Son cosas distintas el no tener que declarar y el que, aunque tengas obligación de presentar declaración (productos obtenidos > 1.000 euros), no vas a tributar porque el mínimo personal y familiar, 5.550 euros, es superior a la base gravable.
Si haces declaración conjunta, TODOS los rendimientos que tengas se sumarán a los de tu cónyuge y pasarán por los tramos impositivos que resulten del importe resultante.