No.Digo que presumo que son de los casos que no entran en el proceso automático del que hablan en los artículos de las haciendas vascas y que por tanto se procesaràn manualmente; o sea, que les lleva más tiempo
No sé si is dejarán para el final ó no, pero en casos que ví de otros funcionarios, con resoluciones estimatorias de 2023 y primeros meses de 2024 y otros que solicitaron rectificación de autoliquidaciones de ejercicios anteriores a través del formulario, a ninguno de ellos en los datos fiscales del ejercicio 2023 les figuraba la deducción en el complemento de pensión de su mutua correspondiente.Difícil no debe ser ya que aquellos casos de contribuyentes jubilados funcionarios a quienes estimaron sus solicitudes de rectificación, en su día entre la documentación que presentaron se encontraba concretamente el informe de la mutualidad de que figuraban en sus bases de datos desde el año X, y el informe de servicios prestados a la AAP correspondiente. A priori parece más sencillos, pues solo tienen que cruzar datos entre administraciones.Por otro lado, tampoco he visto un solo caso de contribuyentes jubilados mutualistas mo funcionarios a quienes en sus datos fiscales figure la deducción correspondiente al complemento de pensión que reciben de la Entidad de previsión social voluntaria (algunos de ellos con resolución estimatoria en 2023 de los ejercicios anteriores no prescritos, y si les figura en sus datos fiscales el ajuste en la parte de la pensión pública.Deducción: los contribuyentes jubilados mutualistas funcionarios y no funcionarios tendrán que aplicar ellos, manualmente, la deducción correspondiente al complemento de pensión que reciben de su mutualidad.
No.Primero la rectifican y la presentan; ahí ya puedes comprobar el importe a devolver sin tener en cuenta los intereses de demora que pudieran corresponder.A partir de la fecha de presentación de las recticadas, podría deducirse que siguen los mismos pasos de siempre: comunicación de las liquidaciones provisionales que figuran en el acuerdo de resolución rectificación de autoliquidación para a que tú en un plazo máximo de 1 mes si no estás conforme presentes recurso de reposición. Si transcurrido este plazo no se presenta recurso proceden a realizar las devoluciones.
Que no sea de tu interés no significa que no sea interesante para otros.Como no debe leer bien, si los ha leído (no solo el títular), tratan expresamente el tema que da nombre al foro. Su " educación" no se corresponde con el nick que ha elegido
Interesante que den algún detalle de cómo es el proceso, que puede ser extensible al resto de delegaciones provinciales de toda España:"Hay que tener en cuenta que, por cada ejercicio, se precisa de un proceso automático de entre 10 y 12 días." "Existen también personas contribuyentes excluidas por circunstancias especiales que no van a entrar en el proceso automático. En este caso, Hacienda realizará actuaciones manuales específicas según los casos para proceder a las devoluciones de forma no automática. No obstante, también en estos casos se realizará la devolución dentro de este año 2024, cumpliendo el compromiso adquirido por esta Diputación Foral de Bizkaia." Deduzco que aquí se incluye entre otros casos a quienes teneis rectificaciones previas en vuestrascdeclaraciones de la Renta
Sugerencia: haz llegar a tu hermano, directamente o indirectamente, todos los inconveniente y riesgos que conlleva la aceptación de dinero en B y que te han expuesto en este foro