El importe del subsidio son 463,21 euros si el último contrato antes de pedir el paro fue a tiempo completo. Si fue a tiempo parcial la parte proporcional en función del porcentaje de dicho contrato.Si solicito el 16 de febrero es que cumplió el mes de espera en los 15 días anteriores, probable ya en febrero. El subsidio se paga desde que se cumple este mes de espera. ¿No sera que esa nomina no es del mes completo?
Si el importe de esa ayuda llega a 8685 euros (que lo veo difícil) o el importe de la ayuda, dividido entre 12, sumado a otros ingresos que puedas tener superan los 723,75 mensuales (esto ya lo veo mas factible), supondría la suspensión del subsidio durante un mes.
El subsidio sólo se suspende durante un mes por la existencia de un pago único superior al 75% del SMI en cantidad anual. La suspensión sólo puede ser mayor de un mes si el 3%, anual, de ese importe supera el 75% del SMI. Pero en el caso que nos ocupa es muy fácil demostrar que ese dinero ya no obra en poder de la persona, lo ha invertido en un coche, por lo que no cabría imputar el 3% anual de ese dinero.Obviamente a estas cantidades hay que sumarle otros ingresos que tenga la persona.Un subsidio suspendido un año por superación de rentas es, por definición, un subsidio extinto, así que la suspensión nunca puede llegar a un año.
Este punto era importante para que la gente comprendiera como funciona el IMV y por eso lo puse.Respecto a la obligación de comunicar los cambios nada que decir, que yo no tuviera conocimiento no quiere decir que no existiera como bien has aclarado.
Falta el punto 3. del artículo 163. En cualquier caso, la cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio anterior. Cuando la variación de los ingresos anuales computables del ejercicio anterior motivara la extinción de la prestación, esta surtirá igualmente efectos a partir del día 1 de enero del año siguiente a aquél al que correspondan dichos ingresos.
Para ese otro subsidio también hay que cumplir todos los requisitos.Usease, tener al menos 180 días cotizados a desempleo en los últimos 6 años o desde que se pidió el último paro o subsidio por cotización insuficiente (o 90 días si se tienen cargas familiares), no haber causado baja voluntaria en el último contrato y no tener ingresos superiores a 723,75 euros al mes
El IMV se actualiza con los datos de la declaración de renta del año anterior, por lo que los cambios de ingresos durante el año no tendrán efecto hasta el año siguiente, en el que seguridad social.La única excepción a esto (modificación de enero) es cuando se está cobrando el IMV y se termina un subsidio (no cuando se empieza), pero no han puesto ninguna obligación al ciudadano de avisar del cambio.No tengo ningún conocimiento de que el ciudadano esté obligado a comunicar los cambios en su nivel de ingresos durante el año.
Ya deberían saberlo.El IMV se paga según lo que aparezca en la declaración de renta del año anterior, por lo que en caso de cambio durante el año, no se verán reflejados en la cantidad hasta el año siguiente.
Si es así, el funcionario de turno ha creído más a los bulos que a sus jefes. O bien son sus jefes los que son tan incompetentes que se creen los bulos en lugar de leer lo que dice la Ley.Al final lo tendrán que tramitar, le problema será lo que tarden en entrar en razón.