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Participaciones del usuario Rucko - Fiscalidad

Rucko 30/07/24 21:18
Ha respondido al tema IRPF: Coste adquisición vivienda heredada.
No pierdas ni un minuto.Las Normas Internacionales de Contabilidad, NIC, (NIIF actualmente)  son las normas para reflejar los estados contables de las empresas.  En Europa son obligatorias para empresas cotizadas, grandes empresas y empresas financieras. Por supuesto nada que ver con individuos o familias que no mantienen ni presentan estados contables. Las NIC no especifican cómo presentar impuestos sino como presentar los estados financieros de forma estándar y comprensible para cualquiera que conozca estas normas. Si ya es absurdo aplicar las NIC para calcular el pago de un impuesto ,  aplicarlo a una persona física solo puede calificarse como absoluto despropósito. Para el impuesto sobre ganancias patrimoniales, el Tribunal Constitucional ya resolvió negativamente sobre este asunto en 2023. https://cincodias.elpais.com/economia/2023-06-07/el-constitucional-descarta-que-se-descuente-la-inflacion-a-las-plusvalias-por-vender-un-inmueble-en-el-irpf.html
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Rucko 30/07/24 19:17
Ha respondido al tema Donación dinero de padres a hijo
A mi entender, la situación se mantiene para las donaciones. La única vía sería hacerlo mediante un pacto sucesorio de definición donde la bonificación si es del 100%.  Salvo mejor opinión. 
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Rucko 26/07/24 10:01
Ha respondido al tema Compra usufructo
No es la separación de bienes lo que es determinante si no el hecho de haber comprado indiviso y por mitad. A mi entender y salvo mejor opinión, en este caso, el usufructo del padre se ha extinguido a favor del nudo propietario.  Por tanto y de ser esto correcto, le correspondería solo el 50% del alquiler a la madre. Yo registraría el usufructo actual de la madre en el registro de la propiedad para que quede clara la situación. 
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Rucko 25/07/24 13:33
Ha respondido al tema Compra usufructo
Sigues sin dar demasiados datos, si fue compra del 50% cada uno, el nudo propietario recupera el pleno dominio sobre el 50%, si fue una compra de un usufructo conjunto o simultaneo, hasta que no fallezca el último usufructuario, permanece el 100% del usufructo. Artículo 561-14 CC Cataluña. 
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