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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 06/12/25 14:45
Ha respondido al tema Ganancia patrimonial
Igual tienes un programa de esos tuneados que os dejan tener a los gestores y permite hacer un montón de cosas, pero, los que nos tenemos que conformar con el RentaWeb normal, tenemos que calcular la transmisión en dos partes, porque, si se hace todo junto, se aplica el abatimiento a todo. Y sí, va a ser un buen pellizco. Por mucho coeficiente reductor que se le pueda aplicar a la ganancia sobre la nuda propiedad por los 11 años anteriores al 94, si va a vender por 400.000 euros una cosa que adquirió por 12.000 + 90.000, ponle que va a pagar unos 30-40.000 de IRPF.Los 90.000 es un cálculo así, a lo gordo, porque dijo que los padres pagaron 18.000 euros por la transmisión del usufructo.
Enasua 05/12/25 21:59
Ha respondido al tema Ganancia patrimonial
Podrá aplicar los coeficientes sobre la nuda propiedad, que fue lo que adquirió antes de 1994. Esto no es como en el caso de adquisición mortis causa con desmembramiento de dominio que, tras el fallecimiento del usufructuario, se consolida; aquí hay dos momentos y tres importes de adquisición. ¿Por qué tres? Porque si en la escritura del 83 no viene indicado expresamente el valor del usufructo y el de la nuda deberá calcularse el porcentaje del usufructo con la fórmula de 89 - edad del usufructuario en ese momento, y, en consecuencia, la parte del padre tendrá un valor y, la de la madre, otro; el valor de la nuda será el resto, lo que no corresponda a los usufructos.Para declarar la transmisión habrá que hacerlo en dos partes: la de la venta de la nuda propiedad, con los coeficientes de abatimiento, y la de la venta del usufructo, con el valor y fecha que consta en la escritura de donación.Lo que no tengo claro es si, en este caso, en el que  ya está consolidado el dominio, procedería la minoración del valor de adquisición del usufructo del artículo 35.1.K de la Ley de Renta del que hablaba @cachilipox en este mismo hilo; yo apostaría porque sí, pero habría que buscar el criterio de Tributos.
Enasua 01/12/25 12:13
Ha respondido al tema Deducir tras venta de vivienda habitual
No conozco el nombre de los diferentes procedimientos, lo siento.
Enasua 28/11/25 08:37
Ha respondido al tema Gastos deducibles de vivienda en alquiler
Las sentencias de los TSJ no vinculan a la AEAT. Si eres catalán, y litigas hasta llegar al TSJ, lo fácil es que te den la razón porque, si lo han dicho una vez, probablemente seguirán resolviendo en el mismo sentido (aunque no tienen porqué, dado que, incluso dentro del mismo Tribunal, cada magistrado puede resolver de manera contradictoria, ellos tampoco quedan vinculados por una resolución). Pero la AEAT no va a cambiar de criterio por esta sentencia, así que, o esto llega a Supremo, o las cosas seguirán como estaban.
Enasua 25/11/25 19:54
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Desconozco lo de la beca, pero sí te puedo asegurar que, las anualidades por alimentos, aunque sean rentas exentas, contaban para el cálculo de los 27.000 de esa ayuda. Léete la normativa, porque había varias rentas exentas que contaban, y ésa es una de ellas. 
Enasua 25/11/25 12:54
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Aporta el recibo de depósito de la fianza anterior al 30 de junio por Registro General. Ése que tenías que tener para poder aplicar la deducción. Y el contrato. Seguro que así agilizas la tramitación.
Enasua 22/11/25 08:58
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Los sábados y los domingos son días inhábiles.
Enasua 12/11/25 15:42
Ha respondido al tema Deducir tras venta de vivienda habitual
Puedes reclamar. Ya te dije en un mensaje anterior que lo hagas, que es gratis, y, como en la lotería, puede tocar: a las que les habían liquidado por considerar exentas las prestaciones de maternidad, cuando la Ley decía lo contrario, consiguieron que liquidaciones firmes se eliminaran y les devolvieran el resultado de las mismas cuando hubo una sentencia del Supremo en 2018.Pero que puedas no significa que te vayan a dar la razón ahora mismo, porque el cambio de criterio del TEAC no afecta a liquidaciones en firme. Otra cosa es que esto escale al Supremo, o al Parlamento, y cambie la Ley; si, en ese momento, tu reclamación está en marcha (a nivel administrativo o judicial), tendrás fácil que te afecte. Si lo dejas pasar ahora, quizá ya no puedas hacerlo entonces.Lo que no está bien es que entre alguien al foro a decir que puede conseguirte la anulación de una liquidación firme o de una sanción (de hecho, si observas bien, no lo dice, para evitar que se le acuse de timador). Puede solicitarlo en tu nombre, eso es todo. Pero eso no te asegura un resultado positivo.Ahórrate dinero y problemas: simplemente, escribe en un Word, con tu DNI y tu nombre y apellidos, que te hicieron una comprobación limitada de 2021 que finalizó con una liquidación eliminando parte de la deducción por adquisición de vivienda habitual, y que quieres que se aplique el criterio establecido en la Resolución del TEAC y te reintegren lo pagado, incluyendo el importe de la sanción y de los intereses de demora. Y lo entregas en tu Administración de la AEAT, en Registro General. No necesitas ni cita previa. O, si tienes certificado digital o Cl@ve, puedes registrarlo desde tu casa. Trastea un poco por la web de la Agencia.
Enasua 12/11/25 14:07
Ha respondido al tema Deducir tras venta de vivienda habitual
Las liquidaciones firmes no se van a ver afectadas.
Enasua 10/11/25 08:48
Ha respondido al tema Deducir tras venta de vivienda habitual
Si tienes una liquidación en firme, no creo que te afecte está modificación. Pero, igualmente, pide la rectificación por Registro, porque, cuando, en 2018, salió la Sentencia del Supremo sobre la exención de la prestación de maternidad, las liquidadas sí lo consiguieron. Y, si te desestiman la solicitud, pon un recurso, y, luego, una REA... Por pedir, que no quede, que es gratis.