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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#1306

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Hola. No sé si viste esta noticia que colgó algún forero aquí. Es de El Economista, el periódico que está tratando este tema de forma más completa, y creo que aclara, definitivamente, la duda que teníamos sobre la MUNPAL... y se ajusta a lo que estábamos viendo. Por esto, modificaron el importe del ajuste, porque, como bien se dijo aquí, solo se le aplica el 25%, aunque sean anterior a 1967.

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12865198/06/24/los-pensionistas-de-las-mutualidades-sustitutorias-a-la-seguridad-social-tienen-una-deduccion-menor-en-el-irpf.html
#1307

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Hola, sí, lo acabo de ver, y como dices confirma lo que escribíamos por aquí, ya parece que se ha aclarado lo que ocurrió con la disminución en el ajuste que vimos mucho.
Por cierto, para ir actualizando la situación, en el caso de mis conocidos afectados por este tema ya le devolvieron lo correspondiente a la renta presentada este año, siguiendo pendiente lo de los cuatro años anteriores.
Un saludo.
#1308

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Entiendo que la presentaron con el importe del último ajuste... y que no le volvieron a modificar, ¿no?

En el caso que conozco, creo que estaba pendiente por si había alguna modificación más... aunque espero que ya no lo haya.

Muchas gracias por la información. Un saludo.
#1309

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Sí, correcto, de acuerdo con el último ajuste, que recogía el cálculo como se explica en el enlace del Economista. La verdad es que después de presentarla y que hicieran el abono en unas dos semanas no miré más los datos fiscales.
#1310

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


De acuerdo. La verdad es que este foro está siendo muy útil para compartir experiencias y los foreros están ayudando mucho en este caos que está siendo este tema.

Si ves algo en los datos de este año o de los anteriores, te agradecería que nos lo comentases.

Muchas gracias.
#1311

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Está claro que, en muchos casos, tienen un cacao impresionante... Esto, como ha dicho ya alguien aquí, es casi una suerte... No están claros ni los criterios ni nada. Solo está medio claro para algunos sectores, como el de banca y la siderurgia, que fueron el origen de este tema. Para los demás, no indican ni criterios ni nada... ni está claro si ellos lo tienen claro... pero me temo que no.
#1312

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por lo tanto, para consultarlo debes ir a las declaraciones anteriores y observa si hay algún mensaje de tramitación.
#1313

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Para vuestro conocimiento, a un familiar le tienen que devolver 6.000 euros y le han dicho que se lo harán en 2 partes.
#1314

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Uf, a mi padre 10k, unos 2.500€ por cada uno de los 4 años. De 2023 ya cobró 3k.

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#1315

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

lo que dices de "devolver en 2 partes" se produce cuando en la declaración original salía a pagar y se optó por fraccionar el pago -junio y noviembre-. 
Entonces, efectúan 2 liquidaciones diferentes al calcular los intereses de demora tomando las 2 fechas.  A mi padre le acaba de pasar con una rectificación de 2021 solicitada por otro motivo distinto al de las mutuas. De hecho, le han realizado 3 transferencias porque por un problema técnico se demoraron 5 días más en la transferencia desde la fecha que calcularon iban a pagar y le han abonado esos 5 días adicionales...
Pero si la declaración original salía a "devolver", o si el resultado era a "pagar" y se optó por el pago en una sola vez, lo suyo es que para una rectificación solo haya ahora una devolución.
#1316

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Los intereses de demora sobre la DT 2ª sólo se aplican a la parte que se ingresó en la AEAT. A la parte que sean retenciones no se aplican intereses de demora. Este otro motivo también puede hacer que se devuelva en 2 partes porque sólo una de ellas lleva intereses de demora.

No lo sé con seguridad. Aparte de lo anterior, puede ser también como dices por haber pagado en 2 plazos ya que si es a pagar cada plazo lleva unos intereses de demora distintos.

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#1317

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

yo en las rectificaciones que he hecho salía pagar en la declaración original y pagar después de la rectificación.
Pero entiendo el caso que expones; no sé cómo tratarán entonces las devoluciones si originalmente salía a pagar y ahora con la rectificación a devolver, porque puede entonces que haya hasta 3 cálculos de los intereses de demora si se pagó a plazos:
-intereses para el pago efectuado en junio.
-intereses para el pago efectuado en noviembre.
-intereses para la parte correspondiente a retenciones, si se pasan de los 6 meses para resolver.
Y no sé si encima harán las comunicaciones y devoluciones por cada ejercicio (entiendo que sí), con lo cual a la gente le espera una visita del cartero con un buen número de cartas certificadas. Mi padre tenía 3 avisos distintos en el buzón para el caso que he expuesto y estaba asustado cuando los ha recogido, porque no sabía de qué eran. Al fin y al cabo esta ineficiencia la pagamos entre todos, a ellos les da igual.
#1318

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Mi padre rectificó las declaraciones de 2019 a 2021 para incluir la discapacidad reconocida en 2023 con efectos desde 2019.
Le llegó todo por notificaciones electrónicas aunque es cierto que en 3 expedientes separados multiplicados por varios avisos de cada una. No sé si fueron 6 o 9 notificaciones.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#1319

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Es una mutualidad complementaria del régimen de Clases Pasivas.
Consultando los BOE siguientes quizás te ayuden o incrementen tus dudas y las de otros contribuyentes:


Ley de Educación Primaria:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1945-7246


REGLAMENTO DE LA MUTUALIDAD NACIONAL DE
ENSEÑANZA PRIMARIA
Boletín Oficial del Estado num 90 de 1951. Boletín Ordinario
DECRETO de 26 de enero de 1951 por el que se aprueba el. Reglamento de la Mutualidad de Enseñanza Primaria. La Ley de Educación Primaria, de diecisiete de julio ...



Orden de 21 de marzo de 1966 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.

[Disposición derogada]


Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1966, páginas 4491 a 4492 (2 págs.)

Sección:
III. Otras disposiciones

Departamento:
Ministerio de Educación Nacional

Referencia:
BOE-A-1966-6392



Orden de 9 de junio de 1967 por la que se deroga la de 30 de julio de 1966 y declara improcedente la afiliación al Mutualismo Laboral de los Maestros obligatoriamente afiliados a la Mutualidad Laboral de Enseñanza Primaria.

[Disposición derogada]


Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de julio de 1967, páginas 9700 a 9700 (1 pág.)

Sección:
III. Otras disposiciones

Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia

Referencia:
BOE-A-1967-12067



ñanza Primaria.

Publicado en:«BOE» núm. 71, de 23/03/1974.Entrada en vigor:23/03/1974Departamento:Ministerio de Educación y CienciaReferencia:BOE-A-1974-494Permalink ELI:https://www.boe.es/eli/es/o/1974/02/28/(1)/coconkn
#1320

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por cierto, he visto el expediente de servicios prestados de gentes de tu gremio en el que figuran

- Cuerpo de Maestros  Servicios previos Ley 70/78 algunos años
y después 

- Cuerpo de Maestros.