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Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web, por atrasos y de años anteriores

Aprende cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web paso a paso. Te explicamos cuándo debes presentarla, cómo corregir errores en la renta, qué hacer si hay atrasos salariales, cómo modificar ejercicios anteriores y qué revisar en la casilla 108.
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta en 2025, aquí te explicamos cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web, cuándo presentarla y qué casillas revisar si se trata de atrasos o de ejercicios anteriores.
 
Descubre cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web
Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web


  • 📌 La declaración complementaria sirve para corregir una renta ya presentada cuando hubo errores u omisiones que hicieron pagar menos o devolver más de lo debido.
  • 💻 Puedes hacerla desde Renta Web, accediendo a la declaración presentada y modificando los datos necesarios.
  • ⏳ Si has cobrado atrasos salariales, debes revisar a qué ejercicio corresponden antes de presentar la modificación.
  • 🗂️ Si el error afecta a un ejercicio previo, tendrás que tramitarla como declaración complementaria de años anteriores.
  • 🔎 En algunos casos conviene revisar la casilla 108 de la declaración complementaria, sobre todo si hay atrasos de rendimientos del trabajo.
  • ✅ Antes de enviarla, comprueba bien el nuevo resultado de la autoliquidación y qué casilla corresponde en cada supuesto.

¿Cuándo presentar una declaración complementaria y en qué casos procede?

Debes presentar una declaración complementaria cuando la declaración original contiene errores u omisiones que provocaron un ingreso inferior al que correspondía o una devolución superior a la procedente, pero si lo que necesitas es rectificar la declaración de la renta porque el error te perjudica a ti, el trámite es distinto.. También puede ser necesaria si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, atrasos salariales u otros datos que cambian el resultado final de la autoliquidación. En estos casos, la nueva declaración incorpora tanto los datos correctos de la original como la información omitida o modificada.

¿Cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web?

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web. 
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
 Lo primero es entrar en el servicio de tramitación del borrador o declaración de Renta WEB. Para acceder, debes identificarte con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o número de referencia. 
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar nada, revisa el estado de tu declaración de la renta para comprobar que la declaración presentada figura correctamente y detectar si existe algún aviso de la Agencia Tributaria.
3. Selecciona “Modificar declaración”
Dentro de los servicios disponibles, entra en la opción para modificar una declaración ya presentada. Desde ahí podrás acceder a la declaración original y corregir los datos necesarios. 
4. Realiza las modificaciones necesarias
Corrige los apartados que correspondan e incorpora los datos omitidos. La declaración complementaria debe incluir toda la información correcta: tanto la ya declarada como la nueva que se añade o rectifica. 

5. Indica el motivo y revisa el resultado
En el apartado de declaración complementaria debes señalar el motivo de la modificación. Si el cambio afecta al importe a ingresar o a devolver, Renta Web recalculará el resultado final. 

Casilla 108 de la declaración complementaria: cuándo se utiliza

La casilla 108 de la declaración complementaria se utiliza en supuestos concretos relacionados con atrasos de rendimientos del trabajo percibidos con posterioridad a la presentación de la declaración original del ejercicio correspondiente. Es una de las referencias que conviene revisar cuando buscas cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, igual que otras casillas más utilizadas en la declaración de la renta, ya que permite identificar correctamente el motivo de la regularización dentro de Renta Web. Además, si el ajuste afecta a devoluciones acordadas por la administración o al resultado de una autoliquidación anterior, es importante comprobar qué casilla corresponde en cada caso antes de presentar la modificación.

¿Cómo hacer una declaración complementaria por atrasos?

Si has cobrado atrasos salariales después de presentar la renta, debes revisar a qué ejercicio corresponden. Cuando esos atrasos pertenecen a un año anterior, la regularización suele hacerse mediante una declaración complementaria del ejercicio al que debieron imputarse. Por eso, si estás buscando cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, lo más importante es identificar primero el ejercicio correcto, acceder a esa declaración y modificar únicamente los datos afectados, comprobando después el nuevo resultado.

¿Cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores?

Cuando el error afecta a una renta ya presentada de un ejercicio previo, el trámite debe realizarse sobre ese año concreto desde el apartado de ejercicios anteriores de Renta Web. Si necesitas saber cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores, debes acceder al ejercicio correspondiente, abrir la declaración presentada, corregir los datos omitidos o erróneos y validar de nuevo la autoliquidación antes de enviarla. Este proceso es habitual cuando aparecen atrasos, rendimientos no incluidos o cambios que afectan a una declaración ya presentada hace varios años.

Formas de pago de la declaración complementaria

 El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones: 
  • Domiciliación bancaria.
  • Pago electrónico con NRC.
  • Pago en ventanilla en entidad colaboradora.
  • Otras modalidades admitidas, como aplazamiento, compensación o transferencia, según el caso.

Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria


Debes comprobar a qué ejercicio corresponden esos atrasos y presentar la complementaria sobre esa renta, incorporando los importes omitidos y revisando la casilla que corresponda en Renta Web. 


Tienes que entrar en el apartado de ejercicios anteriores, acceder a la declaración ya presentada del año afectado y corregir los datos que faltan o que se declararon de forma incorrecta. 


La casilla 108 de la declaración complementaria se asocia a determinados supuestos de atrasos de rendimientos del trabajo y conviene revisarla cuando la modificación afecta a ingresos cobrados después de presentar la declaración original. 


Si la modificación afecta al importe devuelto o solicitado, conviene revisar si la devolución anterior ya ha sido tramitada o acordada, porque ese detalle influye en la forma de regularizar la declaración presentada. 

En definitiva, saber cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web es clave para corregir errores a tiempo y evitar problemas con Hacienda. Ya sea por atrasos, por cambios en datos ya presentados o porque necesites regularizar ejercicios anteriores, revisar bien la información y marcar correctamente la opción correspondiente te ayudará a presentar la modificación de forma más segura y sencilla.
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  1. en respuesta a Ferdybronx
    -
    Top 100
    #420
    22/06/17 13:34

    Buenas tardes, creo que la opción correspondiente es la casilla 123 porque ahora el importe a devolver es menor que en la anterior versión de la Declaración de la Renta presentada. Saludos,

  2. #419
    22/06/17 12:56

    Buenas. Voy a intentar explicarme lo mejor posible.

    Este año 2017, he presentado la Renta2016, pero aun no me han devuelto el importe.
    Hace poco la empresa me dice que realizo el certificado de retenciones mal, y ahora tengo más retribución en especie.
    He realizado una simulación de Renta2016 nueva, con la información actualiza, y el importe a devolver es menor.

    ¿Cual casilla debería de marcar? 120-121-122-123-125-126-127?

    Muchas Gracias.

  3. en respuesta a Pavidi
    -
    #418
    09/06/17 21:52

    Es igual para 2014 o 2015, picas en "Descarga de programas de ayuda" y bajas el programa padre de 2015.

  4. en respuesta a Anonymizer
    -
    #417
    09/06/17 21:19

    Buenas tardes Anonymizer.
    Estoy un poco despistado. Entiendo que lo que dice Batiscafo es para 2014 y anteriores, pero la del 2015 no se puede hacer desde renta web??. Puedes acceder y cargar nuevos datos.

  5. en respuesta a Pavidi
    -
    #416
    09/06/17 08:05

    Hola Pavidi: Perdona que no te haya contestado antes. Lee el comentario 410, Batiscafo te lo indica muy bien. Un saludo.

  6. en respuesta a Anonymizer
    -
    #415
    06/06/17 20:34

    Buenas tardes.
    ¿Me podrías indicar donde se hace la complementaria de 2015?. Por mas que miro renta web, no veo donde se hace.
    Gracias

  7. Nuevo
    #414
    28/05/17 14:44

    Hola soy nuevo en el foro. Mi nombre es Fernando. Tengo una consulta.
    Acabo de hacer la declaración por internet con el programa web este nuevo y al hacer la declaración conjunta he olvidado poner mis datos de actividades economicas.
    ¿ intento hacer una declaración complementaria en la pag 2 (iii) y salen varias posibilidades para marcar pero no las entiendo. 121, 122, 123 etc
    Alguien seria tan amable de ayudarme. Gracias y saludos

  8. Nuevo
    #413
    24/05/17 11:28

    Hola, Tengo un certificado de retenciones correspondiente al SEPE donde aparece una regularización del ejercicio 2013. En mi caso la regularización es negativa es decir en su día declare más importe.
    Tengo que hacer una complementaria o como lo declaro?
    Si tengo que hacer una complementaria que casilla tengo que rellenar?
    Gracias

  9. en respuesta a batiscafo
    -
    #412
    26/04/17 08:45

    Hola Batiscafo
    Eso fue lo que me despistó:"Programas de ayuda" Por un lado leía que habia que descargar el programa, y no veia ningun sitio donde dijera "descarga de programas".
    Muchas gracias y saludos.

  10. en respuesta a Anonymizer
    -
    #410
    25/04/17 23:56

    Creo que es sencillo encontrar los programas PADRE.

    Página principal web de la Agencia Tributaria.

    En la parte derecha de la pantalla: "Descarga programas de ayuda".

    Y ahí tienes todos los disponibles.

    Un saludo.

  11. en respuesta a Cavililla
    -
    #409
    25/04/17 23:51

    Hola Cavililla:
    Ese era el problema que tenía, había tocado todos los botones sin suerte. Ya lo he encontrado y he podido hacerlas.
    Muchas gracias y un saludo.

  12. en respuesta a Anonymizer
    -
    Nuevo
    #408
    24/04/17 09:21

    En eso si te puedo ayudar. Para 2015 y 2016 funciona la renta web para anteriores tienes que descargarte el programa Padre DE CADA AÑO y presentarlas con él.
    No es fácil encontrarlos ya que están un poco escondidos en la web pero están.

  13. en respuesta a Cavililla
    -
    #407
    23/04/17 10:56

    Estoy en el mismo caso, pero cantidades entre 400 y 500 € de los años 2011,2012,2013,2014 y 2015. He confeccionado y presentado por internet la complementaria de 2015 sin problemas, el sistema me ha recalculado los importes y me ha salido a pagar 48 €. Mi problema es que al intentar lo mismo con la de 2014, ya no puedo, no se si es que Renta Web no lo permite, o es que no me aclaro. Sigo todos los pasos, pero me remite siempre a los datos de 2016, sin posibilidad de seguir adelante y recalcular los importes como en la de 2015.
    Un saludo.

  14. Nuevo
    #406
    12/04/17 10:44

    Buenos días:
    me han pagado unos atrasos en el trabajo de cantidades muy pequeñas (75€ del 2014 y 26€ del 2015)
    He llamado varias veces a los teléfonos que facilitan en la renta para ello y siempre me dicen que debo hacer 2 complementarias, sin embargo he leído por aquí que si la cantidad es muy pequeña no es necesario y con incluirlo en la actual vale.
    Soy muy novato en esto y tengo miedo que me multen o algo si lo hago como vosotros decís, me gustaría saber en qué os basáis para decir que no hace falta hacer la complementaria si es poca cantidad ya que nose que hacer.
    Agradecería algún consejo. Gracias

  15. en respuesta a micademi
    -
    #405
    02/01/17 22:23

    Yo la hice en su dia y ya me devolvieron como digo. Ellos la han hecho ahora porque asi se lo pedian para la beca. (fuera de plazo y seguramente que les pondran una sanción, aunque no tengan que pagar nada porque su resultado es 0)
    Pero el tema es que yo no tengo que pagar diferencial. Con o sin ellos el resultado es el mismo.
    ¿La tengo que hacer pues? No me aclaro. Al final tendre que ir a preguntar a Hacienda.

    Gracias de todos modos...

  16. en respuesta a Crespeleo
    -
    #404
    02/01/17 17:41

    Vamos a ver:

    Si tu hiciste la declaración del 2.015 y te han devuelto lo que te corresponde, y tus hijos también han hecho la declaración del 2.015 , por motivo de becas, y tu te has quitado a tus dos hijos como gastos en la declaración del 2.015 , aquí hay algo que no cuadra, y entonces deberías de hacer una declaración complementaria, y pagar el diferencial.- Hasta hoy, que yo sepa, para el 2.015 funciona el sistema padre, no así para el año 2.016.-
    Ahora otra cosa diferente, es que tus hijos, por motivo de beca , no hubieran hecho la declaración en el 2.015 y para abril de este año , para hacer la declaración del 2.016 ya veremos que es lo que mas te interesa.--

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #403
    02/01/17 13:22

    Sí, pero es que la modificación es posterior a la devolución... y que ya digo que si aún los quito a mis hijos de mi declaración haciendo una complementaria; el resultado es el mismo. Aunque quizás no sé si hacienda lo entendera así, y me ponga una sanción por no quitarlos al haber hecho ellos la suya aparte.

  18. en respuesta a Crespeleo
    -
    Top 100
    #402
    02/01/17 09:38

    Buenos días, no entiendo bien la duda. Si ya tienes devuelto el importe de la Declaración del a Renta 2015 y no tienes ningún recurso abierto por Agencia Tributaria es que han dado por válida tu declaración. Si los cambios con tus hijos se han realizado en el año 2016 tienes que tenerlo en cuenta para tu próxima declaración a realizar a partir del próximo abril 2017; no tendría que realizar ninguna declaración complementaria.

    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le consultes tu duda.
    Saludos,

  19. #401
    24/12/16 11:23

    Buenas, tengo una duda. En su día hice la declaración de la renta de 2015 y a fecha de hoy de diciembre ya me devolvieron el importe y todo. Pero ahora, por circunstancias mis dos hijos que inclui en la misma han tendo que hacer su declaracion independientes por motivo de las becas.
    Mi pregunta, es que si tengo que hacer yo una complementaria y quitarlos o no. Siendo el rultado de mi declaración el mismo y a devolver la misma cantidad, con o sin ellos incluidos, ya que yo tengo pocos ingresos. Y encaso de que la tenga que hacer... ¿Que casilla tengo que marcar de complementaria? porque no lo tengo nada claro.

    Un saludo... gracias.