Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web, por atrasos y de años anteriores
Aprende cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web paso a paso. Te explicamos cuándo debes presentarla, cómo corregir errores en la renta, qué hacer si hay atrasos salariales, cómo modificar ejercicios anteriores y qué revisar en la casilla 108.
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta en 2025, aquí te explicamos cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web, cuándo presentarla y qué casillas revisar si se trata de atrasos o de ejercicios anteriores.
Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web
📌 La declaración complementaria sirve para corregir una renta ya presentada cuando hubo errores u omisiones que hicieron pagar menos o devolver más de lo debido.
💻 Puedes hacerla desde Renta Web, accediendo a la declaración presentada y modificando los datos necesarios.
⏳ Si has cobrado atrasos salariales, debes revisar a qué ejercicio corresponden antes de presentar la modificación.
🗂️ Si el error afecta a un ejercicio previo, tendrás que tramitarla como declaración complementaria de años anteriores.
🔎 En algunos casos conviene revisar la casilla 108 de la declaración complementaria, sobre todo si hay atrasos de rendimientos del trabajo.
✅ Antes de enviarla, comprueba bien el nuevo resultado de la autoliquidación y qué casilla corresponde en cada supuesto.
¿Cuándo presentar una declaración complementaria y en qué casos procede?
Debes presentar una declaración complementaria cuando la declaración original contiene errores u omisiones que provocaron un ingreso inferior al que correspondía o una devolución superior a la procedente, pero si lo que necesitas es rectificar la declaración de la renta porque el error te perjudica a ti, el trámite es distinto.. También puede ser necesaria si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, atrasos salariales u otros datos que cambian el resultado final de la autoliquidación. En estos casos, la nueva declaración incorpora tanto los datos correctos de la original como la información omitida o modificada.
¿Cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web?
A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web.
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
Lo primero es entrar en el servicio de tramitación del borrador o declaración de Renta WEB. Para acceder, debes identificarte con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o número de referencia.
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar nada, revisa el estado de tu declaración de la renta para comprobar que la declaración presentada figura correctamente y detectar si existe algún aviso de la Agencia Tributaria.
3. Selecciona “Modificar declaración”
Dentro de los servicios disponibles, entra en la opción para modificar una declaración ya presentada. Desde ahí podrás acceder a la declaración original y corregir los datos necesarios.
4. Realiza las modificaciones necesarias
Corrige los apartados que correspondan e incorpora los datos omitidos. La declaración complementaria debe incluir toda la información correcta: tanto la ya declarada como la nueva que se añade o rectifica.
5. Indica el motivo y revisa el resultado
En el apartado de declaración complementaria debes señalar el motivo de la modificación. Si el cambio afecta al importe a ingresar o a devolver, Renta Web recalculará el resultado final.
Casilla 108 de la declaración complementaria: cuándo se utiliza
La casilla 108 de la declaración complementaria se utiliza en supuestos concretos relacionados con atrasos de rendimientos del trabajo percibidos con posterioridad a la presentación de la declaración original del ejercicio correspondiente. Es una de las referencias que conviene revisar cuando buscas cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, igual que otras casillas más utilizadas en la declaración de la renta, ya que permite identificar correctamente el motivo de la regularización dentro de Renta Web. Además, si el ajuste afecta a devoluciones acordadas por la administración o al resultado de una autoliquidación anterior, es importante comprobar qué casilla corresponde en cada caso antes de presentar la modificación.
¿Cómo hacer una declaración complementaria por atrasos?
Si has cobrado atrasos salariales después de presentar la renta, debes revisar a qué ejercicio corresponden. Cuando esos atrasos pertenecen a un año anterior, la regularización suele hacerse mediante una declaración complementaria del ejercicio al que debieron imputarse. Por eso, si estás buscando cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, lo más importante es identificar primero el ejercicio correcto, acceder a esa declaración y modificar únicamente los datos afectados, comprobando después el nuevo resultado.
¿Cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores?
Cuando el error afecta a una renta ya presentada de un ejercicio previo, el trámite debe realizarse sobre ese año concreto desde el apartado de ejercicios anteriores de Renta Web. Si necesitas saber cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores, debes acceder al ejercicio correspondiente, abrir la declaración presentada, corregir los datos omitidos o erróneos y validar de nuevo la autoliquidación antes de enviarla. Este proceso es habitual cuando aparecen atrasos, rendimientos no incluidos o cambios que afectan a una declaración ya presentada hace varios años.
Formas de pago de la declaración complementaria
El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones:
Domiciliación bancaria.
Pago electrónico con NRC.
Pago en ventanilla en entidad colaboradora.
Otras modalidades admitidas, como aplazamiento, compensación o transferencia, según el caso.
Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria
Debes comprobar a qué ejercicio corresponden esos atrasos y presentar la complementaria sobre esa renta, incorporando los importes omitidos y revisando la casilla que corresponda en Renta Web.
Tienes que entrar en el apartado de ejercicios anteriores, acceder a la declaración ya presentada del año afectado y corregir los datos que faltan o que se declararon de forma incorrecta.
La casilla 108 de la declaración complementaria se asocia a determinados supuestos de atrasos de rendimientos del trabajo y conviene revisarla cuando la modificación afecta a ingresos cobrados después de presentar la declaración original.
Si la modificación afecta al importe devuelto o solicitado, conviene revisar si la devolución anterior ya ha sido tramitada o acordada, porque ese detalle influye en la forma de regularizar la declaración presentada.
En definitiva, saber cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web es clave para corregir errores a tiempo y evitar problemas con Hacienda. Ya sea por atrasos, por cambios en datos ya presentados o porque necesites regularizar ejercicios anteriores, revisar bien la información y marcar correctamente la opción correspondiente te ayudará a presentar la modificación de forma más segura y sencilla.
Muchas gracias! espero que con la solicitud de pagos indebidos baste, y no tenga que hacer la complementaria. Publicaré el resultado de la solicitud, por si a alguien le interesa...
Deberás presentar tu el escrito por tu parte correspondiente del seguro de vida, y tu mujer por el seguro del hogar y su parte correspondiente del seguro de vida.
Un saludo.
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#158
07/05/13 23:37
Muchas gracias por tu respuesta; revisando los recibos he visto quel el seguro del hogar está a nombre de mi mujer. Estando la hipoteca a nombre de los dos, debe ella presentar la solicitud por todo el seguro? yo pensaba que el de vida, cada uno el suyo, y el de hogar la mitad cada uno. Muchas gracias!
Según lo que me indicas, esta información corresponde a atrasos pagados en el 2012 y devengados en el 2011.
Te recomiendo que primero compruebes que esto es correcto y que realmente este importe no está incluido en los datos fiscales de la Declaración de la Renta del 2012, pero si que lo has cobrado en el ejercicio 2012.
Si no está en los datos fiscales, deberás realizar complementaria del 2011 incluyendo estas rentas no declaradas en el 2011 y cobradas en el 2012.
Una complementaria del 2011, la tienes que realizar con el PADRE del 2011, realizando una copia exacta de la presentada, y se complementa el apartado de rentas del trabajo con los datos de los atrasos, se consigna que es complementaria y se indica la cantidad resultante del 2011, si fue a devolver o a ingresar , con sus importes.
Lo único que no entiendo es la cantidad negativa, por lo que dices hace referencia a un cobro de una pensión en 2012 que se devengó en 2011, siempre había visto esta notificación con Percepciones dinerarias, Retenciones y Gastos Deducibles. Acude a la Agencia Tributaria a ver que te comentan y sino al gestor solo a comentarle esta duda.
Puedes reclamar la deducción de los importes pagados por el seguro de vida y hogar vinculados a la hipoteca al igual que cualquier otra partida de deducción olvidad durante los últimos cuatro años desde que finalice el plazo de Declaración de la Renta.
Deberás ir a la Agencia Tributaria y solicitar un escrito, indicando tu nombre, DNI, domicilio y firma; explicando la omisión; y solicitando la Solicitud de devolución de ingresos indebidos a un número de cuenta de la que seas titular.
La solicitud de ingresos indebidos debe presentarse por registro general y acompañada por una nueva declaración de la Renta de los años anteriores (2008, 2009, 2010, 2011) junto con una copia del recibo de los seguros pagados en los años reclamados.
Un saludo.
#155
29/04/13 07:22
Hola, qué tal. Acabo de presentar la declaración de la renta 2012, incluyendo seguros de vida y hogar vinculados a mi hipoteca. És el primer año que incluyo estos seguros, y la pregunta es si puedo reclamar los últimos años (cuántos y cómo) de estos seguros. Muchas gracias.
#154
27/04/13 10:44
Hola, Buenos días
Ya tengo mis datos fiscales, y el programa padre de éste año 2013.
El año pasado fué la primera vez que la hice con el padre y me desenvolví bastante bien ya que el gestor cada año era una pasta.
Bueno, pués en los datos fiscales de éste año (al final de todo) me viene: "INFORMACIÓN SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DE DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS GANANCIAS
PATRIMONIALES E IMPUTACIONES DE RENTA, CON EJERCICIO DE DEVENGO ANTERIOR AL 2012":
Q2827002C-INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOC 2010 B-PENSIONISTA -3.373,44
Q2827002C-INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOC 2009 B-PENSIONISTA -2.675,69
Totalmente estupefacto. Bueno, pregunto ¿aquí hay algo que el gestor no hizo bien?, ¿tengo que hacer una declaracíón complementaria de esas? ¿o incluyo la suma de los importes en alguna casilla de la declaración de éste año?, ¿QUE QUIERE DECIR QUE ESTÉN EN NEGATIVO: que me grava o me beneficia (desgrava)?
Saludos y gracias
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#153
26/04/13 14:30
Hola Amparo, perdona por las molestias, de esas casillas me corresponde la 121, pero cuando la marcas se te abre un desplegable en el que te aparecen aparte de las cuatro casillas en cuestión otras dos, una de ellas es resultado a ingresar y la otra devoluciones acordadas, que efectivamente a que añadir dos cantidades, por lo que he visto una pudiera ser la que me abonaron año 2011 y la otra?
Es que me informado y parece que las complementarias no te las hace hacienda.
Informarte de que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes la ayuda para la realización de la Declaración de la Renta y de las Declaraciones complementaria. Antes de añadir las cantidades atrasadas, debes de marcar as casillas a rellenar son las 121, 122, 123 y 120 del apartado “Declaración Complementaria” Pag 2 (IV); y posteriormente completar el resultado de la autoliquidación correspondiente a la declaración de la renta del ejercicio que se quiere complementar.
Para solucionar el error o omisión de este año, puede presentar una nueva Declaración de la Renta a la Agencia Tributaria, ya que tiene validez la que esté presentada con la última fecha. Para los años anteriores deberás acudir a la Agencia Tributaria a que os informen, de todos modos, no incurriréis en sanción puesto que no es una obligación tributaria que hayáis dejado de presentar.
También debéis tener en cuenta que solo podréis reclamar esta omisión para las Declaraciones de 2009 a 2011, ya que a los 4 años prescriben. Un saludo.
Nuevo
#150
26/04/13 01:18
Buenas. Os explico mi caso. Mi padre ha presentado la declaración y se ha dado cuenta que podía haberme incluido como hijo menor de 25 años que no recibe aportación, mi pregunta es que debería de hacer? Presentar un declaración complementaria tanto se este año como de los anteriores? Y en el caso de los anteriores, tendría algún tipo de sanción? Muchas gracias
en respuesta a
encajada
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#149
25/04/13 19:38
Buenas tardes, a ver si me echais una mano. Tengo que hacer una complementaria del año 2011, he relizado lo siguiente y no me sale. Me bajo el program padre del 2011, cuando llego a la casilla de incorporar datos fiscales los incorporo, en la casilla de importe integro satisfecho le sumo a la cantidad que hay los 5000€ por los cuales tengo que hacer la complementaria, me voy a la casilla 121 y la marco, las dos casillas que figuran abajo de resultado a ingresar y devoluciones acordadas, no tengo que poner ninguna cantidad?,digo esto porque el papel que me da la empresa figuran una cantidad en reducciones y otra con retenciones, bueno que como vereis estoy echo un lio.
Muchas gracias
Un saludo
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#148
23/04/13 21:52
Gracias por tu respuesta. La empresa ha notificado el pago de todas las nóminas como si las hubiera pagado en 2012. Creo que lo voy a dejar tal cual, es decir, confirmar el borrador aunque los datos correspondientes a los rendimientos de trabajo no sean reales porque si no el próximo año, posiblemente, me tocará pagar.
Salu2.
Si 3 las nóminas se han percibido en 2013 entiendo que deberéis de tributar por ellas en 2013. Lo que no se es que tratamiento ha dado la empresa, es decir si desde la empresa han notificado que las nóminas correspondientes a 2012 se han pagado en 2012 o en 2013.
Te recomiendo que acudas a tu asesor fiscal y le comentes tu caso concreto. Aunque te tengo que decir, que las 3 nóminas o se incluyen en la Declaración de 2012 o en la de 2013, pero van las 3 juntas por tener la misma consideración.
Un saludo.
#145
22/04/13 23:41
Buenas, el año pasado mi marido no cobró todas las mensualidades, 3 de ellas han sido cobradas este año. Según el certificado de retenciones es como si había cobrado puntualmente. La pregunta es si debo declarar todos los rendimientos o puedo modificar el borrador y declarar lo que realmente cobré, o ya de pedir, podemos dejar fuera sólo una de las nóminas? Nos pasamos en 600€ del baremo para poder deducir los gastos de guardería y con una sola nómina que no metiesemos nos sería suficiente.
Gracias.
El importe de la base imponible general aparece en la casilla 455 de la Declaración de la Renta.
Un saludo.
Nuevo
#143
22/04/13 14:50
Quiero saber si por el alquiler del piso pude tener deducción en la renta? Según me he ido informando: si tengo derecho, si mi base imponible es inferior a 24.020 anual.Cómo puedo saber mi Base Imponible? Existe alguna casilla en el borrador que me dé esta información? Muchas gracias.
Si se trata de un pequeño importe, puedes incluir el importe por los atrasos recibidos en los rendimientos del trabajo del pasado 2012. Para ello, deberás sumar ambas cantidades y ponerlo en la casilla 001 del programa PADRE 2012.
En caso de que decidas hacer la Declaración complementaria, deberás descargarte el programa PADRE 2011 e introducir todos los datos como se indica en el artículo. Un saludo.
Nuevo
#141
19/04/13 18:24
Hola Buenas tardes,
en el año 2012 recibí atrasos de salario correspondientes a 2011 (2000€), por lo que parece, tal como ya se viene comentando, que debo de realizar este año declaración complementaria del 2011. Para la declaración del 2012 utilicé el borrador que me envía Hacienda, por lo que no tengo claro como debo realizar la complementaria, puedo modificar el borrador del año pasado?, dado que el importe no es muy alto puedo incluirlo en la declaración del 2012?, tengo que trasladar los datos del borrador al PADRE y realizar la declaración completa del 2011?