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Contenidos recomendados por Enasua

Enasua 07/05/25 16:17
Ha respondido al tema Imv renta hijos
Hacienda no puede comprobar nada, porque no es obligatorio que el alimentista pague por banco, puede hacerlo en efectivo.Necesitas un pronunciamiento judicial en el que se refleje el impago de la pensión alimenticia o que es imposible ejecutar la sentencia que condenó a tu ex cónyuge al abono de la deuda. Para esto, es preciso que interpongas la correspondiente acción civil o penal.
Enasua 07/05/25 16:13
Ha respondido al tema Exceso deducción placas solares por cobro subvenciones
Hay que hacerlo en la declaración de 2024, hay casillas específicas para casos como el tuyo. En el apartado de pérdida de deducciones. Trastea un poco, y lo verás.
Enasua 07/05/25 06:40
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
Si lo intentara, sí podría hacer su propia declaración individual. Está en plazo, ¿Por qué no iban a dejarle? La cuestión es que, si un miembro de la unidad familiar, hace declaración individual, los demás quedan obligados a hacerla así también. Es decir: la declaración conjunta que has presentado ya no serviría y tu marido y tú tendríais que presentar vuestras propias declaraciones individuales.
Enasua 06/05/25 20:47
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
Si, en 2024, era menor de edad y has hecho tributación conjunta con tu marido, también la has hecho con tu hija. No se puede tributar sólo con una parte de la unidad familiar y, si, a 31 de diciembre, era menor, formaba parte de dicha unidad familiar.Por tanto, ya está todo hecho, no tienes que hacer nada.Por cierto, para hacer la declaración tú hija no necesita el certificado digital (primero porque ya la ha hecho y, segundo, porque hay otros métodos de identificación) pero sí es muy conveniente que lo saque. Por ejemplo, lo necesitará para pedir los 400 euros que les dan a los que cumplen 18.
Enasua 06/05/25 19:23
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
Sí, tiene que declarar. Y, como es mayor de edad, tiene que hacerlo de forma individual. Le saldrá a 0, pero tiene que presentarla.
Enasua 23/04/25 08:26
Ha respondido al tema Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
No, no existe dicha "vinculación"; de hecho, se trata, precisamente, de que no se pone porque no hay vinculación alguna.
Enasua 22/04/25 20:51
Ha respondido al tema Valoración inmueble para IRPF y IP
La fecha de adquisición es la de fallecimiento, no la de la escritura. El valor con el que se calcula la imputación inmobiliaria es el catastral. Desconozco el funcionamiento del Impuesto sobre Patrimonio (desgraciadamente, no tengo que presentarlo).
Enasua 22/04/25 20:48
Ha respondido al tema Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
Siendo así (que tú sobrino no colabora en el sostenimiento económico de su hijo), entonces, efectivamente, lo suyo es que no aplique mínimo. Otra cosa es que la madre pueda aplicar el total, pues, sin una sentencia, va a ser difícil que pueda destruir la presunción del Código Civil. A mí, eso de "jugar con la Ley" me suena tan ajeno... La normativa tributaria se caracteriza, precisamente, por su rigidez, a veces, incluso, absurda. Pero posiblemente sea porque que yo no conozco las reglas de ese "juego". Una lástima mi enorme ignorancia en tantas cosas...
Enasua 22/04/25 15:24
Ha respondido al tema Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
Si no hay una resolución judicial que diga lo contrario, existe guarda y custodia compartida entre los dos progenitores. Y el consultante no ha dicho que no haya dependencia económica del menor respecto a él.Las Consultas que incluyes que dicen que, sin convivencia, no hay mínimo, ya no son válidas, desde que la dependencia económica se asimila a la convivencia.Y, si hay patria potestad, está la presunción del Código Civil de que, dicha dependencia económica, existe.
Enasua 22/04/25 15:21
Ha respondido al tema Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
¿Tú sobrino tiene la patria potestad sobre el niño? ¿Ha puesto el apellido? ¿Ayuda en su manutención? ¿En sus cuidados? El artículo 110 del Código Civil contiene una presunción de que los dos padres cuidan y mantienen a sus hijos. Si la madre del menor no puede destruir dicha presunción porque tu sobrino tiene la patria potestad, el niño lleva su apellido y él ayuda económicamente o personalmente con el cuidado y mantenimiento del menor, lo que tiene que declarar en el IRPF es la clave D. Y, la madre, igual, aunque, además, ella haga tributación conjunta con el menor. Eso es lo legal; lo otro, lo de no poner al niño para que la madre acceda a ayudas que tenemos que pagar entre todos y a las que, poniendo la verdad, quizá no tenga derecho, NO lo es.Y, lo suyo, es regularizar la situación cuanto antes. Que empiece a tramitar un convenio regulador con la madre y que lo lleven a ratificar al Juzgado.