Lo que si he visto y debe ser normal, que algunos bancos impugnen tales gastos, a ver si consiguen que sean menores, esto lo vi en un swap de un amigo mío, per hace ya 3 po 4 años, y recientemente de otro amigo en un tema de deuda subordinada, que el banco intento no pagar el informe del périto, y por ello impugnó las costas. En ambos casos no lo consiguieron, sin embargo si impugnan estas cosas, será porque ven alguna posibilidad de que el el juez las estime menores a las que se reclaman. Y además una impugnación, supone "alargar" el asunto, porque los juzgado no resuelven de hoy para mañana.
Creo que las versiones de demostración tienen un límite para evitar que alguien utilice eso en lugar de comprar la licencia, porque ellos viven de esto, de vender programas. si no tuviera límites ¿quién iba a pagar por el programa?
tienes firmado con tu cliente un contrato que determine intereses ordinarios e intereses de demora ???? Si careces de tal contrato, olvídate, no los podrás reclamar, solo se sumaran a la deuda los intereses al legal de dinero desde la fecha de la presentación de la demanda hasta su pago final.
Esta es un gestión que hay hacer tras el fallecimiento y aceptación de herencia, mediante una escritura por la cual se cambian a los accionistas (si es S.A.) o partícipes (si es S.L.) por los que aceptaron .. se nombra nuevo administrador o administradores, si estos son los que han fallecido, ... porque una empresa es un un bien heredable como otro cualquiera.
A ver la sociedad que era propiedad de los padres, ahora las acciones o participaciones sociales serán de alguien, de quien indique la herencia, y de no indicar nada en concreto del o de los herederos universales ..... con lo cual y al margen de consideraciones fiscales, el propietario mayoritario de la empresa decide .... o si son varios, entre todos.
Puedes ecplicar mejor el tema ???? son dos fincas que utilizan a título particular los dos socios aun cuando son propiedad de la sociedad y ésta paga la financiación de las mismas ????
https://www.mundojuridico.info/desistimiento-del-contrato-de-local-de-negocio/ Habrá que atender a lo que indica el contrato en cuantpo a preaviso, si nada indica, para viviendas es 30 días antes ... yo lo haría con 3 meses ..... pero la pregunta es que vencimiento tiene el contrato ???????