La liquidación ya es "deuda activa", por eso tienes ya las cartas de pago; si te ha llegado ayer u hoy, tienes hasta el 20 de julio para pagarlo, bien por internet, bien en cualquier banco español, llevando las dos cartas de pago.Sí puedes recurrir, tienes 1 mes para hacerlo desde el día siguiente a la recepción de la notificación; si no estás de acuerdo con lo que te han regularizado, y crees que tienes razón, hazlo, pero perderás la reducción del 30% de la sanción.La sanción, por su parte, de momento sólo es una propuesta, no es definitiva, no hay deuda aún. Puedes alegar sin perder ninguna reducción; por ejemplo, hay quien alega que la declaración se hizo mal porque se interpretó una norma de manera razonable; si es tu caso, indica la norma y tu interpretación; o, por ejemplo, si te presentaron la declaración en la plataforma de la AEAT, o de Ayuntamientos, el Corte Inglés y demás, también puedes alegarlo, que son ellos quienes te lo hicieron mal.Tras el periodo de alegaciones ya llegará la sanción definitiva (o su archivo, si hay suerte), con sus cartas de pago.