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Enasua 09/05/25 16:06
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual - Caso raro - IRPF
Informa 135692-EXENCIÓN POR REINVERSIÓN. REGLA GENERAL: PLENO DOMINIOPreguntaPara la aplicación de la exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda habitual ¿se exige la titularidad del pleno dominio del inmueble que se transmite o es suficiente la titularidad del usufructo o nuda propiedad de éste?RespuestaComo regla general los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del contribuyente están ligados a la titularidad del pleno dominio del inmueble.De tal forma que será necesario tener la plena propiedad aunque sea compartida tanto de la vivienda habitual que se adquiere como también de la que se transmite, a efectos de acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.Normativa/DoctrinaArtículo 38 .1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .Artículo 41 .1 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .Sentencia T.S. , de 12 de diciembre de 2022 . Número 1627/2022. Nº recurso 7219/2020. ROJ STS 4569/2022
Enasua 08/05/25 14:07
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Los funcionarios de la AEAT de las secciones de IRPF inician procedimientos, o dan salida si ven  que están bien, a declaraciones a devolver desde el 01 de julio al 31 de diciembre, y a declaraciones a pagar del 01 de enero al 30 de junio. Además, hay "campañas" para revisar ejercicios anteriores con determinados conceptos durante todo el año. Todo, tanto las rentas a revisar como las derivadas de las campañas, lo deciden desde la Dependencia de cada Comunidad y se lo mandan a cada oficina para que lo hagan. Por eso a veces te revisa una oficina que no corresponde a tu domicilio fiscal. Por cada renta que se inicia y debe comprobarse hay que: estudiar la declaración presentada, o todas las que haya, revisar lo que consta y lo que no en las bases de datos, requerir para que se aporte lo que no consta, esperar respuesta, estudiar lo aportado, hacer una propuesta de cómo parece que estaría correcto con lo aportado, esperar respuesta, hacer un nuevo cálculo con lo que aporten en esas alegaciones, emitir la resolución definitiva y, por fin, pagar o pedir lo que corresponda, más, en su caso, avisar de que hay infracción para que se inicie un procedimiento sancionador. Eso, a veces, supone mucho tiempo. Y tienen cientos de expedientes así. Y, luego, algunos pasan parte de su tiempo de trabajo atendiendo al público, por lo que, en ese tiempo, no está adelantando expedientes.
Enasua 08/05/25 13:53
Ha respondido al tema Exceso deducción placas solares por cobro subvenciones
Sí a ambas cosas.
Enasua 07/05/25 17:09
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
La parte de esos 1.800 euros que se han establecido en concepto de "costas" (para el pago de abogados y demás) son ganancia patrimonial en la diferencia entre lo que te han dado y lo que has gastado en abogado y procurador.La otra parte son intereses indemnizatorios y tributan como ganancia patrimonial íntegramente.
Enasua 07/05/25 16:56
Ha respondido al tema Muchas dudas con Deducciones por alquiler siendo arrendador
Tienes que poner, en esa misma pantalla, el valor de adquisición y el de los gastos y Tributos (el del ISD y los gastos como el propio impuesto de sucesiones, el registro de la propiedad, la escritura de herencia -siempre, todo ello, referido al inmueble alquilado; es decir: si en la escritura de herencia había más bienes y d, no podrás aplicar el total de la factura del notario o del pago del ISD , si o sólo el porcentaje que corresponde a este inmueble).También tienes que poner la fecha de adquisición (es la de la muerte del causante, no lo confundas con la de la escritura de herencia).
Enasua 07/05/25 16:44
Ha respondido al tema Dudas con la renta 2024
Entra en RentaWeb de tu madre. No te quedes En los datos fiscales, entra al programa y pica en "nueva declaración", que empiece de 0. No toques nada y ve al resumen de resultados.¿Le sale el inmueble como vivienda habitual, o aplica imputación inmobiliaria? ¿Hay alguna subvención? Mira en el apartado de ganancias patrimoniales. Algo tiene que haber si no aparece la marca de no obligada. Si no lo ves, pide cita en una oficina para "información de Renta" y que te indiquen allí la razón.Probablemente haya fallos en la marca de obligado-no obligado de RentaWeb, pero yo no los he encontrado todavía, el jodío programa siempre tiene razón...
Enasua 07/05/25 16:17
Ha respondido al tema Imv renta hijos
Hacienda no puede comprobar nada, porque no es obligatorio que el alimentista pague por banco, puede hacerlo en efectivo.Necesitas un pronunciamiento judicial en el que se refleje el impago de la pensión alimenticia o que es imposible ejecutar la sentencia que condenó a tu ex cónyuge al abono de la deuda. Para esto, es preciso que interpongas la correspondiente acción civil o penal.
Enasua 07/05/25 16:13
Ha respondido al tema Exceso deducción placas solares por cobro subvenciones
Hay que hacerlo en la declaración de 2024, hay casillas específicas para casos como el tuyo. En el apartado de pérdida de deducciones. Trastea un poco, y lo verás.
Enasua 07/05/25 06:40
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
Si lo intentara, sí podría hacer su propia declaración individual. Está en plazo, ¿Por qué no iban a dejarle? La cuestión es que, si un miembro de la unidad familiar, hace declaración individual, los demás quedan obligados a hacerla así también. Es decir: la declaración conjunta que has presentado ya no serviría y tu marido y tú tendríais que presentar vuestras propias declaraciones individuales.
Enasua 06/05/25 20:47
Ha respondido al tema Cotización empleada hogar - Declaración de la Renta
Si, en 2024, era menor de edad y has hecho tributación conjunta con tu marido, también la has hecho con tu hija. No se puede tributar sólo con una parte de la unidad familiar y, si, a 31 de diciembre, era menor, formaba parte de dicha unidad familiar.Por tanto, ya está todo hecho, no tienes que hacer nada.Por cierto, para hacer la declaración tú hija no necesita el certificado digital (primero porque ya la ha hecho y, segundo, porque hay otros métodos de identificación) pero sí es muy conveniente que lo saque. Por ejemplo, lo necesitará para pedir los 400 euros que les dan a los que cumplen 18.