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Enasua 22/06/25 14:26
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
No es que no sepas, es que no se pueden anular. Van a ver las dos, puesto que necesitan hacerlo para comprobar lo que te tienen que devolver (si se ha devuelto ya la primera, no es lo mismo que si no se ha devuelto; si tú, al presentar la segunda, has tenido en cuenta lo que correspondía de la primera, no es lo mismo que si has hecho la segunda como si la primera no existiera; si la primera era a pagar, y estaba domiciliado el abono, hay que comprobar si se ha hecho el cobro o no, etc.). Este año ha habido un cambio con el tema de las duplicadas (personas que han presentado más de una declaración): ahora se mirarán en el mismo Departamento y al mismo tiempo, así que, en teoría, se tramitarán antes y mejor. En teoría; porque, en teoría, también decían que, presentar más de una declaración, no iba a paralizar la tramitación, y sí lo ha hecho.
Enasua 18/06/25 13:56
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Creo que no me has entendido, porque te he contestado ya dos veces y vuelves a preguntar lo mismo una tercera: no vas a poder calcular la amortización de manera automática. Nunca. Porque no tienes una única fecha y un único valor de adquisición. Tienes 3 (hablas de dos, pero tienes 3: la de adquisición del 25% por herencia de tu padre, en la fecha de su deceso; la de adquisición del 25% por herencia de tu madre, en la fecha de su deceso; y la de adquisición del 50% de tu hermana en la fecha de la escritura de venta (o de disolución de condominio; a efectos prácticos es lo mismo, en este caso).Cada año tendrás que hacer los cálculos de la amortización a mano y poner el importe resultante en la casilla de abajo de la pantallita de la amortización, donde dice "amortización en casos especiales", sin poner ni fechas, ni valores, ni si es adquisición onerosa o lucrativa (porque, en tu caso, hay de las dos).
Enasua 16/06/25 15:56
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
He estado mirando el INFORMA y las Consultas de la DGT: en todas partes encuentro que sólo se considera continuación de contrato para el inquilino a efectos de la deducción por alquiler; para el arrendador, se considera un contrato nuevo. Desconozco porque te han dicho otra cosa en la AEAT, aunque sí te aseguro que, lo que diga Legálitas, se lo van a pasar por el arco del triunfo.También te digo que, la diferencia, no puede ser muy importante. Si es de menos de 60 euros, pon la fecha de 2022, porque, aunque te liquiden, iría sin sanción.
Enasua 13/06/25 21:43
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Para el inquilino es una subrogación, y continúa con sus mismos derechos y obligaciones. Sin embargo, para ti es un nuevo contrato, puesto que, antes, no tenías derechos ni obligaciones relacionados con ese alquiler.Por tanto, tienes que poner, como fecha de inicio, la de la firma, agosto de 2023. Y, efectivamente, sólo podrás aplicar la reducción del 50% de los rendimientos netos.
Enasua 12/06/25 14:17
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Eso es lo que decía: que tienes compensación entre cónyuges. Pasa que, las declaraciones a devolver, se tienen que revisar antes del 31 de diciembre (y, con la tuya, han cumplido, la tienes desde el 6 de junio), pero, las declaraciones a pagar, se revisan en cualquier momento de los próximos 4 años. Y tú has vinculado voluntariamente tu devolución con una declaración a pagar. Hasta que no revisen la declaración de tu marido, no van a hacer la devolución, y eso puede tardar. 
Enasua 11/06/25 20:43
Ha respondido al tema Deducciones Rendimiento de Inmuebles en el I.R.P.F.
Claro: lo que quieren es ver el importe de la comunidad de propietarios de febrero; les da igual si se pagó en junio, pero sí es importante que, en el justificante bancario, diga que corresponde a febrero.
Enasua 11/06/25 19:10
Ha respondido al tema Deducciones Rendimiento de Inmuebles en el I.R.P.F.
Fecha de devengo. Por ejemplo, hay gente que paga toda la comunidad del año en una sola vez, cuando en la junta de propietarios dicen lo que corresponde, y así se olvidan; si esos propietarios alquilan el inmueble dos meses, la comunidad que corresponde a los mismos es un gasto deducible, y pueden ponerla aunque la hayan abonado, junto a la del resto del año, meses antes.Los suministros, como el IBI, el seguro, la amortización, la comunidad, los intereses bancarios..., sólo son deducibles durante el tiempo de arrendamiento; cuando el inmueble está vacío, aunque esté en espectativa de alquiler, está a tu disposición: puedes ir allí a hacer una merienda con los amigos, dejárselo a un hijo que viene a pasar unos días, irte a dormir en él para estar cerca del trabajo... Por tanto, esos gastos, devengados en esas fechas, no son deducibles y, además, hay que declarar imputación inmobiliaria por esos días.
Enasua 11/06/25 12:24
Ha respondido al tema Declaracion de caducidad de procedimiento de comprobacion limitada renta 2022
Claro que tienes que solicitar tu devolución. Si inician un nuevo procedimiento, pues alegas lo que corresponda. Si, en otros ejercicios, los procedimientos han finalizado sin liquidación, no entiendo el miedo de tu gestoría. Haz un escrito, aporta la copia de tu declaración y el documento de la caducidad y pide que te hagan la devolución solicitada en la cuenta que sea.
Enasua 10/06/25 20:43
Ha respondido al tema Deducción por la reducción de la demanda de calefacción. Renta 2024
De los certificados de eficiencia energética. Para tener derecho a estas deducciones necesitas haber obtenido un certificado anterior al inicio de la obra (2 años antes como máximo) y, otro, posterior a la finalización de la misma. Esos certificados tienen que haberse inscrito en la Comunidad Autónoma (para evitar picarescas, que ya se han dado, de personas que no habían obtenido el anterior y piden al certificador que haga uno con fecha pasada).
Enasua 10/06/25 11:46
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Gestión ha liberado tu devolución; pero Recaudación está comprobando si tiene que aplicarse para compensar alguna deuda.