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Préstamo internacional entre familiares

7 respuestas
Préstamo internacional entre familiares
Préstamo internacional entre familiares
#1

Préstamo internacional entre familiares

Buenos días!

A ver si sois tan amables de solucionarme unas dudas ya que voy a prestarle 25000€ a mi prima que es italiana y reside alli.

Cuestiones:

1. ¿Sería suficiente con hacer un contrato de préstamo entre particulares? En mi caso con DNI y en el suyo con el Codice Fiscale.

2. ¿Mismo contrato en los dos idiomas o dos contratos firmados, cada uno en un idioma?

3. Es igualmente válido con firma electronica o bien firma uno, lo envía escaneado y devuelve? Ya que sería firmado cada uno desde su país.

4. Yo debería hacer algún tramite en la Agencia Tributaria? O simplemente guardar el contrato por si al recibir la devolución del préstamo (cantidad total de golpe), hacerle constar a Hacienda que ese dinero era mio y procede del préstamo?

Muchas gracias
Un saludo.
#2

Re: Préstamo internacional entre familiares

Según el sitio web de la Agencia Tributaria de España, los préstamos entre particulares son operaciones legales y, si no incluyen intereses, están exentos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Sin embargo, es recomendable documentarlos adecuadamente para evitar problemas fiscales. A continuación, respondo a tus dudas: 

1. ¿Es suficiente con un contrato de préstamo entre particulares?

 Sí, es suficiente con un contrato de préstamo entre particulares en el que se detallen las condiciones del préstamo (importe, plazo de devolución, si hay intereses o no, etc.). En tu caso, puedes identificarte con tu DNI y tu prima con su Codice Fiscale

2. ¿Debe estar el contrato en dos idiomas?

 Lo recomendable es redactar un único contrato bilingüe (español e italiano) en un mismo documento, asegurando que ambas versiones reflejen exactamente lo mismo. Así se evita la necesidad de firmar dos documentos distintos y se facilita su validez en ambos países. 

3. ¿Es válido con firma electrónica o con firma escaneada?

 Sí, se puede firmar electrónicamente si se utilizan sistemas de firma reconocidos en ambos países (por ejemplo, certificados digitales cualificados). Si prefieren firmar en papel, cada uno puede firmarlo, escanearlo y devolverlo por correo electrónico. No obstante, en caso de disputa legal, la firma electrónica tiene más validez que una firma escaneada. 

4. ¿Debes hacer algún trámite en la Agencia Tributaria?

 En España, el prestamista no tiene que presentar ninguna declaración específica al hacer el préstamo, pero sí debe poder justificarlo ante Hacienda en el futuro. Para evitar que la devolución se interprete como una donación, es recomendable: 
  • Guardar el contrato firmado como prueba del préstamo.
  • Si la devolución es de golpe, contar con documentación bancaria que demuestre la transferencia y su origen (por ejemplo, indicando en el concepto “Devolución de préstamo del [fecha]”).
  • Si el préstamo tiene intereses, deberías declararlos en el IRPF como rendimiento del capital mobiliario.
Dado que tu prima reside en Italia, también convendría que consultara la normativa fiscal italiana para verificar si debe cumplir algún requisito allí. Si necesitas más información detallada o el préstamo tiene condiciones especiales, te recomiendo consultar a un asesor fiscal.
#3

Re: Préstamo internacional entre familiares

Muchísimas gracias.

Que maravilla! Todo muy bien explicado y detallado.

Un saludo



#5

Re: Préstamo internacional entre familiares

Es obligatorio que ella presente el modelo 600. El ITP está exento pero sujeto.   En este caso y al no ser residente, será en la administración estatal. Si no vas a aplicar tipo de interés alguno debe quedar reflejado en el contrato.  Esto en lo que respecta a la legislación española. 
#6

Re: Préstamo internacional entre familiares

Efectivamente, la inteligencia artificial hay que tomarla como ayuda, pero no creer a pie juntillas lo que dice. Porque el modelo 600 hay que hacerlo aunque no se pague nada.
Es más, en Castilla y León, a día de hoy no vale lo de la firma electrónica, hay que llevar el contrato físico firmadito de puño y letra.
#7

Re: Préstamo internacional entre familiares

Dado que nunca se sabe y el riesgo lo asumes tú, te recomendaría incluir en el contrato estas dos cláusulas:

Cláusula de Jurisdicción y Legislación Aplicable
El presente contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de España.  Para la resolución de cualquier controversia, disputa o reclamación derivada de este contrato, incluyendo su interpretación, ejecución, cumplimiento o terminación, las partes acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de [tu municipio], con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

Cláusula de Idioma Oficial y Prevalencia
El presente contrato se redacta en italiano y en español. En caso de discrepancia o conflicto en la interpretación de las versiones, las partes acuerdan que prevalecerá la versión en español, que será la única válida y vinculante a todos los efectos legales.

Disculpa el atrevimiento pero no he podido evitarlo. 



#8

Re: Préstamo internacional entre familiares

Tienes razón, no viene mal incluirlo, lo haré constar en ambos idiomas

Muchas gracias a todos. Con vuestra ayuda y la de chatgpt redacto un contrato bilingüe completo y excelente