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Participaciones del usuario Angelneu - Economía

Angelneu 25/07/24 23:03
Ha respondido al tema Cálculo Rentas Subsidio Desempleo mayores de 52 años
¿Cuantas veces han cambiado de “criterio” y cuantas veces volverán a cambiar ?Y como bien dices, sin cambio legislativo que lo justifique.Es decir,  unas oficinas actuarán de una forma y otras a lo contrario; garantizado.Al final,  la patata al juez de turno (y no será la primera vez por las herencias)
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Angelneu 25/07/24 17:56
Ha respondido al tema Cálculo Rentas Subsidio Desempleo mayores de 52 años
En las herencias es así.Por ejemplo,  si en tu caso hubieses heredado también una cuenta corriente por importe de 15.000 euros,  hubieses tenido DOS suspensiones (salvo que coincidiera en el mismo mes la fecha de adjudicación de herencia y la venta del inmueble)1ª Imputación y suspensión ; el dinero a la fecha de adjudicación de herencia. 2ª Imputación y suspensión;  a la venta del inmueble y por el importe total de la operación.Saludos. 
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Angelneu 25/07/24 17:36
Ha respondido al tema Cálculo Rentas Subsidio Desempleo mayores de 52 años
1.  En el caso de la venta de inmuebles heredados,   COMPUTA EL IMPORTE TOTAL de la venta. (esos 90.000 euros en su totalidad)Le supondrá la suspensión del subsidio de al menos un mes.2.  Correcto. A partir del segundo mes computará  el rendimiento presunto de esos 90.000 euros. Si junto con la suma de otras rentas no supera los límites, pasado el mes de suspensión estaría en condiciones de solicitar la reanudación.3. Podría esperar a la DAR para comunicarlo al SEPE pero,  ¿para qué esperar ?  Le recomiendo lo haga en cuanto trasmita el inmueble heredado sin más dilación.
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Angelneu 25/07/24 16:35
Ha respondido al tema Cálculo Rentas Subsidio Desempleo mayores de 52 años
En las herencias donde se heredan exclusivamente inmuebles,  salvo que el rendimiento presunto de los mismos haga superar rentas,   se comunica cuando se vende.En este caso en concreto deberá comunicar al SEPE solo la venta (entendiendo que le hará superar rentas)No obstante,   llévese la escritura de la herencia por si se la solicitan, y así evitarse tener que volver otra vez a la oficina gestora. 
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Angelneu 03/07/24 12:03
Ha respondido al tema Fecha de Jubilación y SEPE
1) Lo normal es que el INSS comunique al SEPE su cambio de situación,  pero no estaría de más que lo comunicara para evitar cobros indebidos. Espérese a que le aprueben la jubilación, no antes. 2) No estaría de mas comunicarlo, pero igual que antes;  espérese a que le aprueben la jubilación.    Si no renueva la demanda en la fecha que corresponda causaría el mismo efecto. Tampoco pasa nada si no lo comunica. 3) NOUna vez jubilado olvídese del SEPE a todos los efectos (rentas, comunicaciones, etc)
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Angelneu 01/02/24 19:42
Ha respondido al tema Extinción Subsidio de desempleo - paro
Hola Benua, Yo formularía reclamación previa, ya que no pierdes nada por presentarla;  no obstante veo el tema muy negro.El alegar desconocimiento, falta de tiempo o buena fe no va a servir de nada ya que la Ley es clara al respecto;  hay que comunicar las salidas al extranjero.¿en qué situación estaba tu prestación el día antes y durante la salida ?   ¿en suspensión quizá?
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