En el subsidio por mayor de 52 años se tienen en cuenta la rentas del cónyuge cuando su naturaleza es por la explotación de bienes (alquiler, etc) y se está casado en régimen de gananciales.
Por lo que cuenta, la denegación es correcta.Pasados 12 meses superando rentas, la vía de acceso se extingue.
Necesitarás una nueva vía de acceso.PD. En mi respuesta anterior le había entendido que tenía el subsidio suspendido, que también se extingue pasados 12 meses sin que se reanude.
Mi consejo es que NO haga “click” en panfletos digitales cuyo objetivo no es informar, más bien todo lo contrario; liar y engañar al personal.Aquí lo sirve es el BOE.
Lo mejor que puedes hacer es evitar ese embargo, ¿como ?Acude a una oficina del SEPE y llega a un acuerdo con ellos para devolver la deuda a plazos.Así te evitarás el embargo y el recargo (ahorrarás dinero), ya que tarde o temprano, acabarás pagándolo.El SEPE y la Seguridad Social siempre te estarán esperando en el futuro.Saludos.
La verdad es que no vi venir en este foro de ayuda a personas con dudas en los subsidios, en el que suelo participar gustosamente, de publicaciones que parecen diseñadas por CEOE.Cuba y Venezuela tampoco lo esperaba; solo falta ETA. En fin, usaremos el “to ignore”
Siento discrepar en este asunto, no es la primera vez que se trata esto por aquí. Una cuenta corriente tiene un rendimiento mensual efectivo y perfectamente demostrable documentalmente con los contratos y las liquidaciones mensuales de la cuenta; por lo que no es aplicable el rendimiento presunto, tanto si es un 2% como si es un cero. Si es mayor de cero, al SEPE le aparece tal información en las declaraciones tributarias del IRPF sobre los rendimientos de las cuentas bancarias. Aquí se publicó un caso donde el SEPE rectificó un cálculo de rentas mal aplicado por este asunto, reclamado perfectamente por Mara Villa. Esta claro que mientras no se reclame, el SEPE lo aplica si llega a conocer el patrimonio. Demostrando el producto en donde está invertido el dinero, deben rectificar. Y con lo del caso del "millonario" pidiendo un subsidio, para empezar dudo mucho de que exista un solo caso de ese tipo en España, y verdaderamente si lo hubiera, tal persona merecería una inspección urgente, pero no fiscal o laboral, sino -con todos mis respetos- psiquiátrica.En el resto de lo que dices, completamente de acuerdo. Un caso como este, si llegara a producirse, debería ser denegado fulminantemente por los motivos que expones.