Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Contenidos recomendados por Enasua

Enasua 25/06/25 19:25
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Me alegro por las que lo han conseguido. A ver si pronto llega criterio del Supremo porque, mientras tanto, el grueso de este colectivo seguirá sin la deducción: conseguirla requiere tiempo (los TEAR tardan un par de años en resolver) y las resoluciones positivas son minoritarias.
Enasua 24/06/25 14:46
Ha respondido al tema Amortizaciones para calcular ganancia patrimonial por venta de vivienda
Aunque no lo hayas deducido, hay que aplicar la amortización por el tiempo en que haya estado alquilado para calcular el valor de adquisición del inmueble.Es probable que te hayan aplicado la amortización de todo el año porque tú pusieras en tu autoliquidación que estuvo arrendado todo el año: comprueba si consta que sólo lo estuvo 60 días y que aplicaste imputación inmobiliaria por el resto del año. Si es así, alega que sólo corresponde la amortización por 2 meses; si pusiste que estuvo arrendado todo el año para ahorrarte la imputación inmobiliaria, será más difícil justificar que, en realidad, no fue así: apórtales los contratos y los documentos de finalización de los mismos, y diles que sólo fueron 2 meses, a ver si se lo creen.No cuenta lo que tú hayas declarado de amortización, sino la que corresponde realmente. Si, cuando la aplicaste como gasto, pusiste un valor de adquisición más alto que el real, pues te aplicaste un gasto superior al que corresponde; esos años han prescrito y no pueden liquidarte.El plazo de prescripción se interrumpió el día que te notificaron el inicio del procedimiento de comprobación (cuando te mandaran el requerimiento ése al que dices que contestaste "mandando documentos electrónicamente").Ir a la oficina no te soluciona nada: quien te va a atender no es quien está haciendo la comprobación; sólo vale para resolver dudas, y eso ya lo estás haciendo aquí. Pero hay a quien le gusta comentar el expediente con el auxiliar del mostrador, que te mandará a Registro a que entregues tus alegaciones. Ya decides tú el tiempo que tienes y en qué quieres emplearlo.
Enasua 23/06/25 15:22
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
En ese acuerdo de pago que firmaste aceptaste que, cualquier crédito de la AEAT a tu favor, se utilizará para reducir la deuda. Si tú le prestas dinero a alguien y él te lo devuelve a plazos, y, de pronto, tú tienes que hacerle un pago a él, lo normal es que compenses la deuda con el crédito; sería raro que tú tuvieras que descapitalizarte para darle el dinero a él mientras él te sigue debiendo a ti.
Enasua 23/06/25 06:28
Ha respondido al tema Lío con nuestro hijo en la declaración
Es que esa "intención" vuestra no es legal: los mínimos y deducciones derivadas del niño tienen que aplicarse por mitad entre los dos progenitores, no cabe que lo haga solo uno. Por tanto, es correcto que, ambos, tengáis los mismos importes en cuanto a mínimos. Parece que, vuestras declaraciones, están bien. Revisa, solamente, que a ti, que eres quien ha hecho tributación conjunta, no te aparece la casilla 461 de la que hablábamos antes.
Enasua 22/06/25 20:22
Ha respondido al tema Lío con nuestro hijo en la declaración
No, no: la 461 es la de la REDUCCIÓN por tributación conjunta, y, si los padres conviven, como en este caso, no puede aplicarla ninguno de los dos.Para saber si han optado por el tipo de tributación conjunta tendrán que ver su copia de la declaración: casilla 68 (individual) o 69 (conjunta). No confundir con las casillas 0068 y 0069, que están relacionadas con inmuebles.
Enasua 22/06/25 17:52
Ha respondido al tema Me sale error en el borrador
Pues reflejar los ingresos de actividades económicas.Eso es algo que nunca sale en el borrador, tienes que poner los datos tú.Los 130 sí se vuelcan automáticamente; de ahí que te salga el aviso de error: te está advirtiendo de que no has declarado tu actividad y que, si lo presentas así, estarás haciéndolo mal.Es sencillo: en el resumen de resultados, busca, arriba a la izquierda, "apartados de la declaración", ahí "actividades económicas" y, ahí, "actividades en estimación objetiva". Busca tu epígrafe y ve leyendo los diferentes apartados, rellenando el que corresponda. Básicamente necesitas saber la superficie del local y el gasto de luz. Y mira a ver si tienes derecho al índice corrector por inicio de actividad. Al de empresas de pequeña dimensión, seguro que sí.
Enasua 22/06/25 14:26
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
No es que no sepas, es que no se pueden anular. Van a ver las dos, puesto que necesitan hacerlo para comprobar lo que te tienen que devolver (si se ha devuelto ya la primera, no es lo mismo que si no se ha devuelto; si tú, al presentar la segunda, has tenido en cuenta lo que correspondía de la primera, no es lo mismo que si has hecho la segunda como si la primera no existiera; si la primera era a pagar, y estaba domiciliado el abono, hay que comprobar si se ha hecho el cobro o no, etc.). Este año ha habido un cambio con el tema de las duplicadas (personas que han presentado más de una declaración): ahora se mirarán en el mismo Departamento y al mismo tiempo, así que, en teoría, se tramitarán antes y mejor. En teoría; porque, en teoría, también decían que, presentar más de una declaración, no iba a paralizar la tramitación, y sí lo ha hecho.
Enasua 18/06/25 13:56
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Creo que no me has entendido, porque te he contestado ya dos veces y vuelves a preguntar lo mismo una tercera: no vas a poder calcular la amortización de manera automática. Nunca. Porque no tienes una única fecha y un único valor de adquisición. Tienes 3 (hablas de dos, pero tienes 3: la de adquisición del 25% por herencia de tu padre, en la fecha de su deceso; la de adquisición del 25% por herencia de tu madre, en la fecha de su deceso; y la de adquisición del 50% de tu hermana en la fecha de la escritura de venta (o de disolución de condominio; a efectos prácticos es lo mismo, en este caso).Cada año tendrás que hacer los cálculos de la amortización a mano y poner el importe resultante en la casilla de abajo de la pantallita de la amortización, donde dice "amortización en casos especiales", sin poner ni fechas, ni valores, ni si es adquisición onerosa o lucrativa (porque, en tu caso, hay de las dos).
Enasua 16/06/25 15:56
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
He estado mirando el INFORMA y las Consultas de la DGT: en todas partes encuentro que sólo se considera continuación de contrato para el inquilino a efectos de la deducción por alquiler; para el arrendador, se considera un contrato nuevo. Desconozco porque te han dicho otra cosa en la AEAT, aunque sí te aseguro que, lo que diga Legálitas, se lo van a pasar por el arco del triunfo.También te digo que, la diferencia, no puede ser muy importante. Si es de menos de 60 euros, pon la fecha de 2022, porque, aunque te liquiden, iría sin sanción.
Enasua 13/06/25 21:43
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Para el inquilino es una subrogación, y continúa con sus mismos derechos y obligaciones. Sin embargo, para ti es un nuevo contrato, puesto que, antes, no tenías derechos ni obligaciones relacionados con ese alquiler.Por tanto, tienes que poner, como fecha de inicio, la de la firma, agosto de 2023. Y, efectivamente, sólo podrás aplicar la reducción del 50% de los rendimientos netos.