W. Petersen
05/06/23 17:24
Ha respondido al tema Planes de pensiones con aportaciones anteriores a 1.1.2007
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Entonces para el rescate con derecho al 40% ... no son 6 meses ni un año, son 2 años ¿Cierto? Con lo cual uno podrá "ajustar" el momento en que fiscalmente más le interese, por el efectos de los ingresos que formen la base imponible, siempre y cuando sean 2 años a contrar desde el momento en que ocurra alguna de las situaciones ¿correcto?Abusando de amabilidad, si me permites, a ver hay dos maneras de resatar planes de pensiones o ¿hay 3? una es cobrar, correr y soportar de una sola vez la factura fiscal :-) , la otra es en forma de vitalicio, que tiene sus ventajas e inconvenientes, porque supongo que saldrá mejor o peor en función de la vida de uno, pregunta es ¿existe una tercera en forma de un vitalicio temporal definido? es decir, un semi vitalicio de cobrar una pensión durante un plazo determinado y prefijado en el momento de jubilarse, por ejemplo 15 o 20 años ... es que creo recordar que cuando se iniciaron los planes de pensiones en España, oí algo de eso, pero como han habido ya bastantes cambios, desconozco si esto ya no existe.