Se supone que estás obligado a notificar el cambio de domicilio, si el domicilio en tu declaración no coincide es porque no lo hiciste. Una forma barata de control. Artículo 198.5 Ley General Tributaria.
. Utiliza clave, más fácil, lo del DNI es para ingenieros. Creo que clave puedes obtenerlo por videollamada, descarga la aplicación en tu teléfono y sigue las instrucciones. Si hay algo que no sabes pregunta. Aquí hay mucha gente para ayudar.
Dado que donaste tu vivienda habitual y tienes más de 65 años, tu ganancia patrimonial está exenta, por tanto nada que declarar en el IRPF de 2024 a presentar este año. Cambia tu domicilio fiscal en la web de hacienda mediante el 030. Empadrónate y esta vivienda alcanzara un estatus de vivienda habitual a efectos fiscales futuros cuando se cumplan los requisitos legales. Por supuesto este es tu domicilio habitual desde que te mudaste.
e) No existirá obligación de informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos a 31 de diciembre a los que se refiere el apartado 2.d) no superen, conjuntamente, los 50.000 euros, y la misma circunstancia concurra en relación con los saldos medios a que se refiere el mismo apartado. En caso de superarse cualquiera de dichos límites conjuntos deberá informarse sobre todas las cuentas.Por tanto, no. Ojo con los saldos medios.
Desconozco los gastos y el valor del piso pero si la renta anual que le cobras supera el 2% del valor catastral (1,1% si fue revisado) no habrá renta imputada. Después tendrás la reducción del 50% por vivienda habitual y las posibles desgravaciones. Si te va a pagar porque así lo consideras es cuestión de hacer números.
Haz números para calcular cómo te saldría si se la alquilases por ese valor. Tendrías impuesto de IRPF, te liberarías de la renta imputada y podrías desgravar algún gasto desgravable.
Desde mi punto de vista, a efectos del SEPE toda la cantidad rescatada computa como rentas del trabajo por lo que es irrelevante la plusvalía y que sea FiFO o LIFO.