Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web
Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta, te explicamos paso a paso cómo presentar una declaración complementaria en Renta WEB. Descubre cuándo debes presentarla y cómo hacerlo correctamente para evitar sanciones.
Si después de presentar tu Declaración de la Renta 2024detectas errores u omisiones que afectan al resultado final, puedes corregirlos mediante una declaración complementaria. Este trámite es necesario cuando el error supone un ingreso menor del que correspondía o una devolución superior a la que realmente te corresponde.
En este artículo te explicamos paso a paso cómo presentar una declaración complementaria en Renta WEB, qué casos requieren este procedimiento y qué debes tener en cuenta antes de modificar tu declaración.
Declaración complementaria en Renta Web
La presentación de la declaración complementaria se debe realizar en aquellos casos en los que el contribuyente haya observado alguna errata en su Declaración de la Renta ya presentada por Renta Web, que suponga un aumento o reducción de ingresos dependientes de esta.
También deberá realizarse si el contribuyente tiene por objeto incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos en la misma. Por tanto, en la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.
¿Cuándo se debe presentar una declaración complementaria?
Debes presentar una declaración complementaria en los siguientes casos:
Si cometiste errores u omisiones en la declaración original que provocaron un ingreso inferior o una devolución superior a la que corresponde.
Si perdiste el derecho a deducciones o reducciones aplicadas previamente. En este caso, la regularización se hará en la declaración del ejercicio actual con los intereses de demora correspondientes.
Si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, como atrasos salariales, que Hacienda considera ingresos adicionales a regularizar mediante declaración complementaria.
Si omitiste perceptores que debían haber sido incluidos en una declaración conjunta o individual.
De esta manera, la nueva autoliquidación recogerá la totalidad de los datos que deban ser declarados, incorporando, junto a los correctamente reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación.
Pasos para presentar una declaración complementaria en Renta WEB
A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web.
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
Lo primero que debemos hacer es acceder al servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB) del portal de la Renta de 2024. Para poder entrar, necesitaremos identificarnos con el certificado electrónico, DNIe , Cl@ve , referencia o mediante el acceso a ciudadanos de la UE (eIDAS).
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar tu declaración, revisa su estado en el apartado "Estado de Tramitación". Ahí puede aparecer:
📌 "Su declaración se está tramitando" 📌 "Historia del Expediente" → Grabación de la declaración presentada
Si Hacienda ha detectado diferencias con sus datos fiscales, puede mostrar un mensaje sugiriendo la corrección mediante una declaración complementaria.
3. Selecciona "Modificar declaración"
Una vez que estemos aquí, entonces podemos modificar nuestra Declaración de la Renta de 2024.
En el apartado "Servicios Disponibles", haz clic en "Modificar declaración" y elige "Modificar declaración presentada".
📌 Novedad: Si Hacienda ha detectado discrepancias en tus datos fiscales, puede sugerirte directamente la opción "Complementaria a un clic".
4. Realiza las modificaciones necesarias
En la sección "Apartados de declaración", localiza los datos que necesitas corregir y actualízalos.
Importante: Si el resultado de la declaración cambia, se actualizará el importe a ingresar o a devolver.
Marca la casilla correspondiente para identificar el motivo de la modificación y, en caso de que haya un importe a ingresar, completa los datos de pago.
5. Motivo y presentación de la declaración complementaria
En la página 3 de Renta Web debemos especificar el motivo por el cual realizamos la declaración complementaria. En el supuesto de que de la declaración complementaria resulte una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria; se seleccionará la casilla 107.
Motivo de presentación en la declaración complementaria
En caso contrario, deberemos señalar la casilla "por razones distintas", y especificar la razón.
En función de la opción seleccionada, puede aparecer una ventana emergente en la que deberás marcar la casilla correspondiente al tipo de declaración complementaria y completar el importe, a ingresar o a devolver, de la anterior declaración presentada.
A continuación puede aparecer un aviso para que compruebes la opción de tributación seleccionada.
Cuando tu declaración haya sido presentada, podrás ver el mensaje "Su presentación ha sido realizada con éxito" y el código seguro de verificación asignado. Además, se mostrará un PDF que contiene una primera hoja con la información de la presentación (número de entrada de registro, Código Seguro de Verificación, número de justificante, día y hora de presentación y datos del presentador) y en las páginas posteriores, la declaración presentada.
Recuerda que deberás consignar, si procede, la cantidad ingresada en su día o la devolución acordada.
También puedes acceder desde la declaración presentada a estas casillas desde la opción "apartados", tal y como se observa en la imagen. Recuerda que una vez hayas introducido los datos, puedes comprobar el resultado de la declaración desde "Resumen de declaraciones".
El resultado de la declaración complementaria siempre es una cantidad a pagar del rendimiento omitido, ya que se están incluyendo perceptores, o rentas recibidas que generan una cuota tributaria positiva, por lo cual la cuota tributaria será mayor a la retención practicada en los atrasos.
Ciertas cuestiones importantes a tener en cuenta una vez hemos realizado la declaración complementaria:
Si accedes con referencia tendrás que contactar con su Entidad Bancaria para obtener el NRC justificante del pago.
Si accedas con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN podrás obtener el NRC justificante del pago a través de la pasarela de pago desde la opción disponible en el propio programa al presentar la declaración, o desde la opción "Pago de impuestos" de la Sede Electrónica.
Otra alternativa sería la obtención de la predeclaración para presentarla en papel donde proceda.
Formas de pago de la declaración complementaria
El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones:
Domiciliación bancaria.
Pago electrónico: Generando un NRC en la pasarela de pago de la AEAT o a través de tu banca online.
Pago en ventanilla: Generando un documento de ingreso para pagarlo en una entidad bancaria colaboradora.
Otras modalidades: Aplazamiento, compensación de deuda o pago mediante transferencia en una entidad no colaboradora.
Si tiene más dudas sobre la Declaración del IRPF puedes consultar el foro de fiscalidad.
Con esta guía paso a paso, podrás corregir tu declaración de forma sencilla y evitar sanciones o problemas fiscales. ¡Asegúrate de revisar toda la información antes de enviarla!
Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria
¿Cuándo es necesario presentar una declaración complementaria?
Si detectas errores en tu declaración que implican un mayor ingreso a Hacienda o una devolución menor de la solicitada.
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse la declaración complementaria?
Depende de la carga de trabajo de la Agencia Tributaria, pero generalmente sigue los mismos plazos de una declaración ordinaria.
¿Se puede modificar una declaración complementaria?
Si ya presentaste una complementaria y detectas otro error, puedes presentar una nueva complementaria siguiendo el mismo proceso.
¿Qué ocurre si la Agencia Tributaria detecta el error antes que yo?
Si la AEAT detecta discrepancias en tu declaración, podría requerirte presentar una declaración complementaria o iniciar un procedimiento de inspección.
Tengo que hacer una declaración complementaria debido al PLAN PIVE 2013, he intentado hacer una declaración nueva y añadir en la parte de complementaria, el problema que a pesar de este nuevo ingreso (que he incluido en la sección de ganancia y perdidas patrimoniales) el resultado de la declaración sigue siendo el mismo. no tengo que ingresar ni me tienen que devolver, el ingreso ha sido a mi conyuge y al hacer la declaración conjunta (como la hice en su momento) no me sale activado ninguna casilla de DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (120 es la que marqué).la puedo mandar así, porque segun leo la declaración complementaria solo es en el caso de una cantidad a pagar, y en mi caso no es así.
en respuesta a
miguelae
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Nuevo
#398
07/07/16 20:52
Me pasa lo mismo y siguiendo tus pasos me sigue dando el dichoso error 100R511 Alguien me puede dar otra solución Gracias
Buenas tardes, si, tienes que hacer una declaración complementaria del ejercicio 2013 con el programa PADRE 2013 y seguir las indicaciones que se marcan en el artículo: marcar la casilla 121 y añadir el importe que recibiste por el plan PIVE.
Saludos,
Nuevo
#394
29/06/16 16:00
Buenas tardes,
Ayer me llego una carta de hacienda indicando que tenia que declarar la ayuda del plan PIVE que recibí el año 2013.
Mi duda es si como ya he presentado la declaración del 2015 ¿tengo que hacer una complementaria del 2013? y si fuera el caso que tendría que hacer para presentar una complementaria del 2013.
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#393
29/06/16 11:57
Para los que se encuentren en mi caso, tengo nueva información. He recibido un mail de [email protected] (Agencia Tributaria Cataluña) en el que me indican que he de hacer una Complementaria señalando la casilla 10 y declarando por la diferencia de cuotas, pues cobrarán la presentada con domiciliación en cuenta y la Complementária con el nrc.
Muchas gracias Amparo
Como todavía estamos en plazo, mañana acaba el período de la Renta 2015, tienes que presentar otra declaración con los datos correctos; no una complementaria. Saludos,
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Amparo Sisternes
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#391
28/06/16 18:00
Buenas tardes
Después de leer muchos mensajes,no encuentro mi duda y es la de hacer un complementaria del mod. 714 PATRIMONIO.
El día 25 envié mi declaración y enseguida me dí cuenta que omití los datos de una cartera de valores.
Sé que he de señalar la casilla 10 pero no sé el procedimiento.
Cómo se realiza?
Muchas gracias
Hola Belén, deberías hacer una nueva declaración de la renta con todos los datos correctos, ya que todavía estamos en plazo de presentación de la Renta 2015. Saludos,
Nuevo
#389
14/06/16 21:46
Buenas tardes, tengo una duda. Es la primera vez que realizo la declaración de la renta y le he dado a confirmar borrador sin añadir los datos de la vivienda en la que estoy de alquiler. Me he dado cuenta bastante tiempo después, se supone que deberían devolverme pero al añadir los datos y rectificarlos, no me cambia el importe a devolver. Qué debo hacer? Una complementaria o una nueva? Me cambiarán el importe a devolver, lo tengo que solicitar o simplemente me quedo sin la devolución? Muchas gracias!
Así es, tiene validez la Declaración de la Renta con última fecha presentada. Saludos,
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Iguolada
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#386
Antonio José Carmona
10/06/16 14:09
Hola iguolada, un saludo, soy Antonio y perdona las molestias, aunque he hecho una consulta en otro apartado de rankia, me gustaría saber como sabes las retenciones y ss de las nominas no cobradas, porque mi mujer ha cobrado el fogasa pero no le viene especificado nada solo dividen salarios e indemnizaciones, todo fue por sentencia. Gracias.
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#385
10/06/16 14:09
Hola Amparo. Correcto. Entonces por estar en plazo, si hago una nueva declaración, la anterior queda borrada automaticamente, no es así. Mil gracias.
Buenos días, si te has olvidado de incluirlo en la Declaración de la Renta 2015, como todavía estamos en plazo debes presentar una nueva declaración con todos los datos correctos (no una complementaria). De este modo, tendrá validez la Declaración de la Renta presentada en última fecha.
Si que tienes que incluirlo porque modificará el importe de las pérdidas pendientes de compensar en los próximos 4 años, aunque para este ejercicio no modifique la cantidad a pagar / devolver, si que es importante para los próximos años.
Saludos,
#383
09/06/16 18:10
Me olvidé de declarar una venta de acciones, (de un total de 20) pero que no altera el resultado de la declaración que es la misma cantidad negativa por tenir minusvalias de años anteriores. Debo hacer una complementaria o espero a si se produce una notificación de Hacieda, En el simulacro de complementaria que he hecho solo me pide poner la fecha, presentandose las casillas de la última página sombreadas y sin dirección bancaria a ingressar, ello ya quedó reflejado en mi primera declaración. Es correcto.
Buenos días, como el importe de los atrasos es pequeño, puede incluirlo directamente en la Declaración de la Renta 2015, como dices, en los rendimientos del trabajo. Saludos,
#381
08/06/16 17:52
Buenas tardes Amparo!!
En el certificado de retenciones de la Seguridad Social de mi suegro, figuran unos atrasos por regularización del importe de la pensión, de los años 2013 y 2014. El importe total, descontadas las retenciones es en total para los dos años de 304€. En la declaración de la renta que tiene que presentar ahora en JUNIO, lo puedo meter directamente en la casilla 001 de la renta de este año? ¿O le tengo que presentar complementaria de los años 2013 y 2014? La renta de este año, sin meter los atrasos le sale a pagar unos 1800€. Esos atrasos los cobró en 2015.