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Contenidos recomendados por Enasua

Enasua 09/05/25 18:05
Ha respondido al tema Renta y fraude de páginas de juegos on line
La documentación la tendrás que presentar, en la policía, cuando la tengas y, en la AEAT, cuando requieran a tu hijo por no haber declarado la ganancia. No lo hagas antes porque retrasarás la tramitación de la devolución.
Enasua 09/05/25 16:30
Ha respondido al tema Renta y fraude de páginas de juegos on line
Puedes presentar la declaración sin poner esos ingresos no percibidos.Luego, tenéis que hacer lo del protocolo que hizo Consumo el año pasado para estos casos (al parecer, como los menores de edad no pueden jugar, pero son los que más lo hacen, cogen DNIs de Internet y juegan con esa identidad; ha habido muchos casos):¿Cómo activar el protocolo PACS si has sido víctima de suplantación?Si sospechas que tu identidad ha sido utilizada sin tu consentimiento en el juego online, la DGOJ recomienda seguir estos pasos para activar el Protocolo de Actuación para Contribuyentes Suplantados (PACS):Solicitar una referencia PACS enviando un correo a la dirección: [email protected]. Con esta referencia se podrá hacer un seguimiento del caso.Denunciar la suplantación ante la Policía Nacional.Solicitar un certificado de actividad y el cierre de la cuenta fraudulenta a los operadores de juego. En caso de que el operador no facilite el certificado, el ciudadano puede obtener un informe de transacciones en la sede electrónica de la DGOJ.Trasladar los documentos y la información a la Policía Nacional y a la Agencia Tributaria (AEAT), a esta última a través del Registro.
Enasua 09/05/25 16:20
Ha respondido al tema ¿Es posible la deducción por obras de rehabilitación energética en dos años consecutivos?
Sí. No se puede aplicar la deducción por las mismas obras, pero dices que sería una obra diferente. En tal caso, es una deducción diferente y puedes aplicarla.
Enasua 09/05/25 16:15
Ha respondido al tema Deducción por cónyuge a cargo con discapacidad. Mínimo personal y familiar.- Deducción por discapacidad. Renta fallecido
Los herederos pueden (e, igual, si el señor estaba obligado, DEBEN) presentar la declaración de renta del fallecido; por cierto, tiene que ser individual porque, al tener diferentes devengos, no puede hacerse con la cónyuge. Cuando hagan la declaración, podrá solicitarse la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo por los meses de mayo y junio. Julio no, porque, para comprobar el derecho, se toma la situación existente a último día del mes y, ese día, el señor ya había fallecido.En caso de que algún hijo conviviera con los padres, hay que tener en cuenta que, si tenía derecho a la deducción por ascendiente discapacitado, su derecho es preferente al del cónyuge.
Enasua 09/05/25 16:06
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual - Caso raro - IRPF
Informa 135692-EXENCIÓN POR REINVERSIÓN. REGLA GENERAL: PLENO DOMINIOPreguntaPara la aplicación de la exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda habitual ¿se exige la titularidad del pleno dominio del inmueble que se transmite o es suficiente la titularidad del usufructo o nuda propiedad de éste?RespuestaComo regla general los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del contribuyente están ligados a la titularidad del pleno dominio del inmueble.De tal forma que será necesario tener la plena propiedad aunque sea compartida tanto de la vivienda habitual que se adquiere como también de la que se transmite, a efectos de acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.Normativa/DoctrinaArtículo 38 .1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .Artículo 41 .1 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .Sentencia T.S. , de 12 de diciembre de 2022 . Número 1627/2022. Nº recurso 7219/2020. ROJ STS 4569/2022
Enasua 08/05/25 14:07
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Los funcionarios de la AEAT de las secciones de IRPF inician procedimientos, o dan salida si ven  que están bien, a declaraciones a devolver desde el 01 de julio al 31 de diciembre, y a declaraciones a pagar del 01 de enero al 30 de junio. Además, hay "campañas" para revisar ejercicios anteriores con determinados conceptos durante todo el año. Todo, tanto las rentas a revisar como las derivadas de las campañas, lo deciden desde la Dependencia de cada Comunidad y se lo mandan a cada oficina para que lo hagan. Por eso a veces te revisa una oficina que no corresponde a tu domicilio fiscal. Por cada renta que se inicia y debe comprobarse hay que: estudiar la declaración presentada, o todas las que haya, revisar lo que consta y lo que no en las bases de datos, requerir para que se aporte lo que no consta, esperar respuesta, estudiar lo aportado, hacer una propuesta de cómo parece que estaría correcto con lo aportado, esperar respuesta, hacer un nuevo cálculo con lo que aporten en esas alegaciones, emitir la resolución definitiva y, por fin, pagar o pedir lo que corresponda, más, en su caso, avisar de que hay infracción para que se inicie un procedimiento sancionador. Eso, a veces, supone mucho tiempo. Y tienen cientos de expedientes así. Y, luego, algunos pasan parte de su tiempo de trabajo atendiendo al público, por lo que, en ese tiempo, no está adelantando expedientes.
Enasua 08/05/25 13:53
Ha respondido al tema Exceso deducción placas solares por cobro subvenciones
Sí a ambas cosas.
Enasua 07/05/25 17:09
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
La parte de esos 1.800 euros que se han establecido en concepto de "costas" (para el pago de abogados y demás) son ganancia patrimonial en la diferencia entre lo que te han dado y lo que has gastado en abogado y procurador.La otra parte son intereses indemnizatorios y tributan como ganancia patrimonial íntegramente.
Enasua 07/05/25 16:56
Ha respondido al tema Muchas dudas con Deducciones por alquiler siendo arrendador
Tienes que poner, en esa misma pantalla, el valor de adquisición y el de los gastos y Tributos (el del ISD y los gastos como el propio impuesto de sucesiones, el registro de la propiedad, la escritura de herencia -siempre, todo ello, referido al inmueble alquilado; es decir: si en la escritura de herencia había más bienes y d, no podrás aplicar el total de la factura del notario o del pago del ISD , si o sólo el porcentaje que corresponde a este inmueble).También tienes que poner la fecha de adquisición (es la de la muerte del causante, no lo confundas con la de la escritura de herencia).
Enasua 07/05/25 16:44
Ha respondido al tema Dudas con la renta 2024
Entra en RentaWeb de tu madre. No te quedes En los datos fiscales, entra al programa y pica en "nueva declaración", que empiece de 0. No toques nada y ve al resumen de resultados.¿Le sale el inmueble como vivienda habitual, o aplica imputación inmobiliaria? ¿Hay alguna subvención? Mira en el apartado de ganancias patrimoniales. Algo tiene que haber si no aparece la marca de no obligada. Si no lo ves, pide cita en una oficina para "información de Renta" y que te indiquen allí la razón.Probablemente haya fallos en la marca de obligado-no obligado de RentaWeb, pero yo no los he encontrado todavía, el jodío programa siempre tiene razón...