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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#34351

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Vale, este ya se va pareciendo más al que esta por terminar y aprobar para que entre en vigor el próximo 1 de noviembre.
En tu caso, menor de 45 años sin cargas familiares te concederían 6 meses y el requisito es haber cotizado un año en tu vida laboral.
El problema es que hacer desde ahora hasta el 1 de noviembre, aquí entra la información que te ha dado Emilio, Rai, Salario mínimo vital, ayudas especiales, etc. El consejo que te ha dado de acudir al asistente social me parece muy adecuado.
Un saludo 

#34352

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No cuadra con lo que hemos comentado de más de 18 meses de diciembre del año generadas. No? ... Cuantas cosas hay que tener en cuenta. 
#34353

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo estoy de baja, incapacidad temporal, y  actualmente ni en la anterior baja de 24 meses (los 18 meses)  tuve las pagas extra prorrateadas....siempre me las ha pagado mi empresa. Tenemos convenio propio y cobramos el 100% desde el primer día.... quizá sea por eso..
#34354

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Vaya, veo que lo has intentado de todas las maneras posible y nada. Lo único entonces es lo de la ayuda a menores de 45 años pero no entra en vigor has el 1 de noviembre.
Ahora mismo no se me ocurre nada más, es que veo que lo has intentado todo, con mala suerte.
#34355

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Claro, por eso digo que yo TB plantee esa duda y me comentaron que aún estaba a tiempo. Y he estado de baja 23 meses.
Y además la empresa puede retrasarme el pago hasta dentro de dos años. 

#34356

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchísimas gracias Sr José Luis ,no se agradecer su colaboración desinteresada y su tiempo,ha clavado todas mis preguntas con sus respuestas y ya me han concedido IP ,8 puntos en verde y a esperar cobrar primer mes ,atentamente agradecido José Manuel y que la vida le devuelva está generosidad con intereses,gracias y mucha suerte al grupo 
#34357

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Lo preguntaré yo tb. Telita 
#34358

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias a ti, ahora ya puedes estar un poco más tranquilo.
A cuidarse 
Un saludo 
#34359

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Emilio,
Yo porque nos las finiquitan obligatoriamente con las pagas y los días de reducción de jornada.
Yo se que por gente que conozco, comentándolo hoy en su empresa despues de los 28 meses de baja les an respetado las vacaciones que les pertenecían.
Yo no sé si va por convenios, empresas, etc..
Pero creía que todos éramos iguales y veo que no.
La verdad es que es lo que dices siempre salimos perjudicados los de siempre.
Salud y un abrazo Emilio!!
#34360

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Puede ser.
#34361

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Y hasta 27 meses, hasta q te digan algo
#34362

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Emilio!!
#34363

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues eso no debería ser así, porque tú ya tienes una IPT y ahora si que te tienen que liquidar las vacaciones  porque dentro de 2 años quizás no te revisaran, esto si q no me cuadra, peri hacen lo q quieren.
Mete papeleta para reclamar tus vacaciones que ya te digo yo que 4 años con las vacaciones no se puede estar 
#34364

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias José Luis. Eso haré.
Os mantendré informados por si sirve de ayuda.
#34365

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Cuando un trabajador se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (IT), las vacaciones no se pierden y se deben disfrutar una vez finalice la situación de baja médica. Sin embargo, existen ciertos límites y condiciones:

  1. Plazo General:

    • Las vacaciones no disfrutadas a causa de la IT deben disfrutarse dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se generaron. Esto significa que si tus vacaciones de 2022 no pudieron disfrutarse debido a una baja, tienes hasta el 30 de junio de 2024 para disfrutarlas.
  2. Convenios Colectivos:

    • Algunos convenios colectivos pueden tener disposiciones específicas que amplíen o modifiquen este plazo. Es importante revisar tu convenio colectivo para ver si hay alguna condición particular aplicable a tu situación.

Si la IT se prolonga más allá de esos plazos y no se pueden disfrutar las vacaciones, es posible que estas se pierdan. No obstante, en situaciones donde la prolongación de la IT excede los plazos legales y se niega la incapacidad permanente, puede haber espacio para reclamar, aunque es un proceso que puede resultar complicado.

Te recomiendo consultar con un asesor laboral o tu sindicato para obtener una orientación específica basada en tu situación y convenio colectivo. Cada caso puede ser diferente. Saludos!

Enlace de interés sobre este tema: https://www.campmanyabogados.com/blog/puedo-reclamar-vacaciones-18-meses-baja