Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Participaciones del usuario Bacalo - Bancos

Bacalo 24/07/17 18:28
Ha respondido al tema Traspaso usuarios popular-e a plataforma wizink
me sucede exactamente lo mismo con la dirección de correo -publicidad a la nueva y contraseña para registro a la vieja que ya ni existe-.... desconozco si el equipo de banco popular-e es el mismo de wizink, pero ya se veía que manejaban la información en 2 bases de datos distintas (el correo postal con extractos, movimientos,etc me estaba llegando a mi domicilio actual, mientras que comunicaciones comerciales seguían llegando a uno antiguo).  Y con la dirección de correo -e imagino números de teléfono- pasa lo mismo. Adicionalmente, me parece bochornoso que no tengan un chat, ni publiciten la dirección de correo de atención al cliente... Otros bancos como ING al menos reconocen los errores cuando los han tenido y piden disculpas por  escrito, pero de estos no espero nada.  
Ir a respuesta
Bacalo 24/07/17 16:15
Ha respondido al tema Traspaso usuarios popular-e a plataforma wizink
Afortunados los que al menos podéis acceder a la web. Yo,al intentar registrarme, me dice que me han enviado una clave a una cuenta de correo que ya no tengo y que debió de ser con la que me registré en popular-e hace años. Curiosamente, me envían publicidad hoy mismo a la cuenta "buena" de correo que cambié en la web del popular-e. Por teléfono no contestan, no ponen dirección de correo para escribir, no tienen chat..... Imagino que si en unos días no responden por teléfono, tendré que escribir al defensor del cliente y luego  poner una demanda en el juzgado por apropiación de mi dinero. Me parece absolutamente inaudito.
Ir a respuesta
Bacalo 05/07/17 13:08
Ha respondido al tema Traspaso usuarios popular-e a plataforma wizink
por lo que he entendido en el foro, si quieres entrar antes de la migración en wizink, tienes que pasar todo el proceso de registro como usuario nuevo, que no es meramente un tema técnico de generar claves, sino todo el tema legal: aportar DNI, justificación de ingresos,etc. De ser así, lo mejor es esperar.
Ir a respuesta
Bacalo 07/06/17 19:18
Ha respondido al tema Soy cliente del Banco Popular. ¿Que hago?
te lo digo por la experiencia de Bankia, la OCU NO tiene abogados propios para encargarse de este tema, se limitaron a agrupar gente y negociar con bufetes externos un acuerdo que no era precisamente de los más baratos para los perjudicados (y seguramente llevarse ellos una parte de lo recaudado por el bufete). Y hace años, yo estuve afectado por el cierre de un banco llamado Eurobank en el que precisamente habríamos depósitos por recomendación de sus revistas, y nos dejó tirados, hubo que organizarse entre los afectados y buscarse la vida. Si estuviese afectado como accionista o bonista del Popular, desde luego que no iría ni con OCU, Adicae, Ausbanc u otras organizaciones de consumidores que son puro negocio, ni con los macrodespachos tipo Arriaga o Rosales, por lo que he vivido personalmente y visto a mi alrededor. Recomiendo buscar un abogado con experiencia contrastada en casos bancarios similares tú solo o en compañía de otros afectados.
Ir a respuesta
Bacalo 07/06/17 19:11
Ha respondido al tema Soy cliente del Banco Popular. ¿Que hago?
el caso lo veo desgraciadamente un poco diferente, lo de Bankia fue claramente una componenda del Gobierno para no reconocer la ruina en que estaban las Cajas y así dilatar en el tiempo el reconocimiento de las pérdidas por la depreciación inmobiliaria y no tener que soltar el dinero. Y no se cortaron en presentar unas cuentas falsas para engañar en la salida a bolsa, como claramente han dictaminado los tribunales. Un asunto muy a la española. Con el Popular, quien ha dado la orden de finiquitar el Popular ha sido la Unión Europea. En la resolución publicada hoy hablan de las normativas de rescate aprobadas hace un par de años, que permiten valorar acciones y deuda subordinada de tal manera que los poseedores de la misma no reciban menos que si se liquida la empresa. Y en la resolución hablan de que se ha hecho una valoración independiente. Así que el que quiera demandar, o demuestra que la valoración del "experto independiente" es falsa (lo veo complicado, por las noticias que están saliendo sobre el peso de los  morosos en la cartera del Popular) o que los directivos y el auditor han estado falseando las cuentas.  
Ir a respuesta
Bacalo 07/06/17 19:04
Ha respondido al tema Soy cliente del Banco Popular. ¿Que hago?
efectivamente, lo que tenga un fondo invertido en acciones del Popular , CoCos, o subordinadas, ha pasado a valer 0, y así se reflejará en el valor liquidativo a cierre de hoy. Y también es cierto que existe cierta "tendencia" a invertir en casa. Pero teniendo en cuenta que la legislación española limita en fondos la inversión máxima en un valor al 10% del patrimonio del fondo, entiendo que esta sería la exposición máxima a perdidas en un fondo de renta variable -y ya me extrañaría que un fondo aunque sea de la gestora del Popular tenga esa exposición-. Lo mismo puede pasar con Seguros si el activo en que han invertido es deuda emitida por el Popular.  
Ir a respuesta
Bacalo 07/06/17 14:01
Ha respondido al tema Soy cliente del Banco Popular. ¿Que hago?
no pasa nada, los planes de pensión y fondos de inversión están fuera de balance, tienen sus propios activos (acciones que tengan en cartera, depósitos, inmuebles o lo que sea) comprados con el dinero que tú y otros partícipes hayáis ido añadiendo al plan, no están mezclados con el resto de activos del banco.
Ir a respuesta
Bacalo 07/06/17 13:43
Ha respondido al tema Soy cliente del Banco Popular. ¿Que hago?
Renta 4 Monetario tiene depósitos a corto plazo con el Popular que no llegan ni al 1% de rentabilidad. En la resolución que han publicado no hablan para nada de tocar los depósitos de institucionales ni  en la parte que no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos (más de 100.000 euros). Los que se quedan sin pasta son los que tengan subordinadas que sacaron al 7-8%. Y antes de tocar los depósitos, me parece que todavía quedarían más tipos de bonos/deuda. Así que puedes estar tranquilo. Lo único que recomendaría es a aquellas personas que tuviesen depósitos/cuentas  entre el Santander y el Popular por más de 100.000 euros, que piensen en mover la parte en que supere esta cifra a otra entidad para mayor tranquilidad, una vez se consume la absorción.  
Ir a respuesta
Bacalo 09/03/17 22:05
Ha respondido al tema Quitar a mi madre de titular de cuenta corriente conjunta conmigo.
En este tema hay una confusión, bastante lógica por otro lado: ser cotitular de una cuenta, al 50% como es tu caso, NO significa ser propietario a efectos jurídicos (fiscales, herencias) y que en caso de fallecimiento el superviviente sea necesariamente dueño del 50% y el otro 50% forme parte de la masa hereditaria del fallecido. Significa un derecho frente al banco de disponer del saldo de dicha cuenta. Hay amplia jurisprudencia, incluyendo numerosas sentencias del Tribunal Supremo, al respecto: si se demuestra que solo una de los 2 titulares es el que ha aportado el dinero, se considera a efectos de herencia e incluso fiscales que son al 100% de dicho titular. Abajo te copio el enlace a un ejemplo. Y ello puede llevar tanto al caso típico de un padre/madre que tiene a un solo hijo como cotitular de la cuenta donde va ingresando su pensión, el dinero que saca de vender unas tierras,etc; que fallezca el padre y el hijo cotitular pretenda quedarse el 50% y repartir el resto con otros hermanos. Si se demuestra que los ahorros provenían exclusivamente del padre, todo el dinero va a herencia entre los hijos. En tu caso, creo que sería suficiente que tengas el histórico de movimientos en esa cuenta y puedas demostrar que provienen de tu nómina. Dicho esto, puedes mover tu dinero como te dé la gana, a una cuenta tu solo en el mismo banco, a otro....no creo que vayas a tener problemas, siempre que tengas estos extractos de ingresos, si quieres evitarte el día de mañana el engorro de tener que justificar ante la Hacienda Autonómica, el día que fallezca tu madre, que ese dinero no hay que incluirlo en la declaración del Impuesto de Sucesiones.       --------------------------------- http://musicagoralegal.mforos.com/947509/8999822-reparto-dinero-cuenta-corriente-herencia/ "la  cotitularidad no determina, por sí sola, la existencia de un condominio, y menos por partes iguales), sino que lo que tal titularidad de disposición solidaria significa es que cualquiera de dichos titulares tendrá, frente al Banco depositario, facultades dispositivas del saldo que arroje la cuenta. La titularidad dominical sobre dichos fondosy, en su caso, la existencia de condominio sobre ellos, habrá de venir determinada únicamente por las relaciones internas entre ambos titulares y, más concretamente, por la originaria pertenencia de los fondos o numerario de que se nutre dicha cuenta, cuestión que deberá ser probada fehacientemente por quien quiera hacer valer ese derecho frente a terceros. "  
Ir a respuesta
Bacalo 01/03/17 10:56
Ha respondido al tema El banco pregunta a mi padre si esta vivo. Dudas
Todo ese problema deriva de que la normativa de la Seguridad Social hace responsable a los bancos colaboradores de la devolución de las pensiones que se abonen después de que el beneficiario haya fallecido. http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/index.htm?dDocName=095192&C1=1001&C2=2007 " la entidad financiera deberá hacerse responsable de la devolución a la Tesorería General de la Seguridad Social de las mensualidades que pudieran abonarse correspondientes al mes o meses siguientes al de la fecha de extinción, por fallecimiento, del derecho a la prestación de que se trate, sin perjuicio del derecho de la entidad financiera a repetir el importe de las prestaciones devueltas a la Tesorería General de la Seguridad Social de quienes las hubieren percibido indebidamente. Todo ello se entiende sin perjuicio asimismo del derecho de la Seguridad Social a descontar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o a exigir su reintegro directamente de quienes las hubieren percibido indebidamente en los términos establecidos con carácter general"   Así que las entidades llegan a poner métodos de control que no parecen lo más eficiente, como comentáis en este hilo. Creo que es lo mismo que con el bloqueo de cuentas con varios titulares cuando uno fallece: el banco es responsable subsidiario en caso de impago del Impuesto de Sucesiones, así que para evitar que Hacienda considere que todo el dinero en una cuenta era propiedad del fallecido, por ser este quien ingresaba su pensión, o el dinero de una venta de un piso, con independencia de que hubiera otro cotitular (un hijo, por ejemplo, algo habitual), pues directamente te bloquean la cuenta hasta que se presenta la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
Ir a respuesta