Un fallo de esa magnitud es muy difícil que se produzca. ¿Tienes el ultimo ibi de la finca que has comprado? Debe aparecer nombre propietario registral y referencia catastral. Si coincide con tu escritura es que está bien y realmente hubo un cambio de numeración de la calle. A ver si el dueño del número 15 puede dejarte mirar su ibi para confirmar mi teoriaLa otra opción es que compraste a quienes no son sus propietarios registrales.
En cualquier caso, si alguien te lo aceptara, estará más cerca del coste de un crédito personal que del coste de una hipoteca para vivienda habitual o segunda residencia.
Los datos que das no coinciden. Han pasado 7 años de los 35 iniciales. Faltan 28 y dices que ahora faltan poco más de 18 años por pagar. O has amortizado una cantidad importante o has refinanciado la hipoteca inicial para recortar unos 10 años la vida de la hipoteca.
Cuanto antes lo regulariceis todo, mejor. Si hay inmuebles conviene hacer la declaración de herederos y la partición para tener todos liquidado el ISD por la base correcta, no solo por el metálico. Nadie te garantiza que dentro de un tiempo algún herman@ o sobrin@ reclame su legítima.
Según esos números, el valor de la construcción es del 61% del precio total. Aplícalo al valor de adquisición y tendrás la base a declarar sobre la que se aplica el 3% de amortización.
Ni de coña. Tomas un valor de mercado y le restas un valor catastral. Debes calcular sobre mismas bases. ¿Qué porcentaje del valor catastral corresponde a la edificación? Pues aplica ese mismo porcentaje al valor de adquisición y obtendrás la base sobre la que aplicar la amortización.
Con la factura indicando nombres y nif del beneficario y la empresa vendedora, sellada, FIRMADA i el sello de PAGADO o COBRADO debería bastar. Son muy exigentes con esas formalidades en la factura. El resto de papeles jamás me los han pedido en Barcelona.