Enasua
15/04/26 20:05
Ha respondido al tema
Pareja conviviente sin matrimonio RENTA 25 (No conyuges, no pareja de hecho)
Voy a repetirlo otra vez, venga, va.La situación de tu hija, esa de "pareja de hecho", no es "exactamente la D". La D significa que el niño vive con los dos padres. Por ejemplo, en casos de custodia compartida en que el niño pasa un tiempo con uno y otro tiempo con otro.La situación de una "pareja de hecho" es "exactamente" la D... y, en "otras situaciones", el 3, que es lo que no has puesto. El 3 significa "los progenitores conviven entre ellos".Y, si pones bien esa situación, tu hija podrá seguir tributando con su hijo... Pero no aplica la reducción por tributación conjunta, que es a lo que no tiene derecho.Y, el padre (la pareja"), sí tiene que declarar al niño, puesto que también es su hijo, y tiene derecho al 50% del mínimo por descendientes y de la deducción autonómica por nacimiento; y, en caso de que se den los requisitos, también de la de gastos educativos, de la de cuidado de menores, de la de descendientes discapacitados a cargo, de la de adquisición de vivienda por nacimiento de hijos... Lo que no puede es hacer tributación conjunta con él, si ya la hace tu hija.