Enasua
26/06/25 12:24
Ha respondido al tema
Deducción por ascendiente con discapacidad
Lerolero, si tu hija sí trabaja por cuenta ajena, aunque sea a media jornada, entonces sí tiene derecho a la deducción, con el máximo de las cotizaciones que tenga por ese concepto. Dile a quien te ha escrito eso que transcribes después que no hay jurisprudencia que avale un cambio legislativo a fecha actual: que algunas resoluciones de algunos TEAR permitan aplicar esa deducción, e, incluso (que no lo sé, porque Bacalo no ha hablado de ello y yo no lo he buscado), que algún TSJ haya sentenciado a favor de ello, no vincula a la AEAT. La jurisprudencia sólo la crea el Tribunal Supremo y, de momento, no hay nada al respecto.Los Órganos de Gestión e Inspección Tributaria tienen la obligación de seguir el criterio marcado por la Dirección General de Tributos y, a fecha actual, dicho criterio es que las personas en situación asimilada al alta no tienen derecho a las deducciones familiares del IRPF.En consecuencia, quien la aplique tiene que saber que le van a quitar la deducción en una liquidación, que puede que también le pongan una sanción, y que le desestimarán el recurso de reposición que pueda interponer. Después tendrá que interponer una REA y, si se la estiman, le devolverán el resultado de la liquidación y el importe de la sanción y le darán intereses de demora. Y, si no, deberá acudir a los Tribunales.