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Participaciones del usuario Angelneu - Fiscalidad

Angelneu 05/02/23 14:12
Ha respondido al tema Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
Vamos por punto :1)  Los subsidios tributan como rendimientos del trabajo al IRPF, NO están exentos.   Otra cosa es que no esté obligado a presentar declaración del IRPF o por cuantía no le salga pagar.2)  He tenido un lapsus de cantidades :  En tu caso son 1.000 euros anuales.      Si tiene renta por alquiler superior a los 1000 euros anuales,  está OBLIGADO a presentar declaración del IRPF,  independientemente que  no supere los 22000 euros.  Y en este caso deberá incluir TODO lo que gane (incluido los pagos del SEPE)En tu caso,  estas obligado a presentar declaración
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Angelneu 05/02/23 13:31
Ha respondido al tema Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
Si hace declaración de la renta porque esté obligado a ello,  hay que incluir TODAS las rentas,  incluido los pagos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)Existe una creencia de que los pagos del SEPE están exentos de tributar al IRPF;  todo lo contrario.  Es un pagador mas y sujeto a tributación.Otra cosa es que por la cuantía y/o por las circunstancias personales no le retengan o por el resultado de la declaración  no le salga a pagar.
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Angelneu 05/02/23 08:59
Ha respondido al tema Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
En absoluto hay que hacer la declaración del IRPF si no se está obligado por solicitud de la oficina del SEPE,  ni tampoco para presentar el DAR hay que llevar la declaración del IRPF.Otra cosa es que el funcionario de turno del SEPE que le atiende se la pida,  demostrando un absoluto desconocimiento de la Ley. El SEPE tiene acceso a nuestros datos tributarios,  lo pueden consultar cuando ellos quieran. La única prestación de ámbito estatal que exige presentar la declaración del IRPF son a los perceptores  del IMV (Ingreso mínimo vital)  
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Angelneu 05/02/23 08:54
Ha respondido al tema Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
Hola,Si ha obtenido rentas por alquiler superiores a los 1600 euros anuales,  estará obligado a presentar declaración del IRPF,  independientemente que supere o no los 22000 euros anuales (el subsidio son 5.558,52 euros anuales máximo)Y el que esté obligado a presentar declaración NO es sinónimo de que el resultado de la misma sea a pagar.
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Angelneu 11/10/22 07:25
Ha respondido al tema Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
Hay algunos que dicen que si y muchos otros que no.Yo opino que NOEs mas,  si haces la DAR a través de la sede electrónica,  existe una única opción en la que declaras que durante ningún mes has obtenido rentas por encima del 75% del SMI,   y el sistema NO te permite introducir ningún dato económico.Por lógica,   solo en el caso de que en algún mes superes rentas es cuando hay que reflejar esos datos en la DAR,   y te indican que la hagas de manera presencial a través de un gestor.Saludos.
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Angelneu 10/10/22 13:33
Ha respondido al tema Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
Mientras no vendas,   a esos 20.000 euros se les aplica el 3% (50 euros mensuales)Si no tienes otras rentas,  que sumadas en su conjunto,   no superan los 750 euros,  NO te afecta.Si vendes en pérdidas,    no hay ganancia patrimonial; tampoco te afecta.
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Angelneu 01/10/22 11:08
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
Hola,En el caso de que un dependiente fallezca a mitad de mes,   ¿se cobra la prestación por dependencia por el mes entero al igual que pasa con la pensión de la SS ?Un saludo y gracias. PD:  Es de Andalucía. 
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