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Enasua 04/06/24 18:13
Ha respondido al tema Atrasos 2019
No, no hagas complementaria, que ya "te la han hecho" ellos. Lo que te han mandado es una propuesta, no puedes pagar todavía porque ahora estás en el momento de decirles si esa propuesta es correcta o no (pues eso: que puede que no hayas cobrado lo que te dicen; comprueba los datos fiscales). Una vez pasado ese plazo, y si lo que te dicen es correcto, te mandarán una nueva notificación que se llama "liquidación provisional", y ahí ya vienen las cartas de pago para que las lleves al banco. 
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Enasua 04/06/24 14:30
Ha respondido al tema Devolución renta cuando existe rectificación - Hacienda
Si las cosas no han cambiado en los últimos años (pues hace, a menos, 4 de la vez que le pasó a un familiar), la AEAT, simplemente, deja ahí el dinero a la espera de que el contribuyente diga dónde quiere recibirlo. Desconozco si existe esa opción de cambiar el IBAN una vez terminada la tramitación de la Renta, pero no me suena.Simplemente, haz un escrito: yo, tal de tal, con DNI tal, solicité la devolución de mi autoliquidación de IRPF de 2023 en un número de cuenta erróneo; solicito que se ingrese en el número de cuenta tal. Fecha y firma. Y, si es declaración conjunta, firma de los dos. Y lo llevas a una Administración (ya te he dicho que no necesitas cita previa) o lo subes al Registro en la Sede Electrónica de la AEAT.
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Enasua 04/06/24 12:51
Ha respondido al tema Devolución renta cuando existe rectificación - Hacienda
Que yo sepa, la AEAT no te va a decir " oye, que pusiste un número de cuenta erróneo"; es tu problema, porque fuiste tú quien puso un número erróneo y, en consecuencia, lo tienes que solventar tú; si tu banco ha devuelto el dinero, tendrás que registrar una solicitud en la AEAT pidiendo que te ingresen el dinero en la cuenta con IBAN bla bla bla. Puedes hacerlo on line, con certificado digital o cl@ve, o en cualquier oficina, sin necesidad de cita previa: vas, coges número para Registro General y entregas tu escrito.
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Enasua 04/06/24 12:45
Ha respondido al tema Que tengo que pagar?
La liquidación ya es "deuda activa", por eso tienes ya las cartas de pago; si te ha llegado ayer u hoy, tienes hasta el 20 de julio para pagarlo, bien por internet, bien en cualquier banco español, llevando las dos cartas de pago.Sí puedes recurrir, tienes 1 mes para hacerlo desde el día siguiente a la recepción de la notificación; si no estás de acuerdo con lo que te han regularizado, y crees  que  tienes razón, hazlo, pero perderás la reducción del 30% de la sanción.La sanción, por su parte, de momento sólo es una propuesta, no es definitiva, no hay deuda aún. Puedes alegar sin perder ninguna reducción; por ejemplo, hay quien alega que la declaración se hizo mal porque se interpretó una norma de manera razonable; si es tu caso, indica la norma y tu interpretación; o, por ejemplo, si te presentaron la declaración en la plataforma de la AEAT, o de Ayuntamientos, el Corte Inglés y demás, también puedes alegarlo, que son ellos quienes te lo hicieron mal.Tras el periodo de alegaciones ya llegará la sanción definitiva (o su archivo, si hay suerte), con sus cartas de pago. 
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Enasua 02/06/24 21:56
Ha respondido al tema Familia numerosa, declaración 2023
Es muy raro que, en el borrador, aparezca la deducción por familia numerosa por importe de 1.200 euros si la CCAA ha informado correctamente de que el título existe desde julio. Asegúrate de lo que consta en tus datos fiscales; y mira a ver si has modificado algo en RentaWeb y es por eso por lo que sale ese dato incorrecto.Si es un error de la información de la CCAA, no dudes en modificar el borrador para que sólo aparezcan los 600,00 euros a los que tienes derecho (300,00 si sois dos los ascendientes del título) para evitar posibles sanciones.
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Enasua 01/06/24 12:39
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Qué cansinos... Esperemos que, ahora que tienen la documentación, tarden poco. Dicen que se ha creado un grupo especial para resolver las rectificaciones de los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales; si es así, todos esos expedientes se mandarán a ese grupo y se descongestionarán los equipos de recursos de las administraciones. A ver si es así y ya va todo más rápido.
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Enasua 29/05/24 21:24
Ha respondido al tema Desempleo y deducción por maternidad
Si tienes derecho a una cosa, también a la otra. Lo único, asegúrate de que quitas lo que se haya pagado con las ayudas que dan las comunidades autónomas y las que os hayan dado las empresas donde trabajase el padre, en su caso, así como lo que haya pagado él con la "retribución flexible", si la ha utilizado.
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Enasua 29/05/24 19:20
Ha respondido al tema Desempleo y deducción por maternidad
Desde enero del 23, la deducción ha cambiado de requisitos, así que lo que te pasó con tu hijo mayor, puede no ser de aplicación ahora.Si, cuando nació el hijo que, en 2023, tenía menos de 3 años, estabas trabajando, por cuenta propia o ajena, estando de alta en Seguridad Social por ello, o estabas COBRANDO (no vale con estar simplemente desempleada, buscando trabajo, tenías que estar cobrando) desempleo (prestación o subsidio, da igual), entonces tienes derecho a la deducción hasta que cumpla 3 años, no importa si, en ese período, trabajas, cobras desempleo o no.
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Enasua 29/05/24 18:42
Ha respondido al tema Renta
Tienes derecho a hacer la renta conjunta con tus hijos, pero no a aplicar el 100% del mínimo por descendientes (para ello deberías  tener una resolución judicial que te otorgue la custodia total de los niños) ni la reducción por tributación conjunta (que no se puede aplicar si vives con el padre de los menores, independientemente de que él tenga ingresos sujetos al IRPF o no).
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