ella por formar parte de la misma unidad de decisión y, en general, empresas que lleven el nombre de MAPFRE. • Las acciones contra promotores, constructores, arquitectos y cualesquiera otros técnicos, en razón de su intervención, directa o indirecta, en la construcción de un bien inmueble. • Los que deriven o traigan su causa de hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia de la garantía de defensa jurídica. • Las reclamaciones derivadas de contratos de arrendamiento. c) Los gastos derivados de reclamaciones injustificadas por carecer de medio de prueba suficiente que la haga viable, así como las manifiestamente desproporcionadas con la valoración de los daños y perjuicios sufridos. No obstante, la Compañía asumirá el pago de dichos gastos si el Asegurado obtiene una resolución firme favorable a sus pretensiones o una indemnización en cuantía  similar a su pretensión inicial. Para ello la Compañía se obliga a comunicar al asegurado dicha circunstancia y a realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias al objeto de no causarle indefensión. 
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W. Petersen 24/08/24 11:10
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
Si .... me han enviado un perito y esra,ha,sido la respuesta.... no cubren la reclamación a tercero por ser inferior a 305 euros. Hablaré con el vecino a ver que quiere hacer .. como es manitas, este puede que compré 3 palos, la reja y las losetas y lo deje listo una mañana de sábado 
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W. Petersen 23/08/24 13:47
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
El problema es que la valla es compartida.No, lo dice Mapfre es que para hacer su trabajo de reclamación tienen que ser mínimo 305 euros de coste a solicitar al causante... como no llega, pues no hay cobertura de reclamación a tercero.Estoy fuera y la póliza en casa, cuando llegue el lunes me leeré el jodido artículo de limitación de importe, que probablemente indique esto de los 305 euros mínimos.El vecino reparará sin mucho problema....vamos creo ..  no creo que finalmente me quede sin valla reparada, porque mi perro es pequeño y no puede saltar ni lo roto, pero el suyo si salta .. cin lo cual solo por eso reparará !!!!!!! Ahora por su lado tiene "un montaje de madera provisional " que muy artístico pues no.
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W. Petersen 22/08/24 22:11
Ha respondido al tema Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
Pues eso ... lo que no esperaba!!! El perito valora los daños en menos de 305 euros .... veo difícil poner 6 metros de reja metálica, los 4 palos también metálicos... y 3 losetas de coronación....  yo diría que imposible a este precio. Peeeeeero al margen de convenios entre aseguradoras, si la valla es de separación la RC del vecino solo debe cubrir el 50% de coste ....entonces por 600 euros y seguramente valorando un 50, 60 o 70% porque deben considerar el valor de no ser nuevo.Bien .... pues que me joda porque el articulo 13.2 de la póliza que no puedo comprobar (hasta el lunes)  porque estoy de vacaciones en este momento, al parecer, dice eso....que me joda porque por menos de 300 euros ni se ponen a reclamar nada ...... cooooño suerte que tengo la póliza platino que se supone es lo mas de lo mas, si llego a contratar la plaza o bronce !!!!!!!
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W. Petersen 11/08/24 09:02
Ha respondido al tema Cobertura "okupacion" en seguro de hogar
Pregunté precisamente porque nos ocuparon una vivienda, una que teníamos para reformar. Había dos inquilinos, uno se fue y el segundo ya terminaba contrato. El tipo de alquiler que tenía esta finca, no era "de nuestro estilo", piso en mal estado y alquiler muy bajo. Lo siento, este no es mi negocio, las cosas se alquilan en condiciones.Tardamos casi un año en sacar a la okupa y se fue a pocos días del juicio, porque de precisar lanzamiento, otros 3 meses mínimo y eso que no era un juzgado de los especialmente lentos, tiene el retraso normal de la mayoría.
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