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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Preocupar:Causar intranquilidad, temor, angustia o inquietud en alguien. Léase con el máximo respeto, que es mi intención.Si no te "preocupase" no te habrías lanzado a reenviar expediente por expediente aunque en hacienda te hayan reiterado que estaba todo en orden y que era cuestión de tiempo.Relax, que todo llega
mivisa04/11/25 16:19
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Duda devolución jubilados mutualidades
Los importes de las devoluciones NO TRIBUTAN.Los intereses de demora que haya recibido SI TRIBUTAN (ganancias patrimoniales, que en condiciones normales figurarán en su borrador de la declaració de la renta del ejercicio 2025 que se presentará en 2026
mivisa02/11/25 22:23
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Declaración Renta 2024
prueba en el apartado Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT
mivisa29/10/25 16:24
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Mutualistas: devolución del IRPF
la Administración no puede aplicar recargo por extemporaneidad, porque: No hubo obligación inicial de declarar.No hay perjuicio para la Hacienda Pública.El procedimiento encaja en rectificación de autoliquidaciones o solicitud de devolución de ingresos indebidos (art. 221 LGT), no en presentación fuera de plazo
mivisa29/10/25 12:39
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Mutualistas: devolución del IRPF
las condiciones de tu tía no tienen influencia para este tema pues quien realizó aportaciones a mutualidades laborales y/o de previsión social voluntaria fue su esposo.Los herederos o representante son los que tienen que realizar los trámites.No podremos darte respuestac si no indicas si enviaron el formulario en 2024. Si lo enviaron, en el justificante que se obtiene tras enviarlo ya se indica si se tiene derecho a devolución por aplicación del ajuste por mutualidades dt2.
mivisa28/10/25 13:33
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Prestacion de la Ley de Dependencia
En la resolución del PIA figura la cuantía y si le corresponde atrasos; si le corresponden, el cómputo se inicia desde la fecha de resolución del PIA; la norma general es así, lo que después haga cada comunidad ni idea
mivisa21/10/25 09:57
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
es lo que dije o quise decir
mivisa21/10/25 09:24
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
si que se cumple la aplicación de la más favorable partiendo de la base de que al haber presentado un miembro de la unidad familiar la modalida de declaración individua los demás sí la presentan también tienen que hacerlo en modalidad individual y si no la presentó porque no estaba obligado y le salía a ingresar, con el ajuste dt2 si la prsenta le puede salir a pagar menos o a devolver y solo se aplica so lrcssle a devolver
mivisa20/10/25 17:56
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si uno cualquiera de los miembros de la unidad familiar presenta declaración individual, los restantes miembros deberán utilizar este mismo régimen de tributación.Una vez presentada la declaración de forma individual o conjunta, solo puedes cambiar la opción si presentas nuevas declaraciones dentro del plazo de presentación. Finalizado dicho plazo, no podrás cambiar la opción de tributación para ese período impositivo.La opción por presentar declaración individual o conjunta no vincula a la unidad familiar para ejercicios sucesivos. sucesivos https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/declaracion-individual-conjunta/opcion-presentar-declaracion.htmlpero habría que analizar muy al detalle lo siguiente por si fuese de aplicación en el caso de que no se hubiera presentado declaración por no estar obligado "forma excepcional -por aplicación de la cláusula rebus sic stantibus- también podrá modificarse una vez finalizado el periodo reglamentario de declaración, siempre y cuando ello se deba a una circunstancia sobrevenida, no imputable a los interesados, que modifique sustancialmente las circunstancias que llevaron al ejercicio de la opción, poniendo de manifiesto un vicio de la voluntad en el momento inicial de ejercer la opción."https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f
mivisa20/10/25 16:18
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Mutualistas: devolución del IRPF
no me molesta, y entiendo la impaciencia, pero la realidad es la que es, y por el gran número de contribuyentes afectados y el elevado importe total de devoluciones, y contando hacienda con recursos limitados (humanos...) y solapándose el tema de mutualidades con las normativas de plazos de campañas de renta y otros impuestos, más la respuesta que deben dar en tiempo y forma a la montaña de recursos, alegaciones etc, etc, pues un "poco" de comprensión en la tardanza de finiquitar este tema.Y lo dice alguien conocedora de muchos casos de todos los colores: algunos recibieron en 2023 y principios de 2024 las resoluciones estimatorias y los abonos correspondientes, algunos de ellos tuviero que solicitar una segunda rectificación porque las fórmulas de cálculo se consideraron posteriormente erróneas, otros, los más, enviaron formulario en 2024 y también en 2025, y dentro de estos unos tienen todas rectificadas y presentadascpor funcionario habilitad.o, otros tantos con una o dos rectificadas y presentadad por funcionario habilitado y en las otras como habían sido rectificadas previamente al tema de mutualidades solo figura la presentación de la original de cada ejercicio.etc, etc; y en unos pocos casos de estos últimos, los contribuyentes afectados han fallecido este 2025 entre abril y septiembre