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Prestacion de la Ley de Dependencia
lo que diga Google no va a misa: las prestaciones económicas de dependencia por cuidados en el entorno familiar son una ayuda, las cuantías NO las hsn modificado, no son pensiones ...
mivisa30/01/26 23:18
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Gananciales, Herencia y Reinversión vivienda habitual
Vamos por partes, porque aquí intervienen Derecho civil (régimen económico matrimonial) y IRPF (exención por reinversión en vivienda habitual), y es clave no mezclarlos.1️⃣ Naturaleza del inmueble recibido por donaciónAunque estés casada en régimen de gananciales, el inmueble:Es privativo tuyo, porque:La nuda propiedad (2020) y el usufructo (2022) proceden de donaciones.El artículo 1346 del Código Civil establece que son bienes privativos los adquiridos por donación o herencia, aunque el matrimonio esté en gananciales.La consolidación del dominio no cambia la naturaleza privativa.👉 Conclusión: La vivienda es 100 % privativa, no ganancial.2️⃣ Venta de la vivienda habitual en 2026La vivienda ha sido tu vivienda habitual durante más de 3 años.Existe una ganancia patrimonial en IRPF:Valor adquisición (consolidación): 200.000 €Valor transmisión: 400.000 €Ganancia: 200.000 €Esta ganancia estaría sujeta a IRPF, salvo que se aplique la exención por reinversión en vivienda habitual.📘 Art. 38 de la Ley del IRPF.3️⃣ Reinvención en nueva vivienda habitual🔑 Punto clave: quién es el titular de la nueva viviendaLa Agencia Tributaria exige que:El importe obtenido en la ventaSe reinviertaEn otra vivienda habitual del contribuyenteEn la misma proporción de titularidad4️⃣ ¿Es necesario cambiar el régimen matrimonial?❌ NO es necesario cambiar a separación de bienes, si se cumplen estas condiciones:✔ La nueva vivienda se adquiere SOLO a tu nombre✔ Se paga con el dinero procedente de tu bien privativo✔ Se hace constar en la escritura:Que el dinero es privativoQue la vivienda se adquiere con carácter privativo (art. 1356 CC)En ese caso:La nueva vivienda será 100 % privativaLa reinversión será totalLa ganancia de 200.000 € quedará totalmente exentaNo tributas ese 25 % aprox. en la base del ahorro⚠️ Cuándo SÍ habría problemaSi compras la nueva vivienda:En ganancialesO a nombre de ambos cónyuges👉 Hacienda solo admitiría la reinversión en la parte que te corresponda (normalmente el 50 %)Resultado:Solo se eximiría el 50 % de la gananciaEl otro 50 % tributaría en IRPF5️⃣ Resumen claroSituación¿Exención total?Vivienda heredada/donada | ✔ PrivativaVenta vivienda habitual | ✔ Posible exenciónCompra nueva vivienda solo a tu nombre | ✔ Exención totalCompra en gananciales | ❌ Exención parcialCambio a separación de bienes | ❌ No necesario6️⃣ Recomendación prácticaAntes de firmar la compra:Indicar expresamente en la escritura:Origen privativo del dineroAdquisición con carácter privativoConservar justificantes de la venta y reinversiónRespetar el plazo de reinversión (máx. 2 años)según la AI de chatgpt hacienda
mivisa28/01/26 14:45
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Bienes privativos
No es posible realizar la liquidación de bienes gananciales sin una previa disolución de la sociedad, ya que la liquidación es la consecuencia directa de su disolución. Para repartir bienes específicos, la sociedad de gananciales debe extinguirse o modificarse previamente (ej. cambiando a separación de bienes).
mivisa27/01/26 09:12
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Mutualistas: devolución del IRPF
si seleccionas el icono de foto, luego seleccionas la acción de Archivos; es la teoría, no sé si después permite subir el archivo seleccionado.Otra opción: haces captur de pantalla del archivo, y como ya es formato foto, lo seleccionas y lo subes (esta opción funciona)
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Mutualistas: devolución del IRPF
una opción podría ser que como cuando solicitasteis la devolución tuvisteis que presentar la autoliquidación del impuesto de sucesiones de cada uno de vosotros, hijos y cónyuge, se ciñan a lo que ahí se indicaba. Por ejemplo, a los hijos le corresponde la nuda propiedad de los derechos de crédito a favor de vuestro padre ante hacienda y a vuestra madre el usufructo de los mismos; como estos derechos no generan rendimientos, no hay usufructo y se lo comunican con liquidaciones de importe "0".Pero bueno, es una hipótesis que se me acaba de ocurrir
mivisa26/01/26 16:41
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Modificación renta 2024
con resoluciones estimatorias a favor del contribuyente no cabe sanción a aplicar, en términos generales
mivisa26/01/26 10:23
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Modificación renta 2024
mivisa25/01/26 23:36
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Modificación renta 2024
Pulsa modificar declaración presentada y accede a la página 3 de la declaración, en la que debes seleccionar declaración complementaria